Escritura de Sustitución de Régimen de Sociedad de Gananciales a Separación de Patrimonios durante el Matrimonio
Modelo de escritura pública por la que los cónyuges sustituyen voluntariamente la sociedad de gananciales por el régimen de separación de patrimonios estando casados, con inscripción en el Registro Personal de SUNARP. Fundamentada en el Art. 296 del Código Civil. Word editable gratis.
Actualizado al 18 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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MINUTA DE SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES A SEPARACIÓN DE PATRIMONIOS SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE [DISTRITO]: Sírvase extender en su registro de escrituras públicas una de SUSTITUCIÓN VOLUNTARIA DE RÉGIMEN PATRIMONIAL, de sociedad de gananciales a separación de patrimonios, que celebran los cónyuges: - [NOMBRE_CONYUGE_1], identificado(a) con DNI N° [DNI_1], de ocupación [OCUPACION_1]; y - [NOMBRE_CONYUGE_2], identificado(a) con DNI N° [DNI_2], de ocupación [OCUPACION_2]; ambos con domicilio en [DIRECCION], en los términos siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES Los otorgantes contrajeron matrimonio civil el [FECHA_MATRIMONIO] ante la Municipalidad de [MUNICIPALIDAD], inscrito en la partida N° [NUMERO_PARTIDA], encontrándose actualmente bajo el régimen de SOCIEDAD DE GANANCIALES. SEGUNDA: OBJETO De común acuerdo y por su libre voluntad, los cónyuges convienen en SUSTITUIR el régimen de sociedad de gananciales por el de SEPARACIÓN DE PATRIMONIOS, al amparo del artículo 296 del Código Civil, con efectos a partir de la inscripción de la presente escritura en el Registro Personal. TERCERA: FENECIMIENTO Y LIQUIDACIÓN Como consecuencia de la sustitución, fenece la sociedad de gananciales. Los cónyuges declaran que proceden a su liquidación conforme al inventario valorizado que se adjunta, adjudicándose: a [NOMBRE_CONYUGE_1] los bienes [DETALLE_1] y a [NOMBRE_CONYUGE_2] los bienes [DETALLE_2]. Las deudas sociales se asumen así: [DETALLE_DEUDAS]. CUARTA: RÉGIMEN FUTURO En adelante, cada cónyuge conserva la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros, así como de los frutos y productos de estos, respondiendo de sus deudas con su propio patrimonio. QUINTA: INSCRIPCIÓN Los otorgantes solicitan al notario cursar los partes correspondientes al REGISTRO PERSONAL de la SUNARP, requisito para que el nuevo régimen sea oponible a terceros. SEXTA: DECLARACIÓN Las partes declaran que este acuerdo no persigue perjudicar a acreedores y que los derechos de estos, adquiridos antes de la sustitución, quedan a salvo. Agregue usted, señor notario, la introducción y conclusión de ley, y curse los partes al registro respectivo. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ _______________________ [NOMBRE_CONYUGE_1] — DNI [DNI_1] [NOMBRE_CONYUGE_2] — DNI [DNI_2] _______________________________ Abogado — Registro CAL N° [COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Usa esta minuta cuando ya estás casado bajo sociedad de gananciales y ambos cónyuges deciden pasar, de forma voluntaria, al régimen de separación de patrimonios. El artículo 296 del Código Civil permite sustituir el régimen durante el matrimonio mediante escritura pública, que debe inscribirse en el Registro Personal de la SUNARP para ser oponible a terceros. A diferencia de las capitulaciones prematrimoniales (artículo 295) y de la separación judicial de patrimonios, aquí es un acuerdo voluntario entre cónyuges, sin necesidad de proceso judicial.
Qué datos necesitas
- Datos completos de ambos cónyuges.
- Partida de matrimonio con el número de inscripción.
- Inventario valorizado de los bienes sociales a liquidar.
- Detalle de la adjudicación de bienes y de la asunción de deudas.
- Notaría donde se otorgará la escritura pública.
Paso a paso
- Elaboren el inventario valorizado de los bienes de la sociedad de gananciales.
- Acuerden cómo se adjudican los bienes y quién asume cada deuda.
- Completen la minuta con los datos reales y el sustento del artículo 296.
- Otorguen la escritura pública ante notario.
- Inscriban la escritura en el Registro Personal de la SUNARP para que surta efectos frente a terceros.
Errores comunes
- Creer que basta un acuerdo privado: se requiere escritura pública e inscripción registral.
- No liquidar la sociedad de gananciales que fenece con la sustitución.
- Olvidar la inscripción en el Registro Personal, sin la cual el nuevo régimen no es oponible a acreedores.
Preguntas frecuentes
¿Podemos cambiar de régimen estando ya casados? Sí. El artículo 296 del Código Civil autoriza la sustitución voluntaria durante el matrimonio.
¿Se necesita ir a juicio? No. Es un acuerdo voluntario por escritura pública, distinto de la separación judicial de patrimonios.
¿Desde cuándo tiene efectos frente a terceros? Desde su inscripción en el Registro Personal de la SUNARP.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de escritura de sustitución de régimen de sociedad de gananciales a separación de patrimonios durante el matrimonio
¿El modelo de escritura de sustitución de régimen de sociedad de gananciales a separación de patrimonios durante el matrimonio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escritura-de-sustitucion-de-regimen-de-sociedad-de-gananciales-a-separacion-de-patrimonios-durante-el-matrimonio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de escritura de sustitución de régimen de sociedad de gananciales a separación de patrimonios durante el matrimonio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Capitulaciones Matrimoniales de Separación de Patrimonios antes del Matrimonio
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Demanda de Fenecimiento y Liquidación Judicial de la Sociedad de Gananciales
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