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Familia

Declaración Jurada de Carecer de Bienes Sujetos a la Sociedad de Gananciales para Divorcio Notarial o Municipal

Declaración jurada de ambos cónyuges de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, anexo obligatorio del divorcio rápido ante notario o municipalidad conforme a la Ley 29227 y su Reglamento D.S. 009-2008-JUS.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DECLARACIÓN JURADA DE CARECER DE BIENES SUJETOS A LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

(Para el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior ante notaría o municipalidad)

Los suscritos, cónyuges entre sí, [NOMBRE_CONYUGE_1], identificado(a) con DNI N.° [DNI_CONYUGE_1], y [NOMBRE_CONYUGE_2], identificado(a) con DNI N.° [DNI_CONYUGE_2], con domicilio conyugal en [DOMICILIO_CONYUGAL], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA] y departamento de [DEPARTAMENTO], casados el [FECHA_MATRIMONIO] ante la Municipalidad de [MUNICIPALIDAD], DECLARAMOS BAJO JURAMENTO lo siguiente:

PRIMERO.- OBJETO
Que formulamos la presente declaración jurada para acompañarla a nuestra solicitud de separación convencional y divorcio ulterior, tramitada al amparo de la Ley N.° 29227.

SEGUNDO.- CARENCIA DE BIENES SOCIALES
Que durante nuestra vida matrimonial NO hemos adquirido bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales; en consecuencia, carecemos de bienes sociales que liquidar, sean muebles registrables, inmuebles, cuentas, acreencias o negocios comunes.

TERCERO.- ALTERNATIVA (EN CASO DE HABERLOS TENIDO)
Que de haber existido bienes sociales, estos fueron liquidados mediante Escritura Pública de fecha [FECHA_LIQUIDACIÓN], debidamente inscrita en los Registros Públicos, conforme se acredita con el documento que se adjunta.

CUARTO.- FUNDAMENTO LEGAL
Que la Ley N.° 29227, que regula el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarías, y su Reglamento aprobado por D.S. N.° 009-2008-JUS, exigen como requisito carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales o acreditar la liquidación de dicho régimen mediante escritura pública inscrita.

QUINTO.- VERACIDAD
Que nos ratificamos en la veracidad de lo declarado, sometiéndonos a las responsabilidades civiles y penales que la ley prevé para la falsedad en declaración jurada, conforme al Art. 411 del Código Penal.

En señal de conformidad, firmamos la presente en [CIUDAD], el [FECHA].

____________________          ____________________
[NOMBRE_CONYUGE_1]            [NOMBRE_CONYUGE_2]
DNI N.° [DNI_CONYUGE_1]       DNI N.° [DNI_CONYUGE_2]

Cuándo usar este modelo

Usa esta declaración jurada como anexo obligatorio del divorcio rápido ante notario o municipalidad. La Ley N.° 29227 y su Reglamento (D.S. N.° 009-2008-JUS) permiten la separación convencional y divorcio ulterior solo si los cónyuges carecen de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales o acreditan que ya los liquidaron por escritura pública inscrita. Toda pareja sin bienes comunes debe presentar este documento; es uno de los requisitos más pedidos del trámite y su ausencia detiene el procedimiento.

Qué datos necesitas

  • DNI y datos de ambos cónyuges.
  • Fecha y lugar del matrimonio.
  • Domicilio conyugal actual.
  • Si tuvieron bienes: datos de la escritura de liquidación inscrita en Registros Públicos.
  • Municipalidad o notaría donde tramitarán el divorcio.

Paso a paso

  1. Verifica que realmente no tengan bienes sociales (inmuebles, vehículos, cuentas o negocios comunes).
  2. Completa el modelo con los datos de ambos y la fecha del matrimonio.
  3. Si tuvieron bienes, indica los datos de la escritura de liquidación inscrita.
  4. Firmen ambos cónyuges y, de exigirlo la notaría o municipalidad, legalicen las firmas.
  5. Adjunta la declaración a la solicitud de separación convencional y divorcio ulterior.

Errores comunes

  • Declarar que no hay bienes cuando sí existe un inmueble o vehículo social: la falsedad acarrea responsabilidad penal por el Art. 411 del Código Penal.
  • Omitir la mención a la escritura de liquidación cuando sí tuvieron bienes y ya los repartieron.
  • Presentar la declaración sin la firma de ambos cónyuges, requisito indispensable del procedimiento.

Preguntas frecuentes

Sirve si tenemos un solo bien en común? No. Si existe un bien social debes liquidarlo por escritura pública inscrita; recién entonces puedes acogerte al divorcio notarial o municipal.

Qué pasa si declaro en falso? La declaración jurada falsa genera responsabilidad penal conforme al Art. 411 del Código Penal, además de invalidar el trámite.

Ambos debemos firmar? Sí. La declaración corresponde a los dos cónyuges, pues los dos afirman la carencia de bienes sujetos a gananciales.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de declaración jurada de carecer de bienes sujetos a la sociedad de gananciales para divorcio notarial o municipal

¿El modelo de declaración jurada de carecer de bienes sujetos a la sociedad de gananciales para divorcio notarial o municipal es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/declaracion-jurada-de-carecer-de-bienes-sujetos-a-la-sociedad-de-gananciales-para-divorcio-notarial-o-municipal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de declaración jurada de carecer de bienes sujetos a la sociedad de gananciales para divorcio notarial o municipal sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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