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Familia

Divorcio Notarial por Mutuo Acuerdo

Solicitud conjunta de separación convencional y divorcio ulterior ante notaría. Cónyuges sin hijos menores ni patrimonio pendiente. Ley 29227 y D.S. 009-2008-JUS.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE [DISTRITO]:

[NOMBRE_CONYUGE_1], identificado(a) con DNI N° [DNI_1], con domicilio en [DOMICILIO_1], y [NOMBRE_CONYUGE_2], identificado(a) con DNI N° [DNI_2], con domicilio en [DOMICILIO_2], a usted respetuosamente decimos:

I. PETITORIO

Que, al amparo de la Ley N° 29227 y su reglamento D.S. N° 009-2008-JUS, solicitamos a su despacho INICIAR el procedimiento no contencioso de SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR por vía notarial, por encontrarnos en los supuestos de procedencia previstos en la norma, conforme se acredita con los anexos que se adjuntan.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

PRIMERO.- Que, contrajimos matrimonio civil ante la Municipalidad de [MUNICIPALIDAD_MATRIMONIO] el día [FECHA_MATRIMONIO], conforme se acredita con la copia certificada de la partida de matrimonio que se adjunta como anexo 1-A.

SEGUNDO.- Que, han transcurrido más de DOS (02) AÑOS desde la celebración del matrimonio, requisito legal del Art. 4 de la Ley N° 29227.

TERCERO.- Que, declaramos bajo juramento que NO TENEMOS HIJOS MENORES DE EDAD ni mayores con incapacidad, conforme se acredita con la declaración jurada que se adjunta como anexo 1-B.

CUARTO.- Que, declaramos bajo juramento que NO TENEMOS PATRIMONIO COMÚN PENDIENTE DE LIQUIDACIÓN bajo el régimen de sociedad de gananciales, [SI_LIQUIDARON_EXPLICAR: o que ya hemos liquidado el régimen patrimonial mediante escritura pública otorgada en [NOTARIA] el [FECHA_ESCRITURA], conforme se acredita con copia que se adjunta como anexo 1-C].

QUINTO.- Que, manifestamos nuestra voluntad libre y conjunta de disolver el vínculo matrimonial, sin que medie violencia, error, dolo ni intimidación.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

- Ley N° 29227 - Ley que regula el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior en municipalidades y notarías.
- D.S. N° 009-2008-JUS - Reglamento de la Ley N° 29227.
- D.Leg. N° 1049 - Decreto Legislativo del Notariado.
- Art. 333 inciso 13 del Código Civil - Causal de separación convencional.
- Art. 354 del Código Civil - Divorcio absoluto extingue el vínculo conyugal.

IV. ANEXOS

1-A. Copia certificada de la partida de matrimonio civil (RENIEC, no mayor a 3 meses).
1-B. Declaración jurada conjunta de no tener hijos menores ni mayores con incapacidad.
1-C. Declaración jurada conjunta sobre liquidación del régimen patrimonial.
1-D. Copia de DNI de ambos cónyuges.
1-E. Comprobante de pago de derechos notariales.

POR TANTO:
Solicitamos a su despacho admitir nuestra solicitud, convocar a la audiencia de separación convencional dentro de los 15 días siguientes y, vencido el plazo de reflexión de DOS (02) MESES, otorgar la escritura pública de divorcio absoluto disolviendo el vínculo matrimonial e inscribirlo en RENIEC y SUNARP cuando corresponda.

[CIUDAD], [FECHA].

_____________________________     _____________________________
[NOMBRE_CONYUGE_1]                 [NOMBRE_CONYUGE_2]
DNI N° [DNI_1]                     DNI N° [DNI_2]
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Cuándo usar este modelo

Usa este formato cuando ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y cumplen los requisitos de la Ley 29227. El divorcio notarial (separación convencional y divorcio ulterior ante notario) es la vía más rápida y económica para terminar el matrimonio cuando no hay conflicto. Requiere acuerdo total de ambas partes. Si uno de los cónyuges no quiere divorciarse o hay desacuerdo sobre los hijos o los bienes, no procede esta vía y debes ir al juzgado con una demanda de divorcio por causal o por separación de hecho.

Requisitos de la Ley 29227

  • Haber transcurrido al menos 2 años desde la celebración del matrimonio.
  • No tener hijos menores de edad, o si los hay, tener ya sentencia firme o acta de conciliación sobre tenencia, alimentos y régimen de visitas.
  • No tener bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, o tener escritura pública de sustitución o liquidación del régimen patrimonial inscrita en SUNARP.
  • Que ambos cónyuges estén de acuerdo y comparezcan personalmente o por apoderado con poder especial.

Pasos del trámite

  1. Ambos cónyuges presentan la solicitud ante el notario o la municipalidad con los anexos.
  2. El notario verifica los requisitos y convoca a una audiencia única.
  3. En la audiencia los cónyuges ratifican su voluntad de separarse.
  4. El notario declara la separación convencional por acta.
  5. Pasados 2 meses, cualquiera de los cónyuges pide la disolución del vínculo (divorcio ulterior).
  6. El notario eleva a escritura pública el divorcio y oficia a RENIEC y al registro civil para la anotación marginal.

Documentos a anexar

  • Copia certificada de la partida de matrimonio (vigencia no mayor a 3 meses).
  • Copia certificada de las partidas de nacimiento de hijos menores, si los hay.
  • Sentencia o acta de conciliación sobre tenencia, alimentos y visitas, si hay hijos menores.
  • Escritura de separación o sustitución de régimen patrimonial, si hay bienes.
  • Declaración jurada de no tener hijos menores o de no tener bienes, según el caso.
  • Copias de DNI de ambos cónyuges.

Base legal citada literal

  • Ley 29227: procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior.
  • D.S. 009-2008-JUS: reglamento de la Ley 29227.
  • Art. 354 CC: divorcio ulterior después de la separación.

Errores frecuentes

  • Intentar el trámite con hijos menores sin haber resuelto antes tenencia, alimentos y visitas.
  • No liquidar la sociedad de gananciales cuando hay bienes. El notario observará la solicitud.
  • Pedir el divorcio ulterior antes de los 2 meses de la separación convencional.

Si no se cumplen los requisitos

Si tienen hijos menores sin acuerdo previo o bienes sin liquidar y no logran ponerse de acuerdo, la vía notarial no procede. En ese caso usa la demanda de divorcio por separación de hecho o la vía municipal si tu distrito lo ofrece.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de divorcio notarial por mutuo acuerdo

¿El modelo de divorcio notarial por mutuo acuerdo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/divorcio-notarial-por-mutuo-acuerdo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de divorcio notarial por mutuo acuerdo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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