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Justicia de Paz

Constancia de Supervivencia Otorgada por el Juez de Paz

Constancia de fe de vida expedida por el juez de paz para pensionistas y beneficiarios en centros poblados sin notario.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONSTANCIA DE SUPERVIVENCIA

JUZGADO DE PAZ DEL CENTRO POBLADO DE [NOMBRE_CENTRO_POBLADO]
Distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO]
Libro Notarial, folio N° [NUMERO_FOLIO]
Constancia N° [NUMERO_CONSTANCIA]-[AÑO]-JP-[NOMBRE_CENTRO_POBLADO]

El que suscribe, [NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ], identificado con DNI N° [DNI_JUEZ_DE_PAZ], juez de paz del centro poblado de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO], en ejercicio de la función notarial que le reconoce el artículo 17 de la Ley N° 29824, por no existir notario en esta jurisdicción,

DEJA CONSTANCIA DE QUE:

PRIMERO: COMPARECENCIA
El día [DIA] de [MES] de [AÑO], siendo las [HORA_DE_COMPARECENCIA] horas, se apersonó ante este despacho el(la) señor(a) [NOMBRE_COMPLETO_TITULAR], identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N° [DNI_TITULAR], nacido(a) el [FECHA_DE_NACIMIENTO], de [EDAD_TITULAR] años de edad, de estado civil [ESTADO_CIVIL], con domicilio en [DIRECCION_TITULAR] del centro poblado de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO].

SEGUNDO: VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD
El suscrito verificó la identidad del compareciente mediante la exhibición de su Documento Nacional de Identidad, cuyos datos y fotografía corresponden a la persona presente. El compareciente estampa su huella digital al pie de la presente constancia.

TERCERO: HECHO QUE SE CERTIFICA
Se deja constancia de que el(la) señor(a) [NOMBRE_COMPLETO_TITULAR] se encuentra con vida a la fecha de expedición del presente documento, hecho verificado de manera directa y personal por el suscrito en el acto de comparecencia. El compareciente se presentó [FORMA_DE_COMPARECENCIA: por sus propios medios, acompañado(a) por [NOMBRE_ACOMPAÑANTE], en su condición de [PARENTESCO_O_RELACION]].

CUARTO: DILIGENCIA EN DOMICILIO
Cuando el titular no puede trasladarse al juzgado por razones de salud o edad, el suscrito se constituye en su domicilio. En el presente caso la verificación se realizó en [LUGAR_DE_VERIFICACION] el día [FECHA_DE_VERIFICACION], con la participación de los testigos [NOMBRE_TESTIGO_1], con DNI N° [DNI_TESTIGO_1], y [NOMBRE_TESTIGO_2], con DNI N° [DNI_TESTIGO_2].

QUINTO: FINALIDAD
La presente constancia se expide a solicitud del titular para ser presentada ante [ENTIDAD_DESTINATARIA: Oficina de Normalización Previsional, Administradora de Fondos de Pensiones [NOMBRE_AFP], programa social [NOMBRE_PROGRAMA], entidad bancaria [NOMBRE_BANCO], compañía de seguros] con la finalidad de acreditar la supervivencia del beneficiario y mantener vigente el pago de [CONCEPTO: pensión de jubilación, pensión de viudez, subvención económica, renta vitalicia].

SEXTO: VIGENCIA Y REGISTRO
Este documento da fe del hecho verificado en la fecha de su expedición. El acto queda registrado en el Libro Notarial de este juzgado bajo el folio indicado, con la numeración correlativa que corresponde.

Se expide la presente constancia en [LUGAR], a los [DIA] días del mes de [MES] de [AÑO].

________________________          ________________________
[NOMBRE_COMPLETO_TITULAR]         [NOMBRE_JUEZ_DE_PAZ]
DNI N° [DNI_TITULAR]              Juez de Paz de [NOMBRE_CENTRO_POBLADO]
Huella digital                    Sello del Juzgado

________________________          ________________________
[NOMBRE_TESTIGO_1]                [NOMBRE_TESTIGO_2]
DNI N° [DNI_TESTIGO_1]            DNI N° [DNI_TESTIGO_2]

BASE LEGAL
- Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz: artículos 6 numeral 3, 17 numeral 5 y 42.
- Reglamento de la Ley N° 29824, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS: artículos 24, 57 y 59.
- Reglamento para el Otorgamiento de Certificaciones y Constancias Notariales por Jueces de Paz, aprobado por Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ.
- Código Civil: artículo 61.
¿Encontraste algo mal en este modelo?
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Para qué sirve

La pensión no se cobra si no llega la fe de vida, y el titular tiene ochenta años y no puede bajar hasta la ciudad. En centros poblados sin notario, el juez de paz expide esta constancia con la función notarial que le reconoce el artículo 17 de la Ley N° 29824, en el mismo pueblo y el mismo día.

El documento certifica un hecho simple y verificado en persona, que el titular está vivo el día en que se expide. Por eso lleva fecha exacta, verificación de identidad con el DNI y huella digital del compareciente. Las entidades que pagan pensiones suelen exigir que sea reciente, de modo que el momento en que se pide importa tanto como el contenido.

Cuándo conviene usarlo

  • La entidad que paga la pensión o el beneficio exige fe de vida periódica.
  • En la localidad no hay notario y el traslado a la ciudad resulta imposible o muy costoso.
  • El titular puede comparecer ante el juzgado o recibir al juez en su domicilio.
  • Se necesita acreditar supervivencia para un seguro, una herencia en trámite o un beneficio social.

Cómo llenarlo

  1. Pide la constancia cerca de la fecha en que la vas a presentar. Un documento con semanas de antigüedad suele ser rechazado, porque certifica un hecho del día en que se expidió.
  2. Lleva el DNI vigente del titular. El juez verifica que los datos y la fotografía correspondan a la persona presente, y esa comprobación sostiene todo el documento.
  3. Si el titular no puede caminar hasta el juzgado, solicita que el juez se constituya en el domicilio. El propio formato prevé anotar la forma en que se produjo la comparecencia.
  4. Revisa que el nombre esté escrito igual que en el DNI, con los dos apellidos completos. Una diferencia mínima basta para que la entidad devuelva el trámite.
  5. Confirma la huella digital, la firma del juez y el folio del libro notarial antes de retirarte del despacho.

Base legal

La expedición de constancias sobre hechos que el juez de paz verifica personalmente se ampara en el artículo 17 de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, con el desarrollo del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-JUS y la complementación de la Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Las reglas sobre la existencia de la persona y sus efectos civiles se encuentran en el Código Civil.

¿Puede firmarla un familiar en nombre del titular?

De ninguna manera. El hecho que se certifica es la presencia física de la persona ante el juez, así que sin comparecencia no hay constancia posible. Cuando el titular no puede moverse, la salida es que el juzgado se traslade hasta él.

¿Qué hago si la entidad no acepta el documento del juez de paz?

Consulta qué formato exige y muestra que la constancia se expide en ejercicio de la función notarial, por no existir notario en la jurisdicción. Guarda el cargo del rechazo, porque estos casos suelen resolverse con la revisión de un supervisor.

¿Sirve para cobrar una pensión del extranjero?

Depende de lo que pida la institución que paga, porque a veces exige una legalización adicional del documento. Pregunta antes en el consulado o en la entidad pagadora, ya que agregar ese trámite después obliga a repetir todo el viaje.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de constancia de supervivencia otorgada por el juez de paz

¿El modelo de constancia de supervivencia otorgada por el juez de paz es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/constancia-de-supervivencia-otorgada-por-el-juez-de-paz/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de constancia de supervivencia otorgada por el juez de paz sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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