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Contratos

Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales de Autor sobre Obra Literaria

Modelo de contrato mediante el cual el autor cede los derechos patrimoniales sobre su obra literaria (novela, ensayo, poemario) a un tercero, conforme a los artículos 88 a 96 del Decreto Legislativo N.° 822.

Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR SOBRE OBRA LITERARIA

Conste por el presente documento el CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR SOBRE OBRA LITERARIA, que celebran de una parte [NOMBRE_DEL_AUTOR], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_AUTOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_AUTOR], autor de la obra literaria titulada "[TÍTULO_DE_LA_OBRA]" (en adelante, "la Obra"), a quien en adelante se le denominará "EL CEDENTE"; y de otra parte [NOMBRE_DEL_CESIONARIO], identificado con [DNI_O_RUC] N.° [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CESIONARIO], a quien en adelante se le denominará "EL CESIONARIO"; en los términos siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- EL CEDENTE es autor y titular originario de los derechos morales y patrimoniales sobre la Obra, de género [GÉNERO_LITERARIO: novela, ensayo, poemario, cuento, entre otros], conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

SEGUNDO.- EL CESIONARIO se encuentra interesado en adquirir los derechos patrimoniales sobre la Obra para su explotación económica, por lo que las partes acuerdan celebrar el presente contrato.

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO. EL CEDENTE cede a favor de EL CESIONARIO los derechos patrimoniales de autor sobre la Obra, comprendiendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, conforme a lo previsto en los artículos 88 al 96 del Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

SEGUNDA.- MODALIDADES DE EXPLOTACIÓN CEDIDAS. La cesión comprende las siguientes modalidades: [DETALLE_DE_LAS_MODALIDADES: edición impresa, edición digital, traducción a otros idiomas, adaptación audiovisual, entre otras], por el ámbito territorial de [ÁMBITO_TERRITORIAL] y por el plazo de [PLAZO_DE_LA_CESIÓN].

TERCERA.- CARÁCTER DE LA CESIÓN. La presente cesión se otorga en forma [EXCLUSIVA_O_NO_EXCLUSIVA], quedando EL CESIONARIO facultado a ejercer los derechos cedidos en los términos pactados, sin que ello implique la transferencia de los derechos morales de autor, los cuales son irrenunciables, inalienables e imprescriptibles conforme a la ley.

CUARTA.- CONTRAPRESTACIÓN. Como contraprestación por la cesión de derechos, EL CESIONARIO pagará a EL CEDENTE la suma de [MONTO] ([MONTO_EN_LETRAS]), mediante [FORMA_DE_PAGO_ÚNICO_O_REGALÍAS: pago único o regalías de PORCENTAJE sobre ventas], en la forma y oportunidad señaladas en el Anexo [NÚMERO].

QUINTA.- DERECHO MORAL DE PATERNIDAD. EL CESIONARIO se obliga a consignar el nombre de EL CEDENTE como autor de la Obra en toda edición, reproducción o comunicación pública que se realice, conforme al derecho moral reconocido en la Ley sobre el Derecho de Autor.

SEXTA.- GARANTÍA DE ORIGINALIDAD. EL CEDENTE declara y garantiza que es el único y legítimo autor de la Obra, que esta es original y no infringe derechos de terceros, obligándose a mantener indemne a EL CESIONARIO frente a cualquier reclamo de terceros por este concepto.

SÉTIMA.- REGISTRO. Las partes podrán inscribir el presente contrato ante la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI, a fin de que surta efectos frente a terceros.

OCTAVA.- RESOLUCIÓN. El incumplimiento de las obligaciones de pago pactadas en la cláusula cuarta facultará a EL CEDENTE a solicitar la resolución del contrato, previo requerimiento escrito con un plazo de subsanación de [NÚMERO] días, sin perjuicio de la indemnización que corresponda.

NOVENA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. El presente contrato se rige por las leyes peruanas. Toda controversia será sometida a los jueces y tribunales de [CIUDAD], con renuncia al fuero que pudiera corresponderles.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares de igual tenor, en [LUGAR], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

_________________________
[NOMBRE_DEL_AUTOR]
EL CEDENTE

_________________________
[NOMBRE_DEL_CESIONARIO]
EL CESIONARIO

Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando, como autor, quieras transferir a un tercero (editorial, productora, plataforma) los derechos patrimoniales sobre tu obra literaria completa —una novela, un ensayo, un poemario u otra obra terminada— a cambio de una contraprestación económica. Es distinto de un simple contrato de edición porque aquí se transfieren derechos patrimoniales específicos (reproducción, distribución, comunicación pública, transformación), no solo la autorización para editar una tirada.

También es útil para el cesionario que necesita documentar de forma clara qué modalidades de explotación adquiere y por cuánto tiempo, evitando reclamos posteriores del autor.

Qué datos necesitas

Reúne los datos completos del autor y del cesionario, el título exacto de la obra y su género literario, las modalidades de explotación que se ceden (edición impresa, digital, traducción, adaptación audiovisual), el ámbito territorial y el plazo de la cesión, y la forma de la contraprestación (pago único o regalías).

Paso a paso

1. Identifica plenamente a las partes y la obra. 2. Detalla con precisión las modalidades de explotación cedidas; evita fórmulas genéricas como "todos los derechos" sin especificar. 3. Define si la cesión es exclusiva o no exclusiva. 4. Fija la contraprestación y su forma de pago. 5. Incluye la cláusula de derecho moral de paternidad, que es irrenunciable. 6. Firma el contrato y considera inscribirlo ante la Dirección de Derecho de Autor de INDECOPI.

Errores comunes

Un error frecuente es redactar la cesión en términos demasiado amplios ("todos los derechos presentes y futuros"), lo que genera nulidad parcial o interpretaciones restrictivas conforme a la Ley sobre el Derecho de Autor. También es común olvidar que los derechos morales —como la paternidad y la integridad de la obra— no pueden cederse, solo los patrimoniales. Otro error es no fijar un plazo, lo que puede generar disputas sobre la vigencia de la cesión.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ceder solo algunos derechos y conservar otros? Sí, la cesión puede ser parcial, limitada a ciertas modalidades de explotación, territorio o plazo, conforme a los artículos 88 a 96 del Decreto Legislativo N.° 822.

¿Se puede ceder la obra sin contraprestación económica? Es posible pactarlo, aunque lo habitual es fijar un pago único o regalías; recomendamos siempre dejarlo expresamente definido para evitar ambigüedad.

¿Qué pasa si el cesionario no respeta el derecho de paternidad? El autor puede exigir el cese de la infracción y la indemnización correspondiente, pues el derecho moral es irrenunciable e imprescriptible.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor sobre obra literaria

¿El modelo de contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor sobre obra literaria es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-derechos-patrimoniales-de-autor-sobre-obra-literaria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor sobre obra literaria sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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