Contrato de Cuentas en Participación entre Inversionista y Gestor de Negocio
Contrato por el cual un inversionista aporta capital a un negocio administrado por un gestor a cambio de una participación en los resultados, sin injerencia en la gestión, conforme a la Ley General de Sociedades.
Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACIÓN ENTRE INVERSIONISTA Y GESTOR DE NEGOCIO Conste por el presente documento el Contrato de Cuentas en Participación (Asociación en Participación) que celebran de una parte [NOMBRE_DEL_INVERSIONISTA], identificado con [DNI_O_RUC] N.° [NÚMERO], con domicilio en [DIRECCIÓN_DEL_INVERSIONISTA], a quien en adelante se le denominará EL ASOCIADO O INVERSIONISTA; y de otra parte [NOMBRE_DEL_GESTOR_O_EMPRESA], identificado/inscrito con RUC N.° [RUC_DEL_GESTOR], con domicilio en [DIRECCIÓN_DEL_GESTOR], debidamente representado por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL_SI_APLICA], a quien en adelante se le denominará EL ASOCIANTE O GESTOR, en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA.- ANTECEDENTES EL GESTOR conduce el negocio de [DESCRIPCIÓN_DEL_NEGOCIO], operado bajo la denominación [NOMBRE_COMERCIAL_DEL_NEGOCIO], ubicado en [DIRECCIÓN_DEL_NEGOCIO], contando con la experiencia y organización necesarias para su administración y explotación. SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato, celebrado al amparo de los artículos 440 a 448 de la Ley General de Sociedades, Ley N.° 26887, EL INVERSIONISTA aporta a EL GESTOR la suma de S/ [MONTO_DEL_APORTE] ([MONTO_DEL_APORTE_EN_LETRAS] soles), destinada a [FINALIDAD_DEL_APORTE, por ejemplo: capital de trabajo / adquisición de mercadería / ampliación del negocio], a cambio de una participación en los resultados del negocio conforme a lo pactado en la cláusula quinta, sin que ello implique la constitución de una persona jurídica distinta ni la formación de un patrimonio autónomo. TERCERA.- GESTIÓN EXCLUSIVA DEL NEGOCIO Las partes dejan expresa constancia de que el negocio se realiza exclusivamente por cuenta y en nombre de EL GESTOR, quien actúa en nombre propio frente a terceros, siendo el único responsable de las obligaciones frente a estos, conforme al artículo 444 de la Ley General de Sociedades. EL INVERSIONISTA no interviene en la administración ni en la gestión del negocio, ni asume responsabilidad frente a terceros por las operaciones realizadas por EL GESTOR. CUARTA.- DERECHO DE FISCALIZACIÓN EL INVERSIONISTA tiene derecho a la rendición de cuentas del negocio, a cuyo efecto EL GESTOR se obliga a entregarle un informe [MENSUAL_O_TRIMESTRAL] con el detalle de ingresos, egresos y resultados del negocio, así como a permitir la revisión de los libros y comprobantes correspondientes cuando EL INVERSIONISTA lo solicite con una anticipación de [NÚMERO] días hábiles. QUINTA.- PARTICIPACIÓN EN LOS RESULTADOS Las partes acuerdan que EL INVERSIONISTA participará en el [PORCENTAJE]% de las utilidades netas que arroje el negocio, calculadas conforme a los estados financieros que EL GESTOR ponga a su disposición, y en la misma proporción de las pérdidas, sin que su responsabilidad exceda el monto de su aporte, conforme al artículo 446 de la Ley General de Sociedades. La liquidación y pago de la participación se efectuará [PERIODICIDAD_DE_LIQUIDACIÓN], dentro de los [NÚMERO] días siguientes al cierre de cada periodo. SEXTA.- PLAZO Y TERMINACIÓN El presente contrato tiene una vigencia de [PLAZO_DEL_CONTRATO], contado desde la fecha de suscripción, renovable por acuerdo expreso de las partes. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato antes de su vencimiento en caso de incumplimiento grave de las obligaciones pactadas, previo requerimiento escrito no subsanado en el plazo de [NÚMERO] días. SÉTIMA.- CONFIDENCIALIDAD Las partes se obligan a mantener confidencialidad respecto de la información financiera y comercial del negocio a la que tengan acceso con ocasión del presente contrato. OCTAVA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN El presente contrato se rige por las disposiciones de la Ley General de Sociedades, Ley N.° 26887, y demás normas civiles y comerciales aplicables. Cualquier controversia derivada de su interpretación o ejecución será resuelta ante los jueces y tribunales de [CIUDAD], salvo que las partes acuerden someterla a arbitraje. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en dos ejemplares de igual tenor, en la ciudad de [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO]. _______________________________ EL ASOCIADO / INVERSIONISTA [NOMBRE_DEL_INVERSIONISTA] _______________________________ EL ASOCIANTE / GESTOR [NOMBRE_DEL_GESTOR_O_EMPRESA]
Cuándo usar este modelo
Usa este contrato cuando una persona natural o jurídica quiera invertir capital en un negocio que administra otra persona, sin asumir la gestión ni constituir una sociedad formal, a cambio de una participación en los resultados. Se regula en los artículos 440 a 448 de la Ley General de Sociedades, Ley N.° 26887, y se diferencia de la Asociación en Participación genérica porque en este modelo se documenta específicamente el rol del inversionista como aportante de capital sin injerencia en la gestión, frente al gestor u operador que conduce el negocio en nombre propio.
Qué datos necesitas
Necesitas los datos de identificación de ambas partes, el monto del aporte del inversionista, la descripción del negocio conducido por el gestor, el porcentaje de participación en utilidades y pérdidas, la periodicidad de la rendición de cuentas y de la liquidación, y el plazo de vigencia del contrato.
Paso a paso
1. Define con claridad el monto del aporte y su finalidad dentro del negocio.
2. Precisa el porcentaje de participación del inversionista en utilidades y pérdidas.
3. Establece la periodicidad de la rendición de cuentas y el mecanismo de fiscalización del inversionista.
4. Define el plazo del contrato y las causales de terminación anticipada.
5. Firma el contrato en dos ejemplares, uno para cada parte, y conserva los estados financieros que sustenten las liquidaciones futuras.
Errores comunes
No dejar claro que el negocio se conduce en nombre exclusivo del gestor, lo que puede generar que terceros pretendan responsabilizar también al inversionista. Otro error frecuente es omitir el mecanismo de rendición de cuentas, lo que dificulta que el inversionista verifique la utilidad real del negocio. También es común no limitar expresamente la responsabilidad del inversionista al monto de su aporte, principio central de este tipo de contrato conforme a la Ley General de Sociedades.
Preguntas frecuentes
¿El inversionista responde frente a los proveedores del gestor? No; conforme al artículo 444 de la Ley General de Sociedades, el negocio se conduce en nombre exclusivo del gestor, quien es el único responsable frente a terceros.
¿Se debe inscribir este contrato en Registros Públicos? No es obligatorio, ya que no forma un patrimonio autónomo ni una persona jurídica distinta; basta con la firma de ambas partes.
¿Puede pactarse un porcentaje fijo en vez de un porcentaje de utilidades? Las partes tienen libertad contractual para pactar la forma de retribución, aunque lo más común y acorde a la naturaleza del contrato es una participación variable en función de los resultados del negocio.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cuentas en participación entre inversionista y gestor de negocio
¿El modelo de contrato de cuentas en participación entre inversionista y gestor de negocio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cuentas-en-participacion-entre-inversionista-y-gestor-de-negocio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de cuentas en participación entre inversionista y gestor de negocio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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