Contrato de Derecho de Superficie
Derecho real temporal a construir sobre suelo ajeno. Art. 1030-1034 CC. Plazo máximo 99 años. Inscribible en RRPP.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SUPERFICIE
(Art. 1030 a 1034 del Código Civil)
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MINUTA
Señor Notario:
Sirvase extender en su Registro de Escrituras Públicas
una de CONSTITUCIÓN DE DERECHO DE SUPERFICIE que otorgan:
EL PROPIETARIO DEL SUELO (Concedente):
Nombre/Razón Social: [NOMBRE_PROPIETARIO]
DNI/RUC : [DNI_PROPIETARIO]
Domicilio : [DOMICILIO_PROPIETARIO]
EL SUPERFICIARIO:
Nombre/Razón Social: [NOMBRE_SUPERFICIARIO]
DNI/RUC : [DNI_SUPERFICIARIO]
Domicilio : [DOMICILIO_SUPERFICIARIO]
En los términos siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA - DEL INMUEBLE
EL PROPIETARIO es titular del terreno ubicado en:
[DIRECCIÓN_TERRENO], Distrito de [DISTRITO], Provincia
de [PROVINCIA], Departamento de [DEPARTAMENTO], con un
área de [ÁREA] m2, inscrito en la Partida Electrónica
No. [PARTIDA] del Registro de Propiedad Inmueble.
CLÁUSULA SEGUNDA - OBJETO (Art. 1030 CC)
Por el presente, EL PROPIETARIO constituye DERECHO DE
SUPERFICIE a favor de EL SUPERFICIARIO, otorgándole
el derecho de tener temporalmente una construcción en
propiedad separada sobre el suelo descrito, pudiendo
EL SUPERFICIARIO:
a) Construir una edificación de hasta [NÚMERO] pisos
destinada a [USO: vivienda/comercial/industrial]
b) Gozar, usar y disponer de la construcción edificada
c) Constituir derechos reales sobre la construcción
CLÁUSULA TERCERA - PLAZO (Art. 1030 CC)
El derecho de superficie se constituye por un plazo de
[NÚMERO_AÑOS] años, contados desde la inscripción del
presente contrato en Registros Públicos.
(Plazo máximo legal: 99 años - Art. 1030 CC)
CLÁUSULA CUARTA - CONTRAPRESTACIÓN
EL SUPERFICIARIO pagará a EL PROPIETARIO:
a) Canon periódico de S/ [MONTO] [mensual/anual]
b) Reajustable cada [PERIODO] según [IPC/acuerdo]
c) Forma de pago: [DESCRIBIR]
[Alternativa: Pago único de S/ [MONTO_TOTAL]]
CLÁUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL SUPERFICIARIO
a) Construir conforme a los parametros urbanisticos y
a la licencia de edificación municipal
b) Pagar puntualmente el canon pactado
c) Mantener la edificación en buen estado de conservación
d) Cumplir con las normas edilicias y de seguridad
e) No variar el uso convenido sin autorización escrita
CLÁUSULA SEXTA - EXTINCIÓN Y REVERSIÓN (Art. 1033 CC)
Al vencimiento del plazo o por las causales legales,
la construcción revertira al propietario del suelo,
SALVO pacto en contrario. Las partes acuerdan que:
[ ] La construcción revierte gratuitamente al propietario
[ ] EL PROPIETARIO pagará el [PORCENTAJE]% del valor
de la construcción al momento de la reversión
CLÁUSULA SÉPTIMA - INSCRIPCIÓN REGISTRAL
El presente contrato se inscribira en la Partida
No. [PARTIDA] del Registro de Propiedad Inmueble,
constituyendo una partida independiente para la
construcción (Art. 1032 CC).
CLÁUSULA OCTAVA - BASE LEGAL
- Art. 1030 CC: Definición del derecho de superficie
- Art. 1031 CC: Constitución por acto entre vivos o
por testamento
- Art. 1032 CC: La construcción tiene partida independiente
- Art. 1033 CC: Extinción del derecho de superficie
- Art. 1034 CC: Subsistencia de derechos reales
Agregue Ud., Señor Notario, las cláusulas de ley y
pase los partes al Registro de Propiedad Inmueble.
[CIUDAD], [FECHA]
_________________________ _________________________
EL PROPIETARIO EL SUPERFICIARIO
[NOMBRE_PROPIETARIO] [NOMBRE_SUPERFICIARIO]
DNI/RUC: [DNI_PROPIETARIO] DNI/RUC: [DNI_SUPERFICIARIO]
El contrato de derecho de superficie permite que una persona, el superficiario, construya y tenga en propiedad separada una edificación sobre o bajo el suelo de otra persona, por un plazo determinado. El dueño del suelo conserva la propiedad del terreno y el superficiario es dueño de lo que construye durante la vigencia. Es la herramienta para desarrollar proyectos sobre terrenos que no quieres comprar.
Cuando usarlo
Lo usas cuando un propietario de terreno no quiere venderlo pero si permitir que un tercero construya y explote una obra por varias decadas, como un centro comercial, una estación de servicio, un edificio o instalaciones. Es común en terrenos de gran valor, en proyectos de inversión de largo plazo y cuando el dueño del suelo quiere recibir una renta y recuperar el bien con la construcción al final.
Base legal peruana
Se rige por el Código Civil. El artículo 1030 define el derecho de superficie: el superficiario goza de la facultad de tener temporalmente una construcción en propiedad separada sobre o bajo la superficie del suelo, y este derecho no puede durar más de noventa y nueve años. A su vencimiento, el propietario del suelo adquiere la propiedad de lo construido reembolsando su valor, salvo pacto distinto. El artículo 1031 permite constituirlo por acto entre vivos o por testamento. El artículo 1032 regula su extinción. Al ser derecho real, debe constituirse por escritura pública e inscribirse en la SUNARP.
Como rellenarlo bien
- Identifica el suelo con su partida registral y precisa si la superficie será sobre o bajo el nivel del terreno.
- Fija el plazo sin exceder el tope de noventa y nueve años del artículo 1030.
- Define la contraprestación: pago único, renta periódica o una combinación.
- Pacta que sucede con la construcción al vencimiento, si el propietario reembolsa su valor o si hay pacto distinto.
- Regula quien asume tributos, mantenimiento y la posibilidad de hipotecar o transferir el derecho de superficie.
Errores comunes
- Pactar un plazo mayor a noventa y nueve años, prohibido por ley.
- No inscribir el derecho, perdiendo oponibilidad frente a terceros y dificultando el financiamiento.
- No definir el destino y la valorización de la construcción al final del plazo.
- Confundirlo con un arrendamiento de terreno, cuando la superficie crea propiedad separada de lo construido.
Preguntas frecuentes
De quien es el edificio mientras dura la superficie? Del superficiario. El artículo 1030 reconoce que tiene la propiedad separada de la construcción durante el plazo, distinta de la propiedad del suelo.
Qué pasa con lo construido al terminar? El propietario del suelo adquiere la construcción reembolsando su valor, salvo que las partes hayan pactado algo distinto en el contrato.
El superficiario puede hipotecar la construcción? Sí, el derecho de superficie es transferible y puede gravarse, lo que lo hace atractivo para proyectos que requieren financiamiento bancario.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de derecho de superficie
¿El modelo de contrato de derecho de superficie es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-derecho-de-superficie/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de derecho de superficie sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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