Contrato de Compraventa de Predio Rural con Reserva de Derecho de Habitación Vitalicio a Favor del Vendedor
Modelo de compraventa de predio rural en el que el vendedor se reserva el derecho real de habitación vitalicio, conforme a los artículos 1026 a 1029 del Código Civil peruano.
Actualizado al 26 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE PREDIO RURAL CON RESERVA DE DERECHO DE HABITACIÓN VITALICIO A FAVOR DEL VENDEDOR Conste por el presente documento privado, que celebran de una parte [NOMBRE DEL VENDEDOR], identificado con DNI N.º [DNI VENDEDOR], con domicilio en [DIRECCIÓN VENDEDOR], a quien en adelante se denominará EL VENDEDOR; y de otra parte [NOMBRE DEL COMPRADOR], identificado con DNI N.º [DNI COMPRADOR], con domicilio en [DIRECCIÓN COMPRADOR], a quien en adelante se denominará EL COMPRADOR; en los términos siguientes: PRIMERA.- ANTECEDENTES: EL VENDEDOR es propietario del predio rústico denominado [NOMBRE DEL PREDIO], ubicado en [UBICACIÓN DEL PREDIO], con un área de [ÁREA EN HECTÁREAS/M2], inscrito en la Partida Registral N.º [NÚMERO DE PARTIDA] del Registro de Predios de [OFICINA REGISTRAL]. SEGUNDA.- OBJETO: Por el presente contrato, EL VENDEDOR transfiere a EL COMPRADOR la propiedad del predio descrito en la cláusula precedente, reservándose expresamente, con carácter vitalicio, personalísimo e intransferible, el derecho real de habitación sobre [DESCRIPCIÓN DEL ÁREA/VIVIENDA RESERVADA], de conformidad con los artículos 1026 al 1029 del Código Civil, aplicables al derecho de habitación por remisión a las normas del usufructo. TERCERA.- PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio de la compraventa se fija en la suma de S/ [MONTO EN SOLES] ([MONTO EN LETRAS] Y 00/100 SOLES), que EL COMPRADOR cancela de la siguiente forma: [FORMA DE PAGO: AL CONTADO / ARMADAS Y FECHAS]. CUARTA.- ALCANCE DEL DERECHO DE HABITACIÓN: El derecho reservado comprende el uso de la vivienda para satisfacer las necesidades de habitación de EL VENDEDOR y las de su familia que con él conviva, conforme al artículo 1027 del Código Civil, sin que ello autorice a EL VENDEDOR a arrendar, ceder o gravar dicho derecho, por tener carácter personalísimo según el artículo 1029 del Código Civil. QUINTA.- OBLIGACIONES DE MANTENIMIENTO: Los gastos ordinarios de conservación del área reservada corresponden a EL VENDEDOR; las reparaciones extraordinarias y estructurales corresponden a EL COMPRADOR como nuevo propietario, salvo pacto distinto entre las partes. SEXTA.- EXTINCIÓN DEL DERECHO: El derecho de habitación se extingue por el fallecimiento de EL VENDEDOR, por renuncia expresa, o por las demás causales previstas en el Código Civil para el usufructo y el uso, momento en el cual EL COMPRADOR consolidará el pleno dominio sin cargas. SÉTIMA.- SANEAMIENTO: EL VENDEDOR declara que el predio se encuentra libre de gravámenes, cargas y demandas, salvo la reserva de habitación pactada en este acto, y responde por el saneamiento conforme a ley. OCTAVA.- ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA: Las partes se obligan a elevar el presente documento a escritura pública ante Notario de [CIUDAD] e inscribir tanto la transferencia de propiedad como la reserva del derecho de habitación en la Partida Registral N.º [NÚMERO DE PARTIDA]. NOVENA.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN: Para efectos del presente contrato, las partes señalan como domicilio los indicados en la introducción y se someten a la jurisdicción de los jueces de [CIUDAD]. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO]. _______________________________ _______________________________ EL VENDEDOR EL COMPRADOR [NOMBRE DEL VENDEDOR] [NOMBRE DEL COMPRADOR] DNI N.º [DNI VENDEDOR] DNI N.º [DNI COMPRADOR]
Vender el predio en vida mientras se sigue viviendo en él es una necesidad común entre propietarios de edad avanzada que buscan liquidez sin perder su vivienda. Este modelo combina la compraventa de la nuda propiedad con la reserva del derecho real de habitación, regulado en los artículos 1026 a 1029 del Código Civil, de modo que el comprador adquiere la propiedad del predio rural pero el vendedor conserva, de por vida, el derecho a habitarlo.
Cuándo usar este modelo
Es útil cuando el propietario de un predio rural, generalmente una persona mayor, desea vender su terreno pero no está dispuesto a dejar la vivienda donde reside, y el comprador acepta adquirir el bien con esa carga. También sirve en ventas entre familiares donde se busca anticipar la transferencia patrimonial sin desproteger al vendedor. Es distinto de un contrato de constitución autónoma de derecho de habitación, porque aquí la reserva nace dentro del mismo acto de compraventa y no como negocio independiente.
Qué datos necesitas
Necesitas la partida registral del predio, la identificación precisa del área o vivienda sobre la que se reservará el derecho de habitación, el precio pactado y su forma de pago, y la descripción de quiénes conviven con el vendedor y por tanto también podrían beneficiarse del uso de la vivienda conforme al artículo 1027 del Código Civil.
Paso a paso
- Verifica la partida registral y confirma que el predio esté libre de cargas incompatibles con la venta.
- Define con precisión el área o vivienda sobre la que se reservará el derecho de habitación.
- Redacta el contrato detallando el precio, la forma de pago y el alcance del derecho reservado.
- Eleva el documento a escritura pública ante notario.
- Inscribe en SUNARP tanto la transferencia de propiedad como la reserva del derecho de habitación.
Errores comunes
- No especificar si el derecho de habitación se limita a una parte de la vivienda o a todo el predio.
- Omitir quién asume los gastos de mantenimiento y reparaciones del área reservada.
- No inscribir la reserva del derecho junto con la transferencia, dejándola sin oponibilidad frente a terceros.
- Confundir el derecho de habitación, personalísimo e intransferible, con el usufructo, que sí admite ciertos actos de disposición del derecho.
Preguntas frecuentes
¿El vendedor puede alquilar la vivienda que se reserva? No; el derecho de habitación es personalísimo conforme al artículo 1029 del Código Civil y no puede cederse ni arrendarse.
¿Qué pasa si el vendedor fallece? El derecho se extingue y el comprador consolida la propiedad plena, sin cargas.
¿Se puede pactar plazo en vez de vitalicio? Sí, pero este modelo está pensado específicamente para la reserva vitalicia, que es la modalidad más solicitada en estos casos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de compraventa de predio rural con reserva de derecho de habitación vitalicio a favor del vendedor
¿El modelo de contrato de compraventa de predio rural con reserva de derecho de habitación vitalicio a favor del vendedor es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-compraventa-de-predio-rural-con-reserva-de-derecho-de-habitacion-vitalicio-a-favor-del-vendedor/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de compraventa de predio rural con reserva de derecho de habitación vitalicio a favor del vendedor sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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