Contrato de Diseño y Construcción Llave en Mano
Modelo de contrato de obra bajo modalidad llave en mano que integra diseño y construcción, conforme a los artículos 1771 a 1789 del Código Civil. Word editable.
Actualizado al 22 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN LLAVE EN MANO Conste por el presente documento el contrato de obra que celebran, de una parte, [NOMBRE_COMITENTE], con RUC [RUC_COMITENTE], domicilio en [DOMICILIO_COMITENTE], representado por [REPRESENTANTE_COMITENTE], a quien se denominará EL COMITENTE, y de la otra parte, [NOMBRE_CONTRATISTA], con RUC [RUC_CONTRATISTA], domicilio en [DOMICILIO_CONTRATISTA], representado por [REPRESENTANTE_CONTRATISTA], a quien se denominará EL CONTRATISTA, en los términos siguientes: PRIMERA: MARCO LEGAL Conforme al artículo 1771 del Código Civil, EL CONTRATISTA se obliga a hacer una obra determinada y EL COMITENTE a pagarle una retribución. Bajo la modalidad llave en mano, EL CONTRATISTA asume el diseño y la construcción íntegros de la obra hasta su entrega lista para operar. SEGUNDA: OBJETO EL CONTRATISTA ejecutará el diseño y la construcción de [DESCRIPCION_OBRA] en el inmueble ubicado en [UBICACION_OBRA], conforme a los requisitos funcionales del Anexo 1. TERCERA: PRECIO INTEGRAL El precio total e integral es de S/ [MONTO_TOTAL] ([MONTO_LETRAS]), bajo modalidad de suma alzada que comprende diseño, materiales, mano de obra y entrega. Conforme al artículo 1776 del Código Civil, el obligado a hacer una obra por ajuste alzado no puede solicitar aumento del precio aunque haya cambios en las condiciones, salvo lo previsto en el artículo 1777. CUARTA: APORTE DE MATERIALES EL CONTRATISTA aporta la totalidad de los materiales, conforme al artículo 1773 del Código Civil, asumiendo su calidad e idoneidad. QUINTA: PLAZO Y CRONOGRAMA La obra se ejecutará en [PLAZO], según el cronograma del Anexo 2. El retraso imputable a EL CONTRATISTA generará la penalidad de [PENALIDAD]. SEXTA: COMPROBACIÓN Y RECEPCIÓN EL COMITENTE tiene derecho a comprobar la obra antes de la recepción conforme al artículo 1778 del Código Civil. La recepción sin reservas descarga a EL CONTRATISTA, salvo vicios ocultos, conforme al artículo 1782 del Código Civil. SÉTIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS Y RUINA EL CONTRATISTA responde por las diversidades y vicios de la obra conforme al artículo 1782 del Código Civil y por la destrucción o ruina del edificio conforme al artículo 1784 del Código Civil, dentro de los plazos legales. OCTAVA: NORMA SUPLETORIA En lo no previsto rigen los artículos 1771 a 1789 del Código Civil. En señal de conformidad, las partes firman por duplicado en [CIUDAD], el [FECHA].
El contrato de diseño y construcción llave en mano es el acuerdo por el cual un único contratista asume tanto el diseño (proyecto, ingeniería, expediente técnico) como la construcción completa de la obra, entregándotela lista para usar, en funcionamiento y con su equipamiento. La idea de "llave en mano" es literal: recibes el inmueble o instalación terminada, solo tienes que girar la llave y operar. Lo usas cuando prefieres un solo responsable por todo el proyecto, en lugar de coordinar por separado al proyectista y al constructor.
Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo
Lo firman el comitente y el contratista llave en mano (normalmente una empresa con capacidad de diseño y construcción). Conviene cuando quieres trasladar a una sola parte el riesgo de coordinación entre proyecto y obra, fijar un precio y un plazo de entrega del conjunto, y reducir las discusiones sobre quién tiene la culpa cuando algo falla. Es común en plantas, locales comerciales, viviendas integrales y proyectos donde la operación final es lo que importa.
Base legal
Entre privados se rige por el contrato de obra del Código Civil, integrando diseño y ejecución: artículo 1771 (obra determinada a cambio de retribución), artículo 1774 (obligaciones del contratista) y artículos 1782, 1783 y 1784 (vicios, plazo de reclamo de sesenta días y responsabilidad por solidez hasta cinco años). La integración de diseño y construcción en un solo contrato se ampara en la libertad contractual del artículo 1354 del Código Civil. En obra pública, la modalidad llave en mano está prevista en la normativa de contrataciones del Estado, pero el modelo entre privados se rige por lo pactado.
Qué datos y documentos necesitas
- Datos del comitente y del contratista con RUC y representante legal.
- Requerimientos funcionales: qué debe hacer la obra terminada y bajo qué estándares.
- Terreno o inmueble disponible con su partida registral y, si existe, anteproyecto base.
- Alcance del equipamiento y de la puesta en funcionamiento incluida.
- Precio global, hitos de pago, plazo de entrega y pruebas de aceptación.
Cómo presentarlo paso a paso
- Define con precisión los requerimientos de desempeño de la obra terminada, no solo el diseño.
- Acuerda el precio global y el plazo de entrega del conjunto en funcionamiento.
- Completa el contrato con datos de las partes, hitos de pago y pruebas de aceptación.
- Pacta las garantías de buen funcionamiento y el periodo de pruebas tras la entrega.
- Firma dos ejemplares; la legalización notarial de firmas conviene por el monto involucrado.
- A la entrega, ejecuta las pruebas de funcionamiento y firma el acta de recepción.
Errores comunes a evitar
- Definir solo el diseño y no los estándares de funcionamiento que debe cumplir la obra.
- No incluir las pruebas de aceptación que demuestran que la obra opera como se pactó.
- Dejar fuera el equipamiento o la puesta en marcha, pensando que "llave en mano" lo cubre todo solo.
- No fijar garantías de buen funcionamiento posteriores a la entrega.
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye realmente "llave en mano"?
Incluye lo que pacten las partes. Por eso, amparándote en el artículo 1354 del Código Civil, debes detallar diseño, construcción, equipamiento y puesta en funcionamiento. Si no lo escribes, puede quedar fuera del alcance.
¿El contratista responde por errores de diseño y de obra?
Sí. Al asumir ambos, responde por vicios de diseño y de construcción conforme a los artículos 1782 y 1783, y por la solidez de la obra hasta cinco años según el artículo 1784 del Código Civil.
¿Puedo pagar contra resultados y no por avance?
Sí. Es válido pactar hitos de pago atados a entregables verificables y a las pruebas de aceptación finales, lo que protege tu interés en recibir la obra realmente operativa.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de diseño y construcción llave en mano
¿El modelo de contrato de diseño y construcción llave en mano es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-diseno-y-construccion-llave-en-mano/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de diseño y construcción llave en mano sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Permuta de Inmueble por Construcción
Contrato de permuta de terreno por unidades inmobiliarias futuras edificadas por el constructor, regulado por la permuta (Art. 1602 y 1603 CC) y la compraventa de bien futuro (Art. 1534 CC).
Contrato de Locación de Servicios Legales
Modelo de contrato de locación de servicios legales conforme al Artículo 1764 del Código Civil peruano. Acuerdo entre cliente y abogado para asesoría, representación procesal o consultoría, sin relación de dependencia.
Carta Notarial de Resolución de Contrato
Carta notarial para resolver un contrato por incumplimiento de la contraparte. Art. 1430 del Código Civil (cláusula resolutoria expresa).
Contrato de Distribución Comercial
Contrato de distribución exclusiva o no exclusiva de productos. Regula territorio, mínimos de compra y comisiones. Base: Art. 1764 CC y usos mercantiles.
Contrato de Préstamo (Mutuo Dinerario)
Contrato de préstamo de dinero entre personas naturales o jurídicas con intereses pactados. Arts. 1648-1665 del Código Civil.
Contrato de Obra a Suma Alzada
Contrato de obra privada a precio fijo (suma alzada). Arts. 1771-1789 del Código Civil. Para construcción, remodelación o instalaciones.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras