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Financiero

Contrato de Fideicomiso en Garantía para Aseguramiento de Créditos Empresariales

Contrato de fideicomiso en garantía que respalda obligaciones empresariales mediante un patrimonio autónomo, conforme a los artículos 241 al 274 de la Ley General del Sistema Financiero, Ley N° 26702.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE FIDEICOMISO EN GARANTÍA PARA ASEGURAMIENTO DE CRÉDITOS EMPRESARIALES

Conste por el presente documento el Contrato de Fideicomiso en Garantía que celebran de una parte [NOMBRE_FIDEICOMITENTE], con RUC N° [RUC_FIDEICOMITENTE], debidamente representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE_FIDEICOMITENTE], identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], con domicilio en [DIRECCION_FIDEICOMITENTE], a quien en adelante se denominará EL FIDEICOMITENTE; de otra parte [NOMBRE_FIDUCIARIO], empresa del sistema financiero autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para actuar como fiduciaria, con RUC N° [RUC_FIDUCIARIO], con domicilio en [DIRECCION_FIDUCIARIO], a quien en adelante se denominará EL FIDUCIARIO; y de otra parte [NOMBRE_FIDEICOMISARIO], en calidad de acreedor garantizado, a quien en adelante se denominará EL FIDEICOMISARIO; en los términos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES
EL FIDEICOMITENTE es titular de [DESCRIPCION_DEL_BIEN_O_DERECHO], y requiere constituir garantía en respaldo de las obligaciones asumidas frente a EL FIDEICOMISARIO derivadas de [DESCRIPCION_DEL_CREDITO_GARANTIZADO], por la suma de S/ [MONTO_DEL_CREDITO].

CLÁUSULA PRIMERA: CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO
Por el presente contrato, EL FIDEICOMITENTE transfiere en dominio fiduciario a favor de EL FIDUCIARIO el patrimonio autónomo integrado por [DESCRIPCION_DEL_BIEN_O_DERECHO], al amparo de los artículos 241 al 274 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, constituyéndose el FIDEICOMISO EN GARANTÍA materia del presente instrumento.

CLÁUSULA SEGUNDA: PATRIMONIO FIDEICOMETIDO
El patrimonio fideicometido está compuesto por los bienes descritos en el Anexo 1, los cuales quedan separados del patrimonio del FIDEICOMITENTE, del FIDUCIARIO y del FIDEICOMISARIO, conforme al artículo 253 de la Ley N° 26702, no pudiendo ser afectados por acciones de terceros ajenos a la finalidad del fideicomiso, salvo las excepciones previstas en dicha norma.

CLÁUSULA TERCERA: FINALIDAD
El fideicomiso tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de las obligaciones que EL FIDEICOMITENTE mantiene frente a EL FIDEICOMISARIO derivadas de [DESCRIPCION_DEL_CREDITO_GARANTIZADO], hasta por la suma de S/ [MONTO_DEL_CREDITO], más intereses, comisiones y gastos.

CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL FIDUCIARIO
EL FIDUCIARIO se obliga a administrar el patrimonio fideicometido con la diligencia de un ordenado comerciante y un fiel administrador, conforme al artículo 245 de la Ley N° 26702, rindiendo cuenta periódica de su gestión a EL FIDEICOMITENTE y a EL FIDEICOMISARIO.

CLÁUSULA QUINTA: EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA
En caso de incumplimiento de la obligación garantizada, EL FIDUCIARIO procederá a la venta o adjudicación del patrimonio fideicometido conforme al procedimiento pactado en el Anexo 2 y a las disposiciones de la Ley N° 26702 y su reglamento, aplicando el producto de la realización al pago de la obligación garantizada y entregando el remanente, de existir, a EL FIDEICOMITENTE.

CLÁUSULA SEXTA: PLAZO
El presente fideicomiso tiene una duración de [PLAZO_EN_ANOS] años, contados desde la fecha de suscripción, pudiendo extinguirse antes por cancelación total de la obligación garantizada.

CLÁUSULA SÉTIMA: RETRIBUCIÓN DEL FIDUCIARIO
EL FIDEICOMITENTE pagará a EL FIDUCIARIO una comisión de [PORCENTAJE_COMISION]% anual sobre el valor del patrimonio fideicometido, conforme al Anexo 3.

CLÁUSULA OCTAVA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Las partes se someten a las leyes de la República del Perú y a la jurisdicción de los jueces de [CIUDAD] para resolver cualquier controversia derivada del presente contrato.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].

_________________________
EL FIDEICOMITENTE
[NOMBRE_REPRESENTANTE_FIDEICOMITENTE]

_________________________
EL FIDUCIARIO
[NOMBRE_REPRESENTANTE_FIDUCIARIO]

_________________________
EL FIDEICOMISARIO
[NOMBRE_REPRESENTANTE_FIDEICOMISARIO]
¿Encontraste algo mal en este modelo?

El fideicomiso en garantía permite a una empresa respaldar un crédito sin recurrir a una hipoteca o prenda tradicional, transfiriendo un bien o derecho a un patrimonio autónomo administrado por una fiduciaria autorizada. Este modelo te ayuda a estructurar el contrato con las cláusulas que exige la Ley General del Sistema Financiero.

Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando una empresa necesite otorgar garantía sobre un bien o derecho específico en respaldo de una obligación crediticia frente a un banco, proveedor o acreedor, mediante la figura del fideicomiso regulada por la Ley N° 26702, en lugar de una garantía real tradicional. Es especialmente útil en operaciones de financiamiento estructurado, líneas de crédito rotativas o proyectos con flujos futuros que se busca aislar en un patrimonio separado.

Qué datos necesitas

Para completar el modelo necesitas identificar a las tres partes (fideicomitente, fiduciaria y fideicomisario) con su razón social, RUC y representante legal, describir con precisión el bien o derecho que se transfiere al patrimonio fideicometido, el monto y las condiciones de la obligación garantizada, el plazo del fideicomiso y la comisión pactada a favor de la fiduciaria.

Paso a paso

1) Identifica el bien o derecho que conformará el patrimonio fideicometido y verifica que esté libre de gravámenes que impidan su transferencia. 2) Completa el modelo con los datos de las tres partes y las condiciones de la obligación garantizada. 3) Selecciona una empresa fiduciaria autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. 4) Formaliza el contrato mediante escritura pública cuando el bien transferido lo requiera, como en el caso de inmuebles. 5) Inscribe la transferencia fiduciaria en el registro correspondiente cuando el bien esté sujeto a inscripción registral.

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Errores comunes

Un error común es no verificar que la fiduciaria elegida cuente con la autorización vigente de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para operar como tal. Otro error frecuente es omitir el procedimiento detallado de ejecución de la garantía en caso de incumplimiento, lo que genera controversias al momento de liquidar el patrimonio fideicometido. También es importante no confundir el fideicomiso en garantía con un simple encargo de administración, pues sus efectos legales y su tratamiento patrimonial son distintos.

Preguntas frecuentes

¿El patrimonio fideicometido puede ser embargado por otros acreedores del fideicomitente? En principio no, pues constituye un patrimonio autónomo separado conforme al artículo 253 de la Ley N° 26702, salvo las excepciones que la propia norma contempla.
¿Puede cualquier empresa actuar como fiduciaria? No, debe tratarse de una empresa del sistema financiero expresamente autorizada por la SBS para ejercer la función fiduciaria.
¿Qué pasa si se cancela la deuda antes del plazo pactado? El fideicomiso se extingue anticipadamente y el bien o derecho debe restituirse al fideicomitente conforme a lo pactado en el contrato.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de fideicomiso en garantía para aseguramiento de créditos empresariales

¿El modelo de contrato de fideicomiso en garantía para aseguramiento de créditos empresariales es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-fideicomiso-en-garantia-para-aseguramiento-de-creditos-empresariales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de fideicomiso en garantía para aseguramiento de créditos empresariales sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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