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Contratos

Contrato de Garantía Mobiliaria sobre Existencias e Inventario Rotativo

Contrato de garantía mobiliaria sin desplazamiento sobre las existencias e inventario rotativo del negocio, como universalidad de contenido variable con subrogación real, inscribible en el SIGM al amparo del Decreto Legislativo 1400.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA SOBRE EXISTENCIAS E INVENTARIO ROTATIVO

Conste por el presente documento el contrato de garantía mobiliaria que celebran, de una parte, [NOMBRE_CONSTITUYENTE], con RUC N.° [RUC_CONSTITUYENTE] y domicilio en [DOMICILIO_CONSTITUYENTE], debidamente representado(a) por [REPRESENTANTE_CONSTITUYENTE], a quien se denominará EL CONSTITUYENTE; y, de otra parte, [NOMBRE_ACREEDOR], con RUC o DNI N.° [DOC_ACREEDOR] y domicilio en [DOMICILIO_ACREEDOR], a quien se denominará EL ACREEDOR GARANTIZADO; en los términos siguientes:

PRIMERO.- OBLIGACIÓN GARANTIZADA. La presente garantía asegura el cumplimiento de la obligación de EL CONSTITUYENTE frente a EL ACREEDOR GARANTIZADO por la suma de S/ [MONTO_OBLIGACIÓN], derivada de [ORIGEN_DE_LA_OBLIGACIÓN], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO], incluidos sus intereses y gastos.

SEGUNDO.- BIENES GRAVADOS. EL CONSTITUYENTE constituye garantía mobiliaria sobre las existencias e inventario rotativo de su negocio ubicado en [DIRECCIÓN_DEL_NEGOCIO], consistentes en [DESCRIPCIÓN_DE_LAS_EXISTENCIAS], tales como mercadería, materias primas y productos terminados. Por su naturaleza rotativa, los bienes ingresan y salen en el giro ordinario, por lo que la garantía recae sobre las existencias presentes y futuras como una universalidad de contenido variable, admitida por el Decreto Legislativo 1400.

TERCERO.- SUBROGACIÓN REAL. Los bienes que se incorporen al inventario en reemplazo de los que se vendan quedan automáticamente afectados por la garantía, así como el producto o los créditos derivados de su enajenación, conforme al Decreto Legislativo 1400.

CUARTO.- VALOR MÍNIMO A MANTENER. EL CONSTITUYENTE se obliga a mantener existencias por un valor no inferior a S/ [VALOR_MÍNIMO_INVENTARIO] y a reponer oportunamente los bienes vendidos. Se autoriza la disposición ordinaria de las existencias mientras se conserve dicho valor mínimo.

QUINTO.- SIN DESPLAZAMIENTO. La garantía se constituye sin desplazamiento de la posesión. EL CONSTITUYENTE conserva los bienes en calidad de depositario, con deber de conservación, de llevar registro del inventario y de permitir la inspección periódica por EL ACREEDOR GARANTIZADO.

SEXTO.- INSCRIPCIÓN EN EL SIGM. Las partes acuerdan inscribir la presente garantía en el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM), conforme al Decreto Legislativo 1400, a fin de dotarla de oponibilidad y prelación frente a terceros. Los gastos de inscripción son de cuenta de [PARTE_QUE_ASUME_GASTOS].

SÉPTIMO.- EJECUCIÓN. En caso de incumplimiento, EL ACREEDOR GARANTIZADO podrá ejecutar la garantía conforme al procedimiento del Decreto Legislativo 1400. Para tal efecto, se designa como representante para la venta a [NOMBRE_REPRESENTANTE], con las facultades previstas en dicho régimen.

OCTAVO.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. En lo no previsto rige el Decreto Legislativo 1400 y sus normas complementarias. Las partes se someten a la jurisdicción de los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].


_______________________        _______________________
EL CONSTITUYENTE                EL ACREEDOR GARANTIZADO
RUC N.° [RUC_CONSTITUYENTE]     DOC. N.° [DOC_ACREEDOR]

Cuándo usar este modelo

Usa este contrato cuando quieras garantizar una obligación gravando las existencias e inventario de un negocio que rota permanentemente, es decir, mercadería que entra y sale en el giro ordinario. El Decreto Legislativo 1400, que regula el Régimen de la Garantía Mobiliaria y el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM), admite afectar bienes de contenido variable y existencias presentes y futuras como una universalidad. Se diferencia de la garantía sobre bienes fijos como maquinaria o un vehículo, porque aquí el conjunto se renueva y opera la subrogación real sobre lo que reemplaza a lo vendido.

Qué datos necesitas

  • Datos y RUC del constituyente y del acreedor garantizado.
  • Obligación garantizada: monto, origen y vencimiento.
  • Descripción de las existencias e inventario y dirección del negocio.
  • Valor mínimo de inventario que el constituyente se obliga a mantener.
  • Representante para la venta y datos para la inscripción en el SIGM.

Paso a paso

  1. Describe la obligación garantizada y el inventario afectado como universalidad de contenido variable.
  2. Pacta la subrogación real sobre los bienes que reemplacen a los vendidos y sobre su producto.
  3. Fija el valor mínimo de existencias a mantener y el deber de reposición.
  4. Constituye la garantía sin desplazamiento, dejando la posesión en el constituyente como depositario.
  5. Inscribe la garantía en el SIGM para su oponibilidad y prelación frente a terceros.

Errores comunes

  • No pactar la subrogación real, dejando fuera de la garantía los bienes que reponen el inventario.
  • Omitir el valor mínimo a mantener, restando eficacia a la garantía sobre existencias rotativas.
  • No inscribir en el SIGM, perdiendo oponibilidad frente a terceros.
  • Confundir este régimen con la derogada Ley 28677; hoy rige el Decreto Legislativo 1400.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir vendiendo la mercadería gravada? Sí. Se autoriza la disposición ordinaria de las existencias mientras se conserve el valor mínimo de inventario pactado, pues la garantía recae sobre la universalidad y no sobre bienes individualizados de forma rígida.

¿Qué es la subrogación real? Es que los bienes que ingresan en reemplazo de los vendidos quedan automáticamente afectados por la garantía, junto con el producto o los créditos de su venta, conforme al Decreto Legislativo 1400.

¿Dónde se inscribe la garantía? En el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM), lo que le otorga oponibilidad y determina la prelación frente a otros acreedores.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de garantía mobiliaria sobre existencias e inventario rotativo

¿El modelo de contrato de garantía mobiliaria sobre existencias e inventario rotativo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-garantia-mobiliaria-sobre-existencias-e-inventario-rotativo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de garantía mobiliaria sobre existencias e inventario rotativo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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