Contrato de Habilitación o Financiamiento Agrícola
Contrato de habilitación o financiamiento de campaña agrícola conforme al Art. 1648 del Código Civil (mutuo), con desembolsos, garantía sobre la cosecha y reembolso del crédito.
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE HABILITACIÓN O FINANCIAMIENTO AGRÍCOLA Conste por el presente documento el contrato que celebran [NOMBRE_HABILITADOR], identificado con DNI o RUC N° [DOC_HABILITADOR], domiciliado en [DOMICILIO_HABILITADOR], EL HABILITADOR, y [NOMBRE_AGRICULTOR], identificado con DNI N° [DNI_AGRICULTOR], domiciliado en [DOMICILIO_AGRICULTOR], EL AGRICULTOR, en los términos siguientes: PRIMERA: OBJETO EL HABILITADOR otorga a EL AGRICULTOR un financiamiento (mutuo) destinado a la habilitación de la campaña agrícola del cultivo de [TIPO_CULTIVO] en el predio [NOMBRE_PREDIO], ubicado en [UBICACION_PREDIO], de [AREA_HECTAREAS] hectáreas, conforme al Art. 1648 del Código Civil. SEGUNDA: MONTO Y DESEMBOLSOS El monto del financiamiento es de S/ [MONTO_FINANCIAMIENTO], entregado en [NUMERO_DESEMBOLSOS] desembolsos según el cronograma de campaña: [DETALLE_DESEMBOLSOS]. TERCERA: DESTINO Los fondos se destinarán exclusivamente a insumos, mano de obra, agua de riego y labores de la campaña. EL AGRICULTOR rendirá cuenta del uso a EL HABILITADOR. CUARTA: INTERESES El financiamiento devenga un interés compensatorio de [TASA_INTERES] por ciento, dentro de los límites máximos fijados por el Banco Central de Reserva conforme al Art. 1243 del Código Civil. QUINTA: GARANTÍA SOBRE LA COSECHA En garantía del reembolso, EL AGRICULTOR afecta la cosecha futura de [TIPO_CULTIVO] de la presente campaña, comprometiéndose a entregar o vender la producción de modo que se cancele el crédito. Esta garantía mobiliaria podrá inscribirse conforme a la Ley 28677 de la Garantía Mobiliaria. SEXTA: REEMBOLSO EL AGRICULTOR reembolsará el capital más intereses al término de la cosecha, a más tardar el [FECHA_REEMBOLSO], mediante [FORMA_REEMBOLSO]. SÉTIMA: INCUMPLIMIENTO La falta de pago faculta la resolución del contrato y la ejecución de la garantía (Art. 1428 CC). OCTAVA: JURISDICCIÓN Las partes se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ _______________________ EL HABILITADOR EL AGRICULTOR DOC [DOC_HABILITADOR] DNI [DNI_AGRICULTOR]
Sobre este modelo de contrato de habilitación o financiamiento agrícola
Este modelo pertenece al área de Agrario y Rural. Contratos y solicitudes del agro: arrendamiento agrario, aparcería, compraventa de fundo, agua de riego y comunidades campesinas (Código Civil y régimen agrario, Ley 31110).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de habilitación o financiamiento agrícola
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