Contrato de Opción de Compra
Contrato preparatorio por el que el concedente otorga al optante el derecho exclusivo de celebrar a futuro una compraventa en las condiciones pactadas. Regulado en el Art. 1419 del Código Civil.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA Conste por el presente documento el contrato de opción de compra que celebran de una parte [NOMBRE_CONCEDENTE], identificado con DNI [DNI_CONCEDENTE] y domicilio en [DOMICILIO_CONCEDENTE], a quien se denomina EL CONCEDENTE, y de la otra parte [NOMBRE_OPTANTE], identificado con DNI [DNI_OPTANTE] y domicilio en [DOMICILIO_OPTANTE], a quien se denomina EL OPTANTE, en los términos siguientes. PRIMERA. ANTECEDENTE. El Concedente es propietario del bien siguiente: [DESCRIPCION_BIEN], inscrito en la Partida [PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de [REGISTRO]. SEGUNDA. OBJETO. Por este contrato preparatorio, conforme al artículo 1419 del Código Civil, el Concedente otorga al Optante el derecho exclusivo e irrevocable de decidir, dentro del plazo pactado, la celebración de la compraventa del bien descrito. TERCERA. PRECIO Y CONDICIONES DE LA FUTURA COMPRAVENTA. El precio de la compraventa será de [MONTO_PRECIO] ([MONEDA]), pagadero en la forma siguiente: [FORMA_PAGO]. Todos los elementos esenciales del contrato definitivo quedan ya determinados en este documento. CUARTA. PRIMA DE LA OPCIÓN. El Optante paga al Concedente la suma de [MONTO_PRIMA] ([MONEDA]) como contraprestación por la opción. De ejercerse la opción, esta suma se [IMPUTA_O_NO_AL_PRECIO]. De no ejercerse, la prima [SE_RETIENE_O_DEVUELVE]. QUINTA. PLAZO. El plazo para ejercer la opción es de [PLAZO_OPCION], que no excede el límite legal aplicable. Vencido el plazo sin ejercicio, la opción caduca de pleno derecho. SEXTA. EJERCICIO DE LA OPCIÓN. El Optante ejerce la opción mediante comunicación escrita de fecha cierta dirigida al Concedente. Producido el ejercicio, la compraventa queda perfeccionada y las partes se obligan a suscribir la minuta y escritura pública en el plazo de [PLAZO_FIRMA] días. SÉTIMA. OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. Durante la vigencia de la opción, el Concedente se obliga a no gravar ni transferir el bien a terceros y a mantener sus condiciones. OCTAVA. JURISDICCIÓN. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. ________________________ EL CONCEDENTE ________________________ EL OPTANTE
El contrato de opción de compra es el acuerdo por el cual una parte (concedente) queda obligada a vender un bien en condiciones ya definidas, mientras la otra parte (optante) tiene el derecho exclusivo de decidir si compra o no dentro de un plazo. Es un contrato preparatorio: fija desde ya el precio y los términos del futuro contrato definitivo, y deja en manos del optante la decisión de ejecutarlo. Le permite a quien tiene la opción asegurar un bien hoy y decidir su compra más adelante.
Cuándo usarlo
Cuando alguien quiere reservarse el derecho de comprar un inmueble, un vehículo, acciones o cualquier bien, pero necesita tiempo para conseguir el financiamiento, evaluar el negocio o tomar la decisión, sin que el dueño se lo venda a otro mientras tanto. Es muy usado en operaciones inmobiliarias y en negociaciones empresariales, donde el optante fija el precio hoy y se garantiza la prioridad de compra.
Base legal
- Artículo 1419 del Código Civil: define el contrato de opción, donde una parte queda vinculada a celebrar el contrato definitivo y la otra tiene el derecho exclusivo de celebrarlo o no.
- Artículo 1423 del Código Civil: el plazo de la opción es el que las partes fijen, y si no se establece, la ley aplica un plazo supletorio de un año. La Ley 27420 eliminó el antiguo límite máximo de seis meses, así que hoy puedes pactar el plazo que mejor te convenga.
- Artículo 1425 del Código Civil: los contratos preparatorios, incluida la opción, deben celebrarse en la misma forma que la ley prescribe para el contrato definitivo, bajo sanción de nulidad.
Cómo rellenarlo bien
Identifica a concedente y optante. Describe con precisión el bien y todas las condiciones del futuro contrato: precio, forma de pago, plazos y cargas. Fija el plazo de la opción (recuerda que sin plazo opera el de un año). Indica si la opción se concede gratis o a cambio de una prima, y cómo se ejerce (por ejemplo, una comunicación escrita del optante). Si el bien requiere escritura pública para venderse, la opción también debe cumplir esa forma. Conviene legalizar firmas o elevar a escritura pública.
Errores comunes
- Creer que la opción sigue limitada a seis meses, cuando ese tope fue derogado por la Ley 27420.
- No definir con detalle el precio y las condiciones del contrato definitivo, lo que vuelve inejecutable la opción.
- No cumplir la forma exigida para el contrato definitivo (por ejemplo, escritura pública para inmuebles), provocando nulidad.
- Olvidar cómo y en qué plazo se ejerce la opción.
Preguntas frecuentes
Qué pasa si el optante decide comprar? Al ejercer la opción dentro del plazo, el contrato definitivo de compraventa queda celebrado en los términos ya pactados, sin necesidad de nueva negociación.
El concedente puede venderle a otro durante la opción? No debe. Mientras la opción está vigente, el concedente queda vinculado, y si vende a un tercero, incumple y responde por daños.
Es lo mismo que las arras? No. La opción otorga el derecho de comprar a futuro, mientras que las arras aseguran o penalizan un contrato ya pactado. Son figuras distintas que a veces se combinan.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de opción de compra
¿El modelo de contrato de opción de compra es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-opcion-de-compra/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de opción de compra sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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