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Contratos

Contrato de Opción de Compra de Inmueble con Prima y Plazo

El dueño se obliga a venderte el inmueble si decides comprarlo dentro del plazo pactado, y tú pagas una prima por esa exclusividad. Sirve mientras esperas la aprobación de tu crédito hipotecario o la venta de tu casa actual.

Edición registrada el 25 de septiembre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos

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CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA DE INMUEBLE CON PRIMA Y PLAZO DE EJERCICIO

En [CIUDAD], a [FECHA], entre:

EL CONCEDENTE: [NOMBRE_COMPLETO], identificado con DNI N.° [DNI], de estado civil [ESTADO_CIVIL], con domicilio en [DOMICILIO], en adelante "el Concedente".

LA OPTANTE: [NOMBRE_DEL_OPTANTE], identificada con DNI N.° [DNI_OPTANTE], de estado civil [ESTADO_CIVIL_OPTANTE], con domicilio en [DOMICILIO_OPTANTE], en adelante "la Optante".

Ambas partes, mayores de edad y con capacidad legal para contratar, celebran el presente contrato de opción de compra bajo las siguientes cláusulas:

PRIMERA. OBJETO
Por el presente contrato, el Concedente queda vinculado a celebrar con la Optante el contrato definitivo de compraventa del inmueble descrito en la cláusula segunda, si la Optante ejerce la opción dentro del plazo de la cláusula cuarta. La Optante tiene el derecho exclusivo de celebrar o no el contrato definitivo, conforme al artículo 1419 del Código Civil. Este contrato contiene los elementos y condiciones del contrato definitivo, conforme al artículo 1422 del Código Civil.

SEGUNDA. INMUEBLE
El inmueble materia de la opción es [DIRECCION_DEL_INMUEBLE], con un área de [AREA_M2] metros cuadrados, ubicado en el distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], inscrito en la partida registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL] de la Oficina Registral de [OFICINA_REGISTRAL].

TERCERA. PRIMA
La Optante entrega al Concedente la suma de S/ [MONTO_PRIMA] como prima por el derecho de opción, mediante [FORMA_DE_PAGO] en la fecha de firma de este contrato. Si la Optante ejerce la opción, la prima se descuenta del precio total de venta.

CUARTA. PLAZO DE EJERCICIO
El plazo para ejercer la opción es de [PLAZO_EN_DIAS] días calendario contados desde la firma de este contrato, y vence el [FECHA_LIMITE]. Las partes dejan constancia de que el plazo pactado es determinado, conforme al artículo 1423 del Código Civil. Si la Optante no ejerce la opción dentro de ese plazo, la opción se extingue y el Concedente queda libre de vender el inmueble a un tercero. Salvo pacto distinto por escrito, la prima no se devuelve cuando la opción no se ejerce dentro del plazo.

QUINTA. EJERCICIO DE LA OPCIÓN
La opción se ejerce mediante carta notarial dirigida al Concedente dentro del plazo de la cláusula cuarta. La carta debe expresar la voluntad de comprar y proponer la fecha de firma del contrato definitivo, que no puede exceder de [PLAZO_EN_DIAS_ESCRITURA] días hábiles contados desde la notificación.

SEXTA. PRECIO
El precio de venta del inmueble es de S/ [PRECIO_TOTAL]. Al ejercerse la opción, la Optante pagará la suma de S/ [SALDO_PRECIO] al momento de la firma de la escritura pública de compraventa, ante la Notaría [NOTARIA] de [CIUDAD].

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE
El Concedente se obliga a mantener el inmueble libre de cargas, gravámenes, hipotecas y procesos judiciales, a conservarlo en el estado en que se entrega, a no arrendarlo, cederlo ni venderlo a terceros durante el plazo de la opción, y a entregar los documentos necesarios para la escritura pública.

OCTAVA. OBLIGACIONES DE LA OPTANTE
La Optante se obliga a pagar la prima en la fecha pactada, a comunicar su decisión por carta notarial, y a pagar el saldo del precio, los gastos notariales y los derechos registrales del contrato definitivo.

NOVENA. INSCRIPCIÓN REGISTRAL
Las partes acuerdan que este contrato puede inscribirse en el Registro de Predios conforme al artículo 2019 del Código Civil. Para la inscripción, las firmas se legalizan ante notario. La inscripción da publicidad a la opción frente a terceros.

DÉCIMA. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO
Si el Concedente vende el inmueble a un tercero, lo grava o incumple las obligaciones de la cláusula séptima antes del vencimiento del plazo, la Optante puede exigir la devolución de la prima más el pago de S/ [MONTO_PENALIDAD] como penalidad pactada, sin perjuicio de las demás acciones que le correspondan por el incumplimiento.

DÉCIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia derivada de este contrato se resuelve primero mediante conciliación extrajudicial en el Centro de Conciliación [CENTRO_DE_CONCILIACION] y, si no hay acuerdo, ante el [JUZGADO] competente del distrito judicial de [CIUDAD].

DÉCIMA SEGUNDA. DOMICILIOS
Las partes fijan sus domicilios en los indicados en la introducción de este contrato, donde recibirán las comunicaciones y notificaciones vinculadas a la opción.

DÉCIMA TERCERA. RENOVACIÓN
Al vencimiento del plazo, las partes pueden renovar la opción por acuerdo escrito, conforme al artículo 1424 del Código Civil.

DÉCIMA CUARTA. FORMALIDAD
Este contrato se otorga por [FORMA_DE_OTORGAMIENTO], en la misma forma que la ley prescribe para el contrato definitivo bajo sanción de nulidad, conforme al artículo 1425 del Código Civil.

Firmado en [CIUDAD], a [FECHA].

_______________________
[NOMBRE_COMPLETO]
DNI N.° [DNI]
Concedente

_______________________
[NOMBRE_DEL_OPTANTE]
DNI N.° [DNI_OPTANTE]
Optante

Adjunto:
1. Copia literal de la partida registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL] expedida por SUNARP.
2. Copia del DNI del Concedente y de la Optante.
3. Constancia o voucher del pago de la prima.
4. Declaración jurada de estado civil del Concedente.
5. Certificado de gravamen del inmueble.
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Para qué sirve

Encontraste el departamento que quieres y el dueño ya tiene otra oferta sobre la mesa, pero tu crédito hipotecario sigue en evaluación y no puedes firmar la compra este mes. Este contrato de opción de compra de inmueble con prima resuelve ese apuro: el propietario queda vinculado a venderte el inmueble si decides comprarlo dentro del plazo pactado, y tú conservas la decisión hasta el último día.

La prima es lo que pagas por esa exclusividad. Si ejerces la opción, se descuenta del precio de venta. Si dejas pasar el plazo sin enviar la carta notarial, la opción se extingue y el dueño recupera la libertad de vender a quien quiera. Este modelo se diferencia de las arras y del contrato de reserva en que aquí todavía no hay compraventa.

Cuándo conviene usarlo

  • Esperas la aprobación de tu crédito hipotecario y necesitas que el dueño te guarde el inmueble.
  • Vendes tu casa actual y usarás ese dinero para la cuota inicial de la nueva, con cierre en una fecha posterior.
  • El departamento está en construcción y quieres fijar hoy el precio de la futura venta.
  • Necesitas verificar si el inmueble tiene cargas, hipotecas o procesos judiciales.
  • Quieres asegurar el inmueble frente a terceros e inscribir la opción en el Registro de Predios.

Cómo llenarlo

  1. Descarga en Word la plantilla y completa los nombres y los DNI del propietario y del optante tal como figuran en su documento de identidad.
  2. Identifica el inmueble con dirección, área, distrito y partida registral. Si no tienes el número, pide la copia literal en SUNARP antes de firmar.
  3. Fija el plazo en días calendario y una fecha límite con día, mes y año. El error más común es dejar solo la cantidad de días y después discutir cuándo venció.
  4. Define la prima en soles, la forma de pago y el saldo que pagarás si ejerces la opción. Anota que la prima se descuenta del precio final.
  5. Revisa la cláusula de solución de controversias y la forma de otorgamiento antes de firmar.
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Base legal

El Código Civil, Decreto Legislativo N.° 295, regula el contrato de opción. El artículo 1419 señala que una parte queda vinculada a su declaración de celebrar en el futuro un contrato definitivo y la otra tiene el derecho exclusivo de celebrarlo o no. Además, el artículo 1422 exige que el contrato de opción contenga todos los elementos y condiciones del contrato definitivo.

Respecto del plazo, el artículo 1423 manda que sea determinado o determinable, con un año como plazo suplente si las partes no lo fijan. La renovación al vencimiento está prevista en el artículo 1424. Sobre la forma hay un punto que muchos pasan por alto, porque el artículo 1425 declara nulos los contratos preparatorios que no se celebran en la misma forma que la ley prescribe para el contrato definitivo bajo sanción de nulidad. El artículo 2019 permite inscribir el contrato de opción en el Registro de Predios.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no ejerzo la opción dentro del plazo?

La opción se extingue y el Concedente recupera la libertad de vender el inmueble a un tercero. La prima se pierde salvo que el propio contrato diga que se devuelve.

¿Cuánto debe durar el plazo de ejercicio?

La ley no fija un mínimo. El artículo 1423 pone un plazo suplente de un año cuando las partes no lo establecen, y el artículo 1424 permite renovar la opción al vencimiento. Elige el plazo según lo que demore tu banco o la venta de tu casa anterior.

¿Necesito abogado y notario para firmarlo?

Entre las partes, el contrato obliga desde que lo firman. Para inscribirlo en el Registro de Predios, las firmas se legalizan ante notario. Ojo con la forma: el artículo 1425 anula el contrato preparatorio que no se celebra en la misma forma que la ley prescribe para el contrato definitivo.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de opción de compra de inmueble con prima y plazo

¿El modelo de contrato de opción de compra de inmueble con prima y plazo es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-opcion-de-compra-de-inmueble-con-prima-y-plazo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de opción de compra de inmueble con prima y plazo sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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