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Energía

Contrato de Servicio de Conversión de Vehículo a Gas Natural Vehicular

Contrato con el taller de conversión a GNV: equipos, cilindro, certificación, registro del vehículo, garantía y responsabilidad por defectos.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE SERVICIO DE CONVERSIÓN DE VEHÍCULO A GAS NATURAL VEHICULAR (GNV)

Conste por el presente documento el contrato que celebran de una parte [NOMBRE_DEL_PROPIETARIO_DEL_VEHICULO], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_PROPIETARIO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_PROPIETARIO], a quien se denominará EL PROPIETARIO; y de la otra parte [RAZON_SOCIAL_DEL_TALLER], con RUC N.° [RUC_DEL_TALLER], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_TALLER], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], a quien se denominará EL TALLER, en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: DECLARACIÓN DEL TALLER
EL TALLER declara encontrarse autorizado y habilitado para realizar conversiones a gas natural vehicular, contar con personal certificado y con los equipos e instrumentos exigidos por la normativa del subsector hidrocarburos y por la entidad certificadora correspondiente.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
EL TALLER se obliga a ejecutar la conversión a GNV del vehículo de placa N.° [PLACA_DEL_VEHICULO], marca [MARCA_DEL_VEHICULO], modelo [MODELO_DEL_VEHICULO], año [ANO_DEL_VEHICULO], número de motor [NUMERO_DE_MOTOR] y número de serie [NUMERO_DE_SERIE].

CLÁUSULA TERCERA: EQUIPOS Y ALCANCE
3.1. Cilindro de almacenamiento de [CAPACIDAD_DEL_CILINDRO] litros, marca [MARCA_DEL_CILINDRO], con certificado de fabricación y fecha de vencimiento de la prueba hidrostática.
3.2. Kit de conversión de [GENERACION_DEL_KIT] generación, con reductor, inyectores, válvulas y sistema de conmutación.
3.3. Instalación de tuberías, soportes del cilindro, válvula de llenado y señalización.
3.4. Calibración, prueba de hermeticidad, prueba de ruta y entrega del vehículo operativo en ambos combustibles.

CLÁUSULA CUARTA: CERTIFICACIÓN Y REGISTRO
EL TALLER gestionará la inspección por la entidad certificadora y el registro del vehículo convertido en el sistema de control de carga de GNV, así como la habilitación del dispositivo electrónico que permite el abastecimiento en los establecimientos de venta al público.

CLÁUSULA QUINTA: PRECIO Y PLAZO
El precio total asciende a S/ [MONTO_TOTAL], incluido el IGV. El plazo de ejecución es de [PLAZO_EN_DIAS] días calendario desde la entrega del vehículo. No se cobrarán adicionales sin aprobación escrita de EL PROPIETARIO.

CLÁUSULA SEXTA: MARCO NORMATIVO
Son aplicables el Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), aprobado por Decreto Supremo N.° 006-2005-EM; el Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N.° 043-2007-EM; y la Ley N.° 29969, que dicta disposiciones a fin de promover la masificación del gas natural, incluido su uso vehicular.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍA
EL TALLER otorga garantía de [MESES_DE_GARANTIA] meses sobre la instalación y sobre los componentes suministrados, obligándose a corregir sin costo las fugas, fallas de calibración o desperfectos atribuibles a la conversión.

CLÁUSULA OCTAVA: RESPONSABILIDAD Y CONTROVERSIAS
EL TALLER responde por los daños derivados de una conversión defectuosa conforme al Código Civil y al Código de Protección y Defensa del Consumidor. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA_DE_SUSCRIPCION].

_______________________          _______________________
EL PROPIETARIO                    EL TALLER
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Cuándo usar este modelo

Convertir un vehículo a GNV implica instalar un cilindro de alta presión dentro del auto. No es un accesorio: es un sistema de seguridad. Este contrato ordena la relación con el taller y deja documentado lo que después resulta decisivo, como la marca y capacidad del cilindro, la fecha de vencimiento de su prueba hidrostática, la generación del kit instalado y quién gestiona la certificación y el registro del vehículo.

Lo usan taxistas, empresas con flota y propietarios particulares. Su cláusula sobre certificación y habilitación del dispositivo de carga evita el escenario típico de un vehículo convertido que luego no puede abastecerse en ningún grifo por no estar correctamente registrado.

Marco legal en el Perú

El Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), aprobado por Decreto Supremo N.° 006-2005-EM, contiene las normas sobre autorizaciones, registros y seguridad para la instalación y equipamiento de los establecimientos de venta de GNV.

El Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N.° 043-2007-EM, busca preservar la integridad de las personas y proteger a terceros. La Ley N.° 29969 promueve la masificación del gas natural, incluido su uso vehicular. En lo contractual y de consumo rigen el Código Civil y el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Cómo completar la plantilla

Los datos del cilindro son el corazón del contrato. Anótalos del certificado, no de lo que diga el vendedor.

  • Consigna placa, marca, modelo, año, número de motor y número de serie del vehículo.
  • Registra capacidad y marca del cilindro, junto con la vigencia de su prueba hidrostática.
  • Indica la generación del kit de conversión ofrecido: cambia el precio y el desempeño.
  • Exige que el taller gestione la certificación y la habilitación del dispositivo de carga.
  • Fija plazo de ejecución y prohíbe adicionales sin aprobación escrita.
  • Pacta una garantía en meses sobre instalación y componentes.

Preguntas frecuentes

¿Cualquier taller puede convertir mi vehículo?

No. El taller debe estar autorizado y contar con personal certificado. Una conversión informal difícilmente logrará la certificación y el vehículo quedará sin poder abastecerse.

¿El cilindro dura para siempre?

No. Los cilindros tienen vida útil y requieren pruebas periódicas. Registra la fecha de vencimiento en el contrato y prográmala, porque su incumplimiento bloquea la carga.

¿Debo comunicar la conversión al registro vehicular?

La conversión modifica características del vehículo y debe reflejarse en los registros que exija la normativa de transporte, además del registro propio del sistema de GNV. Consúltalo antes de vender el vehículo.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de servicio de conversión de vehículo a gas natural vehicular

¿El modelo de contrato de servicio de conversión de vehículo a gas natural vehicular es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-servicio-de-conversion-de-vehiculo-a-gas-natural-vehicular/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de servicio de conversión de vehículo a gas natural vehicular sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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