Contrato de Servidumbre Minera sobre Terreno Superficial
Contrato de servidumbre minera por acuerdo previo sobre terreno superficial entre el titular de la actividad minera y el propietario del predio, conforme al Art. 7 de la Ley 26505 (Ley de Tierras) y el TUO de la Ley General de Minería.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE SERVIDUMBRE MINERA SOBRE TERRENO SUPERFICIAL Conste por el presente documento el Contrato de Servidumbre Minera sobre terreno superficial que celebran de una parte: EL PROPIETARIO: [NOMBRE_PROPIETARIO], identificado con DNI N° [DNI_PROPIETARIO], con domicilio en [DOMICILIO_PROPIETARIO], propietario del predio que se describe en la cláusula primera. Y de la otra parte: EL TITULAR MINERO: [NOMBRE_TITULAR_MINERO], identificado con RUC N° [RUC_TITULAR], con domicilio en [DOMICILIO_TITULAR], debidamente representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE] con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], titular de la concesión minera [NOMBRE_CONCESION] con código N° [CODIGO_CONCESION]. PRIMERA: ANTECEDENTES Y DESCRIPCIÓN DEL PREDIO El Propietario es dueño del predio denominado [NOMBRE_PREDIO], ubicado en [UBICACION_PREDIO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA] y departamento de [DEPARTAMENTO], con un área de [AREA_PREDIO], inscrito en la Partida Registral N° [PARTIDA_REGISTRAL] de la SUNARP. El Titular Minero es titular de la concesión minera antes indicada y requiere usar parte del terreno superficial para el desarrollo de su actividad minera. SEGUNDA: OBJETO Y ÁREA GRAVADA Por el presente contrato, el Propietario constituye a favor del Titular Minero una SERVIDUMBRE MINERA sobre el área de [AREA_GRAVADA] del predio, cuyos linderos y coordenadas se detallan en el plano anexo, para destinarla a [USO_MINERO] (por ejemplo, accesos, instalaciones, plataformas o labores). TERCERA: ACUERDO PREVIO Las partes dejan constancia de que celebran este contrato como acuerdo previo y directo, en ejercicio de la libertad de pactar las condiciones del uso del terreno superficial, evitando recurrir al procedimiento de servidumbre forzosa. CUARTA: PLAZO La servidumbre se constituye por el plazo de [PLAZO] contado desde el [FECHA_INICIO], renovable por acuerdo escrito de las partes, sin perjuicio de la vigencia de la concesión minera. QUINTA: COMPENSACIÓN E INDEMNIZACIÓN El Titular Minero pagará al Propietario la suma de [MONTO_COMPENSACION] como compensación por la servidumbre, en la forma y oportunidad siguiente: [FORMA_DE_PAGO]. Esta compensación incluye la indemnización por el eventual perjuicio que el uso del terreno superficial cause al Propietario. SEXTA: OBLIGACIONES DEL TITULAR MINERO El Titular Minero se obliga a usar el área gravada solo para los fines pactados, a no afectar las áreas no comprendidas en la servidumbre, a adoptar medidas ambientales y de seguridad, y a restituir o remediar el área al término de la servidumbre, según [CONDICIONES_DE_RESTITUCION]. SÉPTIMA: FUNDAMENTO LEGAL 1. Art. 7 de la Ley 26505 (Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional): el uso de tierras para actividad minera o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre. 2. Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo 014-92-EM: regula el régimen de servidumbres y el uso de terrenos superficiales para la actividad minera. 3. Arts. 1035 y siguientes del Código Civil, en lo aplicable a las servidumbres. OCTAVA: INSCRIPCIÓN REGISTRAL Las partes acuerdan que el presente contrato podrá elevarse a escritura pública e inscribirse en la SUNARP, asumiendo los gastos [PARTE_QUE_ASUME_GASTOS]. NOVENA: DOMICILIO Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes señalan como domicilios los indicados en la introducción. Cualquier controversia se resolverá mediante [MECANISMO_SOLUCION_CONTROVERSIAS] y, en su defecto, ante los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL]. En señal de conformidad, las partes firman el presente contrato en la ciudad de [CIUDAD], a los [FECHA]. _______________________________ EL PROPIETARIO [NOMBRE_PROPIETARIO] DNI N° [DNI_PROPIETARIO] _______________________________ EL TITULAR MINERO [NOMBRE_REPRESENTANTE] Por [NOMBRE_TITULAR_MINERO] Nota: modelo referencial de carácter utilitario. Para predios de comunidades campesinas o nativas aplican reglas y procedimientos adicionales. Consulta con un abogado.
Cuándo usar este modelo
Utiliza este contrato cuando el titular de una actividad minera necesita usar un terreno superficial de propiedad de un tercero para ejecutar labores mineras, y llega a un acuerdo previo con el propietario del predio. Se sustenta en el artículo 7 de la Ley 26505 (Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional) y en las disposiciones sobre servidumbre del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, Decreto Supremo 014-92-EM.
Este acuerdo evita recurrir al procedimiento de servidumbre legal forzosa ante el Ministerio de Energía y Minas, porque se pacta la compensación de manera directa y consensuada entre las partes.
Qué datos necesitas
- Datos del propietario del predio y su partida registral en SUNARP.
- Datos del titular minero y el código de la concesión minera involucrada.
- Descripción, área y coordenadas UTM del terreno afectado por la servidumbre.
- Tipo de servidumbre (paso, acueducto, ocupación) y su finalidad minera.
- Monto de la compensación y la indemnización por el uso del terreno.
Paso a paso
- Verifica la titularidad del predio y de la concesión minera en los registros públicos.
- Define el área exacta a gravar y el tipo de servidumbre que requiere la operación.
- Negocia la compensación e indemnización con el propietario superficial.
- Redacta el contrato con el plazo, las obligaciones ambientales y de restitución.
- Eleva el acuerdo a escritura pública e inscríbelo en la partida del predio.
Errores comunes
- No inscribir la servidumbre, con lo que no resulta oponible a futuros compradores del predio.
- Omitir la delimitación técnica del área, lo que genera conflictos sobre el alcance del uso.
- Olvidar la obligación de restituir el terreno al cierre de la actividad minera.
- No pactar la indemnización por daños al suelo, cultivos o mejoras existentes.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el propietario no acepta? El titular puede solicitar la servidumbre legal forzosa ante el Ministerio de Energía y Minas conforme al Decreto Supremo 014-92-EM.
¿La servidumbre es indefinida? Dura mientras subsista la necesidad minera; al terminar la actividad debe extinguirse y restituirse el predio.
¿Debe pasar por notaría? Sí, para inscribirla en SUNARP conviene elevarla a escritura pública y así darle seguridad jurídica frente a terceros.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de servidumbre minera sobre terreno superficial
¿El modelo de contrato de servidumbre minera sobre terreno superficial es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-servidumbre-minera-sobre-terreno-superficial/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de servidumbre minera sobre terreno superficial sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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