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Familia

Demanda de División y Partición de Bien Heredado sin Acuerdo entre Herederos

Demanda de división y partición de bien heredado en copropiedad, para que el juez ordene la partición o, de no ser posible cómodamente, la subasta y reparto del precio, conforme a los artículos 983 a 998 del Código Civil y el Código Procesal Civil.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIEN HEREDADO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio real en [DIRECCION] y señalando domicilio procesal en la Casilla Electrónica N.° [NUMERO_CASILLA] del Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial, a Ud. respetuosamente digo:

I. PETITORIO. Interpongo demanda de DIVISIÓN Y PARTICIÓN del bien heredado que más adelante detallo, contra [NOMBRE_DEMANDADO], con domicilio en [DIRECCION], a fin de que su Despacho ordene la partición del inmueble entre los coherederos según sus cuotas y, de no ser posible su división cómoda sin desmerecer su valor, disponga su venta en subasta pública y el reparto del precio conforme a ley.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO.
1. Que, por fallecimiento de nuestro causante [NOMBRE_CAUSANTE], ocurrido el [FECHA_DEFUNCION], quedamos como coherederos según [Sucesión Intestada / Testamento] inscrita en la Partida N.° [NUMERO_PARTIDA] de la SUNARP.
2. Que integra la masa hereditaria el inmueble ubicado en [DIRECCION], inscrito en la Partida Registral N.° [NUMERO_PARTIDA] del Registro de Predios de [CIUDAD], que a la fecha permanece en estado de copropiedad indivisa entre los herederos.
3. Que ha resultado imposible arribar a un acuerdo de partición extrajudicial entre los coherederos, pese a las gestiones realizadas, subsistiendo la comunidad hereditaria contra la voluntad del suscrito.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
- Artículo 983 del Código Civil: por la partición permutan los copropietarios cediendo cada uno el derecho que tiene sobre los bienes que no se le adjudican.
- Artículo 984 del Código Civil: los copropietarios están obligados a hacer partición cuando uno de ellos o el acreedor de cualquiera lo pida.
- Artículos 988 y 993 del Código Civil: si el bien es indivisible o no admite cómoda partición, se vende en subasta y se reparte el precio.
- Artículos 852 y 853 del Código Civil, sobre partición de la masa hereditaria.
- Normas pertinentes del Código Procesal Civil sobre la vía del proceso de conocimiento o abreviado según cuantía.

IV. MONTO DEL PETITORIO. Se estima en la suma de S/ [MONTO], correspondiente al valor del inmueble materia de partición.

V. VÍA PROCEDIMENTAL. Proceso [de conocimiento / abreviado].

VI. MEDIOS PROBATORIOS: (1) partida registral del inmueble; (2) sucesión intestada o testamento inscrito; (3) acta de defunción del causante; (4) tasación del bien; (5) declaración de parte del demandado.

POR TANTO: Solicito a Ud. admitir la presente demanda, tramitarla conforme a su naturaleza y, en su oportunidad, declararla FUNDADA.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Adjunto los medios probatorios y anexos indicados.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Delego representación en mi abogado que autoriza.

[CIUDAD], [FECHA]

____________________________          ____________________________
[NOMBRE_DEMANDANTE]                    Abogado - Reg. CAL N.° [NUMERO]
DNI N.° [DNI]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta demanda cuando varios coherederos comparten un inmueble en copropiedad indivisa y no logran ponerse de acuerdo para repartirlo. El Código Civil, en su artículo 984, obliga a hacer partición cuando cualquiera de los copropietarios lo solicita; y los artículos 988 y 993 permiten que, si el bien no admite cómoda división, el juez ordene su venta en subasta pública y el reparto del precio. Es la vía judicial para salir de una comunidad hereditaria bloqueada.

Qué datos necesitas

  • Nombres y DNI del demandante y de cada coheredero demandado.
  • Datos del causante y fecha de defunción.
  • Número de partida de la sucesión intestada o testamento inscrito.
  • Descripción y partida registral del inmueble a partir.
  • Tasación o valor estimado del bien y casilla electrónica del Poder Judicial.

Paso a paso

  1. Verifica que la sucesión esté inscrita y que el inmueble figure a nombre de la comunidad hereditaria.
  2. Intenta primero un acuerdo de partición extrajudicial o conciliación, cuya constancia respaldará la demanda.
  3. Completa la demanda con los fundamentos de hecho, de derecho y el petitorio de partición o subasta.
  4. Adjunta la partida registral, la sucesión, el acta de defunción y la tasación como medios probatorios.
  5. Presenta la demanda ante el Juzgado Civil competente por medio de tu abogado y con firma de letrado.

Errores comunes

  • Demandar sin haber inscrito la sucesión: el juez necesita saber quiénes son los herederos y sus cuotas.
  • No incluir a todos los coherederos como partes, lo que genera nulidad por falta de litisconsorcio.
  • Omitir la tasación del inmueble, indispensable para fijar el monto del petitorio y la eventual subasta.
  • Confundir la vía procedimental o la cuantía, lo que puede acarrear rechazo o recalificación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo obligar a vender el inmueble? Sí. Si el bien no admite cómoda división sin perder valor, el artículo 988 del Código Civil permite pedir su venta en subasta y el reparto del precio entre los herederos.

¿Necesito abogado? Sí. La demanda debe estar autorizada por abogado colegiado y presentarse ante el Juzgado Civil.

¿Hace falta conciliación previa? La partición suele requerir intento conciliatorio previo; verifica la exigencia según el distrito judicial antes de demandar.

Cómo presentar demanda de división y partición de bien heredado sin acuerdo entre herederos: paso a paso

  1. Reúne los documentos de vínculo. Junta las partidas de nacimiento de los hijos, la partida de matrimonio si la hay, los DNI de las partes y todo documento que acredite el vínculo familiar sobre el que reclamas.
  2. Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
  3. Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandado o del último domicilio conyugal, a elección del demandante (Art. 24 inc. 2 del Código Procesal Civil).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
  5. Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de división y partición de bien heredado sin acuerdo entre herederos

¿El modelo de demanda de división y partición de bien heredado sin acuerdo entre herederos es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-division-y-particion-de-bien-heredado-sin-acuerdo-entre-herederos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de división y partición de bien heredado sin acuerdo entre herederos sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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