Demanda de Partición de Herencia
Modelo de demanda de partición de herencia para que el coheredero obtenga su cuota concreta sobre la masa hereditaria indivisa (Art. 852 y 983 CC).
Actualizado al 14 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DEMANDA DE PARTICION DE HERENCIA SUMILLA: Demanda de partición de la masa hereditaria. SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_COHEREDERO_DEMANDANTE], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [CASILLA_O_DOMICILIO_PROCESAL], a usted digo: I. PETITORIO Interpongo demanda de PARTICION DE HERENCIA contra los coherederos [NOMBRES_DE_LOS_COHEREDEROS_DEMANDADOS], con domicilio en [DOMICILIOS_DEMANDADOS], a fin de que se divida y adjudique la masa hereditaria dejada por el causante [NOMBRE_DEL_CAUSANTE], asignándome la cuota que me corresponde. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El causante [NOMBRE_DEL_CAUSANTE] falleció el [FECHA_FALLECIMIENTO], según partida de defunción que adjunto. 2. Mediante [TESTAMENTO_O_SUCESION_INTESTADA] inscrito en [DATOS_DE_INSCRIPCION], se nos declaró herederos a [NUMERO_DE_HEREDEROS] personas, entre ellas el recurrente. 3. La masa hereditaria está integrada por [DESCRIPCION_DE_BIENES: inmueble, vehículo, cuentas, etc.] y se encuentra en estado de indivisión. 4. He requerido extrajudicialmente la partición sin obtener acuerdo, según consta en [PRUEBA_DEL_REQUERIMIENTO]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 852 del Código Civil reconoce a los coherederos el derecho a solicitar la partición de la herencia. 2. El Art. 983 del CC establece que por la partición permutan los copropietarios cediendo el derecho que tienen sobre los bienes que no se les adjudican a cambio del derecho que les ceden en los que se les adjudican. 3. El Art. 984 del CC señala que los copropietarios deben hacer partición cuando uno de ellos o el acreedor de cualquiera lo pida, y la acción de partición es imprescriptible. IV. VIA PROCEDIMENTAL Y MONTO Proceso de conocimiento. Cuantía: S/ [VALOR_DE_LA_MASA]. V. MEDIOS PROBATORIOS 1. Partida de defunción del causante. 2. Sucesión intestada o testamento inscrito. 3. Documentos que acreditan la titularidad de los bienes. VI. ANEXOS 1-A Copia de mi DNI. 1-B Partida de defunción. 1-C Inscripción de la sucesión. 1-D Partidas registrales de los bienes. POR TANTO: Pido admitir la demanda y ordenar la partición de la herencia. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_COHEREDERO_DEMANDANTE] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] _______________________ Abogado [NOMBRE_ABOGADO] CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Usa esta demanda cuando heredaste junto con otras personas y no logran ponerse de acuerdo para repartir los bienes. Al fallecer el causante con varios herederos, todos quedan en copropiedad de los bienes en proporción a sus cuotas (Art. 844 CC). La partición pone fin a ese estado de indivisión adjudicando bienes concretos a cada heredero. Cuando hay acuerdo, la partición se hace por escritura pública; cuando no lo hay, cualquier copropietario o el acreedor de uno de ellos puede pedir la partición judicial.
Quién puede demandar
Conforme al Art. 984 CC, los copropietarios están obligados a hacer partición cuando uno de ellos o el acreedor de cualquiera lo pide. Por tanto está legitimado cualquier heredero, sin importar el tamaño de su cuota, e incluso el acreedor de un heredero. La acción de partición es imprescriptible (Art. 985 CC): puedes pedirla en cualquier momento mientras subsista la copropiedad. Es competente el juez del último domicilio del causante.
Requisitos y anexos
- Acta de defunción del causante.
- Declaratoria de herederos o testamento que acredite tu condición de heredero.
- Relación e identificación de los bienes hereditarios (partidas registrales).
- Propuesta de partición o, de no ser posible la división, pedido de remate y reparto del producto.
Base legal citada literal
- Art. 844 CC: copropiedad de los herederos sobre los bienes de la herencia.
- Art. 983 CC: concepto de partición.
- Art. 984 CC: legitimación y obligación de partir.
- Art. 985 CC: imprescriptibilidad de la acción de partición.
Errores frecuentes
- Demandar sin haber tramitado antes la declaratoria de herederos o la sucesión intestada.
- Omitir a un heredero. La preterición de un heredero puede anular la partición.
- No identificar correctamente los bienes ni acompañar sus partidas registrales.
Preguntas frecuentes
¿Y si un bien no se puede dividir? Se remata y se reparte el dinero, o uno de los herederos lo adquiere compensando a los demás. ¿Prescribe? No, la acción de partición es imprescriptible mientras dure la copropiedad.
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Primero declara a los herederos con la sucesión intestada notarial. Si crees que te excluyeron de la herencia, usa la demanda de petición de herencia.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de partición de herencia
¿El modelo de demanda de partición de herencia es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-particion-de-herencia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de partición de herencia sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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