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Constitucional

Demanda de Proceso Competencial (Conflicto de Competencia)

Demanda ante el Tribunal Constitucional un conflicto de competencias o atribuciones entre entidades del Estado, conforme al Art. 200 inc. 3 de la Constitución y los Art. 109 al 113 de la Ley 31307.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE PROCESO COMPETENCIAL

SUMILLA: Interpongo demanda de conflicto de competencia ante el Tribunal Constitucional

SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

[ENTIDAD_DEMANDANTE], debidamente representada por su titular [NOMBRE_TITULAR], identificado con DNI N° [DNI_TITULAR], conforme al acuerdo de su órgano colegiado adjunto, con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], ante usted respetuosamente expongo:

I. ENTIDAD DEMANDADA
Dirijo la presente demanda contra [ENTIDAD_DEMANDADA], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADA].

II. PETITORIO
Solicito que el Tribunal Constitucional resuelva el conflicto de competencias y declare a qué entidad corresponde la atribución de [COMPETENCIA_EN_CONFLICTO], dejando sin efecto los actos viciados de incompetencia.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. La entidad demandada ha [DESCRIPCION_CONDUCTA: dictado el acto, asumido la función o rehusado ejercerla] mediante [ACTO_O_NORMA] de fecha [FECHA_ACTO].
2. Dicha actuación afecta las competencias y atribuciones que la Constitución y las leyes asignan a mi representada.
3. El conflicto es de naturaleza [TIPO_CONFLICTO: positivo, cuando ambas reclaman la competencia, o negativo, cuando ambas la rehúsan].

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El Art. 202 inciso 3 y el Art. 200 inciso 3 de la Constitución Política del Perú atribuyen al Tribunal Constitucional el conocimiento de los conflictos de competencia.
2. Los Art. 109 al 113 del Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) regulan la legitimidad, el objeto y el trámite del proceso competencial.
3. El Art. 112 de la Ley 31307 establece que la sentencia determina los poderes o entidades a que corresponden las competencias controvertidas.

V. ANEXOS
1-A. Acuerdo del órgano colegiado que autoriza la demanda.
1-B. Copia del acto o norma que origina el conflicto.
1-C. Documentos que acreditan la representación.

POR LO EXPUESTO:
Solicito admitir la demanda y, en su oportunidad, declararla fundada.

[CIUDAD], [FECHA].

Firma: ___________________
[NOMBRE_TITULAR]
Titular de [ENTIDAD_DEMANDANTE]

El proceso competencial resuelve los conflictos de competencia o de atribuciones que surgen entre los poderes del Estado, los órganos constitucionales, los gobiernos regionales o las municipalidades, cuando uno invade, recorta o desconoce las competencias que la Constitución y las leyes orgánicas asignan a otro. No protege derechos de personas, sino el correcto reparto del poder público: define quién es la autoridad competente para ejercer una determinada atribución. Lo resuelve directamente el Tribunal Constitucional como instancia única.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo presentan los titulares de los órganos en conflicto, a través de sus representantes legales, previa aprobación del órgano colegiado correspondiente (por ejemplo, el consejo regional o el concejo municipal). Conviene usarlo cuando un poder u órgano del Estado asume funciones que no le corresponden (conflicto positivo) o cuando rehúsa ejercer una competencia que sí tiene, atribuyéndola a otro (conflicto negativo). También procede cuando se afecta una competencia por una norma, acto o resolución de otro órgano.

Base legal

Se funda en el artículo 202 inciso 3 de la Constitución, que atribuye al Tribunal Constitucional conocer los conflictos de competencia o de atribuciones. El Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) regula el proceso competencial en sus artículos 109 a 113: el artículo 109 del NCPCo define cuándo se produce el conflicto, el artículo 110 del NCPCo precisa la legitimación y la aprobación previa del órgano, y el artículo 113 del NCPCo regula los efectos de la sentencia. Las competencias se delimitan por la Constitución, la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre otras.

Qué datos y documentos necesitas

  • Identificación de los órganos en conflicto y de sus representantes legales.
  • El acuerdo del órgano colegiado que autoriza interponer la demanda (consejo o concejo).
  • La norma, acto o resolución que origina el conflicto de competencia.
  • Descripción de la competencia disputada y su fundamento constitucional o legal orgánico.
  • Indicación de si el conflicto es positivo (ambos la reclaman) o negativo (ninguno la asume).
  • Documentación que acredite la invasión o el desconocimiento de la atribución.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Obtén la aprobación previa del órgano colegiado competente para demandar (artículo 110 del NCPCo).
  2. Identifica con precisión la competencia disputada y su base constitucional o de ley orgánica.
  3. Redacta la demanda señalando el tipo de conflicto (positivo o negativo) y el acto o norma que lo genera.
  4. Preséntala directamente ante el Tribunal Constitucional, que conoce el proceso en instancia única (artículo 202 inciso 3 de la Constitución).
  5. El Tribunal puede suspender el acto en disputa y, en la sentencia, define a quién corresponde la competencia y anula lo actuado por el órgano incompetente (artículo 113 del NCPCo).

Errores comunes a evitar

  • Presentar la demanda sin la aprobación previa del órgano colegiado, lo que la torna improcedente.
  • Usar el proceso competencial para proteger derechos individuales; para eso existen el amparo y el hábeas corpus.
  • No precisar la norma o el acto concreto que origina el conflicto.
  • Confundir un conflicto de competencia con una mera discrepancia política o de gestión.

Preguntas frecuentes

¿Quién resuelve el proceso competencial?

El Tribunal Constitucional en instancia única, conforme al artículo 202 inciso 3 de la Constitución y a los artículos 109 a 113 del NCPCo. No pasa por el Poder Judicial.

¿Qué diferencia hay entre conflicto positivo y negativo?

El positivo ocurre cuando dos órganos reclaman para sí la misma competencia; el negativo, cuando ambos la rechazan y se la atribuyen al otro. El artículo 109 del NCPCo contempla ambas modalidades.

¿Una municipalidad puede demandar a un ministerio?

Sí, si considera que el ministerio invade o desconoce competencias municipales reconocidas por la Constitución o la Ley 27972. La legitimación y la aprobación previa se rigen por el artículo 110 del NCPCo.

¿Qué efectos tiene la sentencia?

El artículo 113 del NCPCo establece que la sentencia determina a quién corresponde la competencia y puede anular las disposiciones, resoluciones o actos dictados por el órgano que la ejerció sin tenerla.

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Cómo presentar demanda de proceso competencial (conflicto de competencia): paso a paso

  1. Identifica el derecho fundamental afectado. Determina qué derecho recoge la Constitución (Art. 2 o concordantes) ha sido vulnerado o amenazado: libertad, trabajo, información, igualdad, propiedad, entre otros.
  2. Verifica el plazo para interponer la acción. El amparo tiene 60 días hábiles desde la afectación (Art. 45 NCPCons, Ley 31307). El habeas corpus no tiene plazo. El habeas data tiene 60 días hábiles desde la respuesta o silencio de la entidad requerida.
  3. Agota la vía previa si corresponde. Para el amparo debes agotar la vía previa administrativa o judicial salvo las excepciones del Art. 46 NCPCons (urgencia, irreparabilidad, jurisprudencia vinculante del TC).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa el acto lesivo con fecha exacta, la entidad o persona responsable, el derecho afectado y la pretensión que pides al juez.
  5. Presenta la demanda ante el juzgado. El amparo y el habeas data se presentan ante el Juzgado Civil de turno. El habeas corpus ante cualquier juez penal. Adjunta copias del acto lesivo y pruebas del perjuicio.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de proceso competencial (conflicto de competencia)

¿El modelo de demanda de proceso competencial (conflicto de competencia) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-proceso-competencial-conflicto-de-competencia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de proceso competencial (conflicto de competencia) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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