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Empleo Público

Demanda de Reposicion por Despido Incausado del Trabajador del Regimen 728 de Entidad Publica

Demanda laboral de reposición por despido incausado interpuesta bajo la NLPT (Ley 29497) por un trabajador del régimen del D.Leg. 728 en una entidad pública, con fundamento en el artículo 27 de la Constitución y el precedente Eusebio Llanos Huasco (STC 976-2001-AA/TC).

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE REPOSICIÓN POR DESPIDO INCAUSADO

EXPEDIENTE : [NUMERO_EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA : [NOMBRE_ESPECIALISTA]
SUMILLA : Interpongo demanda de reposición por despido incausado.

SEÑOR JUEZ DE TRABAJO DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio real en [DIRECCION_DOMICILIO] y domicilio procesal en [CASILLA_ELECTRONICA_Y_FISICO], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Interpongo demanda de REPOSICIÓN por DESPIDO INCAUSADO contra [NOMBRE_ENTIDAD_PUBLICA], con RUC N.° [NUMERO_RUC], representada por su Procurador Público, a quien se notificará en [DIRECCION_ENTIDAD], a fin de que se me reponga en mi puesto de trabajo de [CARGO] o en otro de igual nivel y remuneración, más el pago de costos del proceso.

II. VÍA PROCEDIMENTAL Y COMPETENCIA
Al ser la reposición la única pretensión planteada, la causa se tramita en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL, conforme al artículo 2, inciso 2, de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N.° 29497.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO
PRIMERO.- Ingresé a laborar para la entidad demandada el [FECHA_INGRESO], desempeñando el cargo de [CARGO], bajo el régimen laboral de la actividad privada del Decreto Legislativo N.° 728, cuyo TUO fue aprobado por Decreto Supremo N.° 003-97-TR.
SEGUNDO.- Cumplí una jornada de [NUMERO_HORAS] horas diarias, percibiendo una remuneración mensual de S/ [MONTO_REMUNERACION], habiendo superado largamente el periodo de prueba de tres meses, por lo que gocé de protección contra el despido arbitrario.
TERCERO.- Con fecha [FECHA_DESPIDO] fui separado(a) de mi puesto de forma verbal (o mediante [DOCUMENTO]), sin que se me imputara falta grave alguna ni se siguiera el procedimiento de despido de los artículos 31 y 32 del D.S. 003-97-TR. Se trata, por tanto, de un despido INCAUSADO.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículo 22 de la Constitución: el trabajo es un deber y un derecho, base del bienestar social.
- Artículo 27 de la Constitución: la ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario.
- STC 976-2001-AA/TC (caso Eusebio Llanos Huasco) y STC 1124-2001-AA/TC: el despido incausado, producido sin expresión de causa, vulnera el derecho al trabajo y habilita la reposición como reparación restitutoria.
- STC 0206-2005-PA/TC (caso Baylón Flores): las pretensiones de reposición del régimen privado se ventilan en la vía del proceso laboral, hoy abreviado según la Ley 29497.

V. MEDIOS PROBATORIOS
1. Contrato de trabajo y boletas de pago que acreditan el vínculo laboral y su antigüedad.
2. [CARTA_O_DOCUMENTO] que acredita el cese.
3. Constancia de trabajo emitida por la entidad.

VI. ANEXOS
1-A Copia de mi DNI.
1-B Boletas de pago de los últimos [NUMERO] meses.
1-C [OTROS_ANEXOS].

POR TANTO:
Solicito admitir la demanda, tramitarla conforme a su naturaleza y, en su oportunidad, declararla FUNDADA, ordenando mi reposición en el cargo de [CARGO].

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________       _______________________
[NOMBRE_COMPLETO]             [NOMBRE_ABOGADO]
DNI N.° [NUMERO_DNI]          Reg. C.A. N.° [NUMERO_COLEGIATURA]

Cuándo usar este modelo

Usa esta demanda cuando fuiste trabajador de una entidad pública bajo el régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo 728) y te separaron del puesto sin expresar una causa justa ni seguir el procedimiento de despido. El artículo 27 de la Constitución garantiza protección contra el despido arbitrario y, conforme al precedente Eusebio Llanos Huasco (STC 976-2001-AA/TC) y al caso Baylón Flores (STC 0206-2005-PA/TC), el despido incausado se repara con la reposición en el puesto. Es un supuesto distinto de la reincorporación del servidor del D.Leg. 276 y del trabajador CAS.

Qué datos necesitas

  • Tus datos personales y número de DNI.
  • La denominación exacta de la entidad pública y su número de RUC.
  • La fecha de ingreso, el cargo desempeñado y la remuneración mensual.
  • La fecha y la forma del cese (verbal, correo, retiro del acceso o del fotocheck).
  • Boletas de pago y contratos que acrediten el vínculo y su antigüedad.

Paso a paso

  1. Reúne las boletas y contratos que prueben que superaste el periodo de prueba de tres meses.
  2. Verifica que el cese ocurrió sin carta de imputación de falta grave ni procedimiento previo.
  3. Redacta el petitorio pidiendo únicamente la reposición, para acceder al proceso abreviado laboral.
  4. Dirige la demanda al Juzgado de Trabajo del distrito judicial y notifica al Procurador Público de la entidad.
  5. Ofrece tus medios probatorios y adjunta los anexos debidamente numerados.

Errores comunes

  • Acumular la reposición con el pago de remuneraciones devengadas: eso desvía la causa al proceso ordinario y demora el trámite.
  • Confundir el despido incausado con el despido nulo del artículo 29 del D.S. 003-97-TR, que tiene causales tasadas.
  • Demandar a la entidad sin identificar a la Procuraduría Pública que la representa.
  • Dejar vencer el plazo de caducidad de treinta días hábiles del artículo 36 del D.S. 003-97-TR.

Preguntas frecuentes

¿Me corresponde reposición o indemnización? Ante un despido incausado puedes optar por la reposición; la indemnización del artículo 38 es para quien prefiere no volver al puesto.

¿Cobro las remuneraciones del tiempo sin trabajar? Los devengados se reclaman en un proceso independiente para no perder la vía abreviada de la reposición.

¿Aplica el precedente Huatuco? El precedente Huatuco (STC 05057-2013-PA/TC) exige concurso público para reponer en el sector público, por lo que conviene sustentar con cuidado tu ingreso y tu régimen.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de reposicion por despido incausado del trabajador del regimen 728 de entidad publica

¿El modelo de demanda de reposicion por despido incausado del trabajador del regimen 728 de entidad publica es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-reposicion-por-despido-incausado-del-trabajador-del-regimen-728-de-entidad-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de reposicion por despido incausado del trabajador del regimen 728 de entidad publica sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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