Denuncia ante la ANTAIP por Incumplimiento del Portal de Transparencia
Denuncia ante la ANTAIP contra una entidad pública que no actualiza la información de su portal de transparencia, para que se supervise el incumplimiento y se comunique al titular y a la secretaría técnica de procedimientos disciplinarios.
Edición registrada el 25 de octubre de 2026 · Licencia CC-BY-4.0 · Cómo revisamos los modelos
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DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA [CIUDAD], [FECHA] Presentada por: [CANAL_DE_PRESENTACION] Sumilla: Denuncio el incumplimiento de la actualización de la información pública en el portal de transparencia de [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD] SEÑORES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (ANTAIP): [NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DOMICILIO] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], ante ustedes me presento y digo: I. ENTIDAD DENUNCIADA [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_ENTIDAD]. Su portal de transparencia se encuentra en [DIRECCION_WEB_DEL_PORTAL]. El titular de la entidad es [NOMBRE_Y_CARGO_DEL_TITULAR]. II. PETITORIO Denuncio ante ustedes el incumplimiento de la actualización de la información pública en el portal de transparencia de [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD] y solicito que, en ejercicio de su facultad de supervisión, verifiquen el cumplimiento de los plazos de actualización de la información que describo en esta denuncia. De comprobarse el incumplimiento, solicito que se comunique al titular de la entidad y a su secretaría técnica de procedimientos administrativos disciplinarios, o al órgano que haga sus veces, para que procedan conforme a sus atribuciones. Pido también que cualquier decisión sobre esta denuncia, incluido su rechazo, se me comunique al correo electrónico indicado. III. HECHOS 1. El [FECHA_DE_LA_REVISION] revisé el portal de transparencia de la entidad, ubicado en [DIRECCION_WEB_DEL_PORTAL]. 2. En el rubro [RUBRO_DE_INFORMACION_OBSERVADO], según observé, [SITUACION_OBSERVADA_EN_EL_PORTAL]. 3. [COMUNICACION_PREVIA_A_LA_ENTIDAD_SI_LA_HUBO]. IV. FUNDAMENTOS 1. El artículo 105 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, faculta a todo administrado a comunicar a la autoridad competente los hechos contrarios al ordenamiento que conociera, sin necesidad de sustentar la afectación de un derecho o interés legítimo. Dispone también que la presentación de la denuncia obliga a practicar las diligencias preliminares necesarias y que su rechazo debe ser motivado y comunicado al denunciante. 2. El artículo 6-B del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, encarga a la ANTAIP supervisar el cumplimiento de los plazos de actualización de la información pública en los portales de transparencia, y señala que la supervisión se realiza de oficio, por petición de otras entidades o por denuncia. 3. El mismo artículo establece que el incumplimiento se comunica al titular y a la secretaría técnica de procedimientos administrativos disciplinarios, u órgano que haga sus veces, para que procedan conforme a sus atribuciones. 4. El artículo 6-A de esa ley dispone que la información de los portales de transparencia se actualiza en los plazos que señalan la ley, su reglamento o la norma expresa de cada materia, y que, si el plazo no está expresamente establecido, se actualiza por lo menos una vez al mes. Hace responsable al titular de la entidad del funcionamiento, el mantenimiento y la actualización del portal. V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS Adjunto: 1. Capturas de pantalla del portal de transparencia, con fecha y hora, del rubro [RUBRO_DE_INFORMACION_OBSERVADO]. 2. Copia de la comunicación enviada a la entidad y de su respuesta, de haberlas. _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO] DNI N.° [DNI]
Para qué sirve
Entras al portal de transparencia de tu municipalidad o de otra entidad y la información que debería estar a la vista no aparece, o la última actualización es de hace meses, sin que hayas pedido nada. Este modelo de denuncia ante la ANTAIP por incumplimiento del portal de transparencia sirve para poner ese hecho en conocimiento de la autoridad que supervisa los portales.
Con este formato describes qué rubro revisaste, qué viste y en qué fecha, y pides que la ANTAIP supervise la actualización. Si se comprueba el incumplimiento, la ley dispone que la ANTAIP lo comunique al titular de la entidad y a su secretaría técnica de procedimientos administrativos disciplinarios.
Cuándo conviene usarlo
- El portal de transparencia de la entidad no muestra un rubro de información que debería estar publicado y actualizado.
- La información publicada está desactualizada y la entidad no la renueva en el plazo que le corresponde.
- Eres vecino, periodista o parte de una organización de vigilancia y quieres que la entidad cumpla, sin pedir un documento puntual.
Cómo llenarlo
- Al descargar en Word esta plantilla, identifica a la entidad con su nombre, su domicilio, la dirección web de su portal de transparencia y el nombre y cargo de su titular.
- Entra al portal, revisa el rubro que te preocupa y anota la fecha de tu revisión. Toma capturas de pantalla con fecha y hora. Un error frecuente es denunciar sin capturas, y el portal puede corregirse al día siguiente sin dejar rastro.
- Describe solo lo que viste: el rubro, el periodo y la situación del portal. Si atribuyes mala fe o acusas a funcionarios sin pruebas, debilitas tu denuncia.
- Las normas citadas no indican por qué canal se presenta la denuncia. Averigua el canal vigente de la ANTAIP y anótalo en el campo «Presentada por».
Base legal
El artículo 105 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, faculta a todo administrado a comunicar a la autoridad competente los hechos contrarios al ordenamiento que conozca, sin necesidad de acreditar la afectación de un derecho o interés legítimo. La comunicación debe exponer con claridad los hechos, con sus circunstancias de tiempo, lugar y modo.
El artículo 6-B del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, encarga a la ANTAIP supervisar el cumplimiento de los plazos de actualización de la información en los portales de transparencia, de oficio, por petición de otras entidades o por denuncia. El artículo 6-A fija que, si el plazo no está expresamente establecido, la información se actualiza por lo menos una vez al mes, y hace responsable al titular de la entidad del funcionamiento, el mantenimiento y la actualización del portal.
Preguntas frecuentes
¿La ANTAIP me entrega la información que falta?
Con esta denuncia no obtienes un documento concreto, porque la norma encarga a la ANTAIP supervisar los plazos de actualización y comunicar el incumplimiento. Para un documento, pídelo a la entidad con una Solicitud de Acceso a la Información Pública y, si te lo deniegan, usa el Recurso de Apelación ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
¿Tengo que haber pedido antes la información a la entidad?
El artículo 6-B permite la supervisión por denuncia y no la condiciona a un pedido previo. Si ya escribiste a la entidad, adjunta esa comunicación.
¿Qué pasa después de presentar la denuncia?
El artículo 105 de la Ley del Procedimiento Administrativo General obliga a practicar las diligencias preliminares necesarias y, una vez comprobada la verosimilitud de la denuncia, a iniciar la fiscalización. El rechazo debe ser motivado y comunicado al denunciante. Los artículos citados no fijan un plazo para el resultado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia ante la antaip por incumplimiento del portal de transparencia
¿El modelo de denuncia ante la antaip por incumplimiento del portal de transparencia es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-ante-la-antaip-por-incumplimiento-del-portal-de-transparencia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de denuncia ante la antaip por incumplimiento del portal de transparencia sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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