Excepción de Falta de Legitimidad para Obrar del Demandado
Modelo de excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado (Art. 446 inc. 6 del Código Procesal Civil, D.Leg. 768) cuando se demanda a quien no integra la relación material.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMIDAD PARA OBRAR DEL DEMANDADO SUMILLA: DEDUZCO EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMIDAD PARA OBRAR DEL DEMANDADO SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL] EXPEDIENTE N°: [NUMERO_EXPEDIENTE] ESPECIALISTA LEGAL: [NOMBRE_ESPECIALISTA] ESCRITO N°: [NUMERO_ESCRITO] [NOMBRE_DEMANDADO], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDADO], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y Casilla Electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], en el proceso seguido por [NOMBRE_DEMANDANTE] sobre [MATERIA_DEMANDA], a usted digo: I. PETITORIO Que deduzco EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMIDAD PARA OBRAR DEL DEMANDADO, para que, una vez tramitada, se declare fundada. Tratándose del demandado, su efecto es suspender el proceso hasta que el demandante establezca la relación jurídica procesal con la persona que el auto resolutorio ordene, conforme al Art. 451 inciso 4 del Código Procesal Civil. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. La demanda se dirige en mi contra atribuyéndome la calidad de [CALIDAD_ATRIBUIDA] respecto de [OBJETO_DEMANDA]. 2. No soy la persona obligada ni titular pasivo de la relación material discutida, pues [EXPLICAR_RAZON: por ejemplo, quien debe responder es [TERCERO_OBLIGADO], yo no suscribí el contrato, o nunca fui parte de la relación jurídica]. 3. Al no integrar la relación jurídica sustancial en calidad de parte demandada, falta la legitimidad pasiva exigida por ley. Corresponde que el demandante dirija su pretensión contra quien sí es el legitimado pasivo. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Art. 446 inciso 6 del Código Procesal Civil (D.Leg. 768), que autoriza la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado. 2. Art. 451 inciso 4 del Código Procesal Civil, que establece que esta excepción, cuando es del demandado, suspende el proceso para que se establezca correctamente la relación jurídica procesal. 3. Art. 447 del Código Procesal Civil, sobre el plazo y la forma de proponer la excepción en cuaderno separado. IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. El mérito de la demanda y sus anexos. 2. [MEDIO_PROBATORIO] que acredita que no soy el legitimado pasivo de la relación material. V. ANEXOS 1-A. Copia de mi DNI N° [DNI_DEMANDADO]. 1-B. [ANEXO_ADICIONAL]. POR TANTO: Pido a usted admitir y, en su momento, declarar fundada la excepción deducida. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_DEMANDADO] DNI N° [DNI_DEMANDADO] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado - C.A.[COLEGIO] N° [NUMERO_COLEGIATURA]
La excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado es la defensa de forma con la que la persona demandada le dice al juez: yo no soy a quien debían demandar. No discute si el derecho del demandante existe, sino que la pretensión se dirigió contra quien no tiene relación con ese derecho ni debe responder por él. Ocurre, por ejemplo, cuando demandan al arrendatario actual por una deuda del anterior, cuando emplazan a un socio por una obligación de la empresa, o cuando reclaman un bien a alguien que ya no es el propietario. Sirve para sacarte de un proceso al que te metieron por error y evitar que cargues con una controversia ajena.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el demandado que considera que no debió ser emplazado, dentro del plazo para contestar la demanda. Te conviene usarla cuando, al leer la demanda, adviertes que tú no eres la persona obligada o que la relación jurídica que invoca el demandante no te involucra. Es una defensa potente porque, bien planteada, te libera del proceso sin necesidad de discutir el fondo. Recuerda que la legitimidad pasiva se aprecia desde lo afirmado en la demanda: el juez revisa si, según lo que el propio demandante sostiene, tú estás llamado a responder.
Base legal
Se sustenta en el artículo 446, inciso 6, del Código Procesal Civil (TUO del Decreto Legislativo 768), que incluye la falta de legitimidad para obrar del demandado entre las excepciones proponibles. Se relaciona con el artículo IV del Título Preliminar y con el artículo 427, sobre los presupuestos para una relación procesal válida. El trámite figura en los artículos 447 a 451 y, de declararse fundada, el efecto es la anulación de lo actuado y la conclusión del proceso, según el artículo 451, inciso 5.
Qué datos y documentos necesitas
- Número de expediente, juzgado y nombres completos de demandante y demandado.
- Copia de la demanda y sus anexos para ver con qué fundamento te incluyeron.
- El documento que demuestra que tú no eres el obligado: contrato firmado por otra persona, escritura que acredita que ya no eres propietario, constancia de que la deuda pertenece a un tercero.
- La cédula de notificación de la demanda, para no exceder el plazo.
- Datos de tu abogado (nombre, colegiatura y casilla electrónica).
Cómo presentarla paso a paso
- Revisa el plazo para contestar según la vía procedimental (cinco, diez o treinta días) y prepara la excepción dentro de él.
- Redacta el escrito señalando con claridad por qué no eres el sujeto pasivo de la pretensión, invocando el artículo 446, inciso 6.
- Adjunta solo medios probatorios de actuación inmediata que demuestren tu falta de legitimidad.
- Preséntalo ante el juzgado de la causa por la Mesa de Partes Electrónica del Poder Judicial.
- El juez corre traslado al demandante para que absuelva y luego resuelve; paga el arancel respectivo y cubre los honorarios de tu abogado.
- Si la declaran fundada, quedas fuera del proceso; si la declaran infundada, deberás contestar la demanda en el plazo que se fije.
Errores comunes a evitar
- Confundirla con la negación del fondo: aquí no dices que no debes, dices que no eres el llamado a responder.
- Presentarla cuando en realidad sí tienes relación con el derecho discutido, lo que llevará a que la declaren infundada.
- Dejar pasar el plazo para contestar y proponer excepciones.
- No contestar la demanda por confiar solo en la excepción, exponiéndote a la rebeldía si la rechazan.
Preguntas frecuentes
¿Me sirve si me demandaron por una deuda de mi empresa?
Puede servirte si la obligación corresponde a la persona jurídica y no a ti como persona natural, salvo casos de responsabilidad personal previstos en la ley. La distinción de patrimonios respalda esta excepción bajo el artículo 446, inciso 6, del Código Procesal Civil.
¿Qué diferencia hay con pedir la intervención del verdadero obligado?
La excepción busca sacarte del proceso; el emplazamiento o llamamiento del verdadero obligado busca traer al que sí debe responder. Son figuras distintas y, según el caso, tu abogado puede plantear una u otra, o ambas.
¿El juez puede declararla de oficio?
El juez puede declarar improcedente una demanda cuando advierte la falta evidente de legitimidad conforme al artículo 427, pero lo ordinario es que tú la propongas como excepción al amparo del artículo 446, inciso 6.
¿Qué ocurre si la declaran fundada?
Se anula lo actuado respecto de ti y el proceso concluye, según el artículo 451, inciso 5. El demandante deberá rehacer su demanda contra quien realmente corresponda.
Cómo presentar excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado: paso a paso
- Determina tu pretensión y cuantía. Calcula el monto que reclamas. Hasta 100 URP va en proceso sumarísimo; hasta 1,000 URP en proceso abreviado; por encima o sin cuantía en proceso de conocimiento (Arts. 546-548 CPC). La URP 2026 es S/ 535.
- Reúne los medios probatorios. Junta documentos, contratos, facturas, correos electrónicos, fotografías o testimonios que acrediten el derecho que reclamas y el incumplimiento de la otra parte.
- Identifica el juzgado competente. Es competente el juez del domicilio del demandado como regla general (Art. 14 CPC). Para obligaciones contractuales puedes demandar en el lugar pactado en el contrato o donde debe ejecutarse la prestación.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa datos reales: nombres y DNI de las partes, hechos, fundamentos de derecho y pretensión cuantificada.
- Presenta con anexos y paga la tasa. Liquida la tasa judicial según la escala del Poder Judicial, adjunta los anexos numerados y presenta en la mesa de partes del juzgado o por la MPE.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado
¿El modelo de excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/excepcion-de-falta-de-legitimidad-para-obrar-del-demandado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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