Minuta de Compraventa de Vivienda con Pacto de Reserva de Dominio
Es el contrato donde el comprador recibe la casa y la usa desde la firma, pero la propiedad se transfiere recién con el último pago. Protege al vendedor que financia la compra en cuotas y ordena la entrega, el riesgo y la inscripción registral.
Actualizado al 14 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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MINUTA DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA CON PACTO DE RESERVA DE DOMINIO A FAVOR DEL VENDEDOR En [CIUDAD], a [FECHA], comparecen: EL VENDEDOR: [NOMBRE_COMPLETO_VENDEDOR], con DNI N.° [DNI_VENDEDOR], estado civil [ESTADO_CIVIL_VENDEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_VENDEDOR], a quien en adelante se llamará el Vendedor. EL COMPRADOR: [NOMBRE_COMPLETO_COMPRADOR], con DNI N.° [DNI_COMPRADOR], estado civil [ESTADO_CIVIL_COMPRADOR], con domicilio en [DOMICILIO_COMPRADOR], a quien en adelante se llamará el Comprador. ANTECEDENTES 1. El Vendedor es propietario del inmueble ubicado en [DIRECCION_DEL_INMUEBLE], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], con un área de [AREA_M2] m², inscrito en la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL]. 2. El inmueble se encuentra libre de cargas, gravámenes y embargos, según la copia literal que se adjunta. 3. Las partes suscriben esta compraventa con reserva de dominio, conforme al Código Civil, Decreto Legislativo N.° 295. CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO El Vendedor vende y el Comprador compra el inmueble descrito en los antecedentes, con todas sus instalaciones, usos, costumbres y acciones que le correspondan. SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO 2.1. El precio total es de S/ [MONTO_PRECIO]. 2.2. El Comprador paga S/ [MONTO_INICIAL] a la firma de la presente minuta, cuyo recibo firma el Vendedor en este acto. 2.3. El saldo se paga en [NRO_CUOTAS] cuotas mensuales de S/ [MONTO_CUOTA], cada una vencida el día [DIA_DE_PAGO] de cada mes, desde el mes siguiente a la firma. 2.4. Los pagos se realizan mediante [MEDIO_DE_PAGO] a la cuenta [NRO_CUENTA] del Vendedor. Cada pago se acredita con el comprobante respectivo. TERCERA. RESERVA DE DOMINIO 3.1. Las partes pactan que la propiedad del inmueble queda reservada al Vendedor hasta que el Comprador pague la totalidad del precio. 3.2. La transferencia de propiedad se produce de pleno derecho con el pago de la última cuota y se formaliza con la escritura pública que el Vendedor suscribirá dentro de los [PLAZO_DIAS] días siguientes. 3.3. El Vendedor inscribe la reserva de dominio en el Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL], en anotación sobre la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL]. Esta reserva es oponible a terceros desde su inscripción. CUARTA. ENTREGA Y USO DEL INMUEBLE 4.1. El Vendedor entrega el inmueble al Comprador el [FECHA_ENTREGA], con las llaves y el inventario de [INVENTARIO_ANEXO]. 4.2. Desde la entrega, el Comprador paga el impuesto predial, los arbitrios y los servicios de [SERVICIOS_BASICOS]. Las lecturas de los medidores se anotan en el acta de entrega. 4.3. La entrega no transfiere la propiedad. El Comprador usa el inmueble como casa habitación y responde por los daños que cause en él. QUINTA. RIESGOS Desde la entrega, el Comprador asume los riesgos de pérdida, deterioro y destrucción del inmueble, así como la responsabilidad frente a terceros por el uso del predio. SEXTA. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR 6.1. Entregar el inmueble en la fecha pactada y en buen estado de conservación. 6.2. No vender, hipotecar ni gravar el inmueble mientras la reserva esté vigente. 6.3. Inscribir la reserva de dominio y otorgar la escritura pública de transferencia al pago total del precio. SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR 7.1. Pagar cada cuota en la fecha y el monto acordados. 7.2. Mantener el inmueble en buen estado y permitir la inspección del Vendedor con aviso previo de [PLAZO_DIAS] días. 7.3. No arrendar ni ceder el uso del inmueble sin autorización escrita del Vendedor. 7.4. Contratar y mantener vigente un seguro contra incendio y sismo a favor del inmueble. OCTAVA. PROHIBICIÓN DE ENAJENAR El Comprador no puede vender, ceder, hipotecar ni dar en garantía el inmueble mientras no pague la totalidad del precio y no se inscriba la transferencia. Todo acto en contrario es nulo frente al Vendedor. NOVENA. MORA Y RESOLUCIÓN 9.1. Si el Comprador deja de pagar [NRO_CUOTAS_IMPAGAS] cuotas, el Vendedor le requiere por carta notarial el pago dentro de [PLAZO_DIAS] días. 9.2. Vencido el plazo, el Vendedor puede resolver el contrato y recuperar el inmueble. 9.3. En caso de resolución, se devuelve al Comprador el monto pagado, con descuento de una indemnización de S/ [MONTO_INDEMNIZACION] por el uso del inmueble y de los gastos asumidos por el Vendedor. DÉCIMA. GASTOS Y TRIBUTOS Los gastos notariales, registrales y los que genere la minuta los asume [PARTE_QUE_ASUME_GASTOS]. El impuesto de alcabala lo paga [PARTE_QUE_PAGA_ALCABALA]. DÉCIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes buscan un acuerdo directo dentro de [PLAZO_DIAS] días. Si no lo logran, cualquier controversia la resuelve el [JUZGADO] de [CIUDAD], con renuncia al fuero de sus domicilios. DÉCIMA SEGUNDA. DOMICILIOS Las partes fijan como domicilios los indicados en la comparecencia. Cualquier cambio se comunica por carta notarial, y mientras eso no ocurra, las comunicaciones enviadas a esos domicilios son válidas. En señal de conformidad, las partes firman la presente minuta en dos ejemplares. _________________________ [NOMBRE_COMPLETO_VENDEDOR] DNI N.° [DNI_VENDEDOR] Vendedor _________________________ [NOMBRE_COMPLETO_COMPRADOR] DNI N.° [DNI_COMPRADOR] Comprador Adjunto: - Copia literal de la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL] expedida por [OFICINA_REGISTRAL]. - Copia del DNI de ambas partes. - Documento que acredite el estado civil de cada parte, si corresponde. - Constancia de pago del impuesto predial y de los arbitrios del año en curso. - Inventario del inmueble y acta de entrega con las lecturas de los medidores. - Comprobantes de pago de la cuota inicial y de las cuotas pagadas.
Para qué sirve
Compras una casa directamente al dueño y el pago va en cuotas durante varios años. Quien vende quiere cobrar todo antes de firmar la transferencia, y tú necesitas mudarte ya con tu familia. Esta minuta de compraventa de vivienda con pacto de reserva de dominio resuelve ese cruce: fija la entrega del inmueble desde el primer día, ordena quién paga el predial y los arbitrios, y deja por escrito que la propiedad se transfiere solo con la última cuota.
El pacto también define qué pasa si dejas de pagar o si el vendedor intenta vender el predio a un tercero. Si la reserva se inscribe en el Registro de Predios, cualquier persona que quiera comprar o embargar esa casa queda sujeta a la reserva, y el vendedor recupera el inmueble con menos discusiones. La misma lógica sirve si eres tú quien vende y financia al comprador.
Cuándo conviene usarlo
- Compras una vivienda al dueño y pagas en cuotas mensuales con ahorros propios o un préstamo familiar.
- Vendes y aceptas financiar al comprador, pero no quieres entregar la propiedad hasta cobrar la última cuota.
- Necesitas precisar desde qué fecha el comprador responde por el agua, la luz, el impuesto predial y los arbitrios.
- El inmueble está inscrito en el Registro de Predios y quieres que la reserva sea oponible a terceros.
- No participa ningún banco, no hay hipoteca y el riesgo de impago lo asume el vendedor.
Cómo llenarlo
- Descarga el formato en Word y revisa primero los antecedentes: partida registral, área y dirección tal como aparecen en la copia literal. Un número de partida mal copiado obliga a rehacer la minuta completa.
- Llena los datos de las partes con el DNI a la vista y el estado civil exacto. Si el vendedor es casado y el inmueble es un bien social, firma también el cónyuge.
- Precisa el precio total, la cuota inicial, el número de cuotas y el día de pago de cada mes. Anota los montos en números y en letras para que no haya correcciones después.
- Fija la fecha de entrega y el inventario de servicios. Ese día anota las lecturas de los medidores de agua y luz en el acta.
- Firma la minuta ante notario, eleva la escritura pública e inscribe la reserva en el Registro de Predios. Una plantilla sin firmar no te sirve como prueba si el comprador deja de pagar.
Base legal
El Código Civil, Decreto Legislativo N.° 295, regula en los artículos 1583, 1584 y 1585 la compraventa con reserva de propiedad. Por ese pacto, el vendedor conserva la propiedad del inmueble hasta que el comprador paga el íntegro del precio, aunque la posesión y el uso se entreguen mucho antes. El comprador asume los riesgos del predio desde la entrega y el vendedor mantiene el dominio mientras exista saldo pendiente.
La reserva solo se vuelve oponible a terceros cuando se inscribe en el Registro de Predios. Por eso la cláusula de inscripción es la que realmente protege al vendedor: si no anotas la reserva en la partida, un comprador de buena fe o un acreedor del comprador pueden pasar por encima de ese derecho, y el vendedor termina discutiendo en el juzgado la propiedad de una casa que ya entregó.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta inscribir la reserva de dominio en el Registro de Predios?
Los derechos registrales de SUNARP se calculan sobre el valor del inmueble y suelen ser un porcentaje pequeño del precio, además del pago por la copia literal. Súmale los gastos notariales de la minuta y la escritura pública. Pide el presupuesto en la oficina registral de tu zona antes de firmar.
¿Qué pasa si el comprador deja de pagar varias cuotas?
El vendedor le exige el pago por carta notarial con un plazo de por lo menos quince días, según lo pactado en la cláusula novena. Si el comprador no paga, el contrato se resuelve y el vendedor recupera el inmueble. En ese caso se devuelve el monto pagado con el descuento de la indemnización por uso que fijaron las partes.
¿Necesito abogado para presentar esta minuta?
No es obligatorio para redactarla, pero sí conviene que un abogado revise el precio, la cláusula de resolución y la inscripción antes de que firmes. La minuta se eleva a escritura pública ante notario y luego se inscribe la reserva en el Registro de Predios. Si hay desacuerdo sobre montos, la controversia se ve ante el juzgado que indicaste en la cláusula décima primera.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de minuta de compraventa de vivienda con pacto de reserva de dominio
¿El modelo de minuta de compraventa de vivienda con pacto de reserva de dominio es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/minuta-de-compraventa-de-vivienda-con-pacto-de-reserva-de-dominio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de minuta de compraventa de vivienda con pacto de reserva de dominio sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
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Contrato de Compraventa de Bien Mueble
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