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Comunidades Campesinas y Nativas

Observaciones de la Comunidad al Plan de Consulta Previa Presentado por la Entidad Promotora

Escrito con el que la comunidad formula observaciones a la propuesta de plan de consulta previa, pidiendo ajustes en plazos, metodología, intérpretes, información entregada y lugar de las reuniones.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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OBSERVACIONES AL PLAN DE CONSULTA PREVIA PRESENTADO POR LA ENTIDAD PROMOTORA

Señores
[NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_PROMOTORA]
Órgano responsable del proceso de consulta previa
Presente.-

Asunto: Formulamos observaciones a la propuesta de plan de consulta del proceso [NOMBRE_DEL_PROCESO_DE_CONSULTA]

La COMUNIDAD [TIPO_Y_NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD], del distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], representada por su presidente [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_PRESIDENTE], en su condición de pueblo indígena u originario incluido en el proceso, ante ustedes decimos:

I. ANTECEDENTES
1. Mediante [DOCUMENTO_DE_LA_ENTIDAD] de fecha [FECHA_DEL_DOCUMENTO], la entidad promotora nos comunicó la propuesta de plan de consulta relativa a [MEDIDA_A_CONSULTAR].
2. En la etapa de información y en la reunión preparatoria del [FECHA_DE_REUNION_PREPARATORIA] advertimos aspectos que deben corregirse antes de aprobar el plan.

II. FUNDAMENTOS
1. La Ley N.° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo.
2. El Decreto Supremo N.° 001-2012-MC, reglamento de dicha ley, regula el contenido del plan de consulta, que debe elaborarse de manera conjunta con los pueblos consultados y contemplar metodología, plazos, lugares e idioma.
3. El Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, aprobado por Resolución Legislativa N.° 26253, exige que la consulta se realice de buena fe, mediante procedimientos apropiados y con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento.
4. Nuestra condición de pueblo indígena u originario se sustenta en la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, o en el Decreto Ley N.° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva, según se trate de comunidad campesina o nativa, y en el registro correspondiente ante la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura.

III. OBSERVACIONES CONCRETAS
1. PLAZOS. El plazo propuesto de [PLAZO_PROPUESTO] días para la etapa de evaluación interna es insuficiente. Solicitamos ampliarlo a [PLAZO_SOLICITADO] días, considerando las distancias, las faenas agrícolas y la necesidad de reunir a los anexos.
2. IDIOMA E INTÉRPRETES. Solicitamos que todas las reuniones cuenten con intérprete en [IDIOMA_ORIGINARIO] acreditado y que la información escrita se entregue traducida.
3. INFORMACIÓN. La información entregada no incluye [INFORMACION_FALTANTE]. Requerimos su entrega con no menos de [DIAS_DE_ANTICIPACION] días de anticipación a la etapa informativa.
4. LUGAR DE LAS REUNIONES. Solicitamos que las reuniones se realicen en [LUGAR_SOLICITADO] y no en la capital provincial, para permitir la participación efectiva de los comuneros.
5. PARTICIPACIÓN. Pedimos que se reconozca la participación de [ORGANIZACIONES_A_INCLUIR] y la presencia de asesores técnicos designados por la comunidad.
6. ACTAS Y REGISTRO. Solicitamos que cada reunión cuente con acta firmada y registro audiovisual, entregándose copia a la comunidad.

IV. PETITORIO
Solicitamos incorporar las observaciones formuladas en el plan de consulta, notificar la versión corregida antes de su aprobación y dejar constancia de estas observaciones en el expediente del proceso.

OTROSÍ DECIMOS: Señalamos como domicilio para notificaciones el local comunal de [DIRECCION_DEL_LOCAL_COMUNAL] y el correo [CORREO_DE_LA_COMUNIDAD].

[LUGAR], [DIA] de [MES] de [ANIO].

_______________________          _______________________
[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE]          [NOMBRE_DEL_SECRETARIO]
Presidente de la Comunidad       Secretario
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Cuándo usar este modelo

El plan de consulta es el documento que fija cómo se desarrollará todo el proceso: cuántos días tendrá la comunidad para evaluar internamente, en qué idioma se realizarán las reuniones, dónde se harán, qué información se entregará y con cuánta anticipación. Si ese plan se aprueba con plazos irreales o sin intérpretes, el resto del proceso queda comprometido.

Este escrito se presenta en la etapa en que la entidad promotora somete su propuesta de plan a la comunidad, típicamente durante o después de la reunión preparatoria. Es el momento de pedir ajustes, porque una vez aprobado el plan es mucho más difícil modificarlo. También sirve para dejar constancia en el expediente de que la comunidad advirtió deficiencias.

Marco legal en el Perú

La Ley N.° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo.

Su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2012-MC, regula las etapas del proceso y el contenido del plan de consulta, que debe elaborarse con participación de los pueblos consultados y contemplar metodología, plazos, lugares e idioma.

En el plano internacional, el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, aprobado por Resolución Legislativa N.° 26253, exige que la consulta se realice de buena fe, mediante procedimientos apropiados y con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento. La buena fe se traduce en cosas concretas: plazos razonables, información comprensible y traducción adecuada.

La condición de pueblo indígena se sustenta en la Ley N.° 24656 o en el Decreto Ley N.° 22175, según se trate de comunidad campesina o nativa, y en el registro en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura.

Cómo completar la plantilla

Las observaciones deben ser específicas y proponer una alternativa concreta. Una crítica general se responde con una fórmula general.

  • Identifica el documento y la fecha con que la entidad remitió la propuesta de plan.
  • Indica el plazo propuesto y el plazo que la comunidad necesita, con la razón.
  • Pide intérprete acreditado en la lengua originaria y traducción del material escrito.
  • Señala qué información falta y con cuánta anticipación debe entregarse.
  • Propón el lugar de las reuniones considerando distancias y capacidad de convocatoria.
  • Solicita el reconocimiento de asesores técnicos y de las organizaciones representativas.
  • Exige acta firmada y registro audiovisual de cada reunión, con copia a la comunidad.

Preguntas frecuentes

¿La entidad está obligada a aceptar nuestras observaciones?

Debe evaluarlas y responder de manera motivada, porque el plan se construye con participación del pueblo consultado. Ignorarlas sin sustento puede afectar la validez del proceso y ser cuestionado posteriormente.

¿La consulta previa significa que podemos vetar el proyecto?

La finalidad es alcanzar un acuerdo o el consentimiento mediante el diálogo. No se configura como un derecho de veto general, pero el proceso debe ser real y de buena fe, y los acuerdos alcanzados son de cumplimiento obligatorio.

¿Qué hacemos si no estamos en la Base de Datos Oficial?

La base de datos es de carácter referencial y no constitutiva de derechos, pero facilita el reconocimiento. Conviene solicitar en paralelo la inclusión ante el Ministerio de Cultura, sustentando los criterios objetivos y la autoidentificación.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de observaciones de la comunidad al plan de consulta previa presentado por la entidad promotora

¿El modelo de observaciones de la comunidad al plan de consulta previa presentado por la entidad promotora es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/observaciones-de-la-comunidad-al-plan-de-consulta-previa-presentado-por-la-entidad-promotora/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de observaciones de la comunidad al plan de consulta previa presentado por la entidad promotora sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Petición de consulta previa ante la entidad promotora de una medida que afecta a la comunidad

Escrito para pedir a la entidad promotora la inclusión en un proceso de consulta previa al amparo del artículo 9 de la Ley N.° 29785, con identificación de la medida, sustento de la afectación directa, referencia a la BDPI y vía impugnatoria ante la respuesta negativa.

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