Poder Apud Acta para Representación en Proceso Judicial
Otorga poder por acta (apud acta) a tu abogado o representante dentro del expediente judicial, sin escritura pública. Base legal: artículos 74, 75 y 80 del Código Procesal Civil.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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OTORGAMIENTO DE PODER POR ACTA (APUD ACTA) PARA REPRESENTACIÓN JUDICIAL SUMILLA: OTORGO PODER POR ACTA A FAVOR DE MI ABOGADO SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_DEL_OTORGANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_OTORGANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_OTORGANTE] y domicilio procesal en [CASILLA_ELECTRONICA_O_DOMICILIO], en los seguidos con [NOMBRE_CONTRARIO] sobre [MATERIA_DEL_PROCESO], Expediente N.° [N_EXPEDIENTE], ante usted respetuosamente digo: Que, al amparo del artículo 80 del Código Procesal Civil, OTORGO PODER POR ACTA (APUD ACTA), sin necesidad de escritura pública ni legalización, a favor de: [NOMBRE_DEL_APODERADO], abogado(a) con Registro del Colegio de Abogados N.° [N_CAL] / o persona identificada con DNI N.° [DNI_APODERADO], con domicilio en [DOMICILIO_APODERADO]. PRIMERO.- FACULTADES GENERALES. Confiero a mi apoderado las facultades generales de representación previstas en el artículo 74 del Código Procesal Civil, que lo autorizan a intervenir y realizar todos los actos del proceso, salvo aquellos que requieran la intervención personal y directa del representado. SEGUNDO.- FACULTADES ESPECIALES. Asimismo, y de manera expresa conforme al artículo 75 del Código Procesal Civil, le confiero las facultades especiales para: demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas, sustituir o delegar la representación procesal, así como para los demás actos que exprese la ley. TERCERO.- Declaro estar instruido(a) de los alcances y consecuencias de las facultades especiales otorgadas, conforme lo exige el artículo 75 del Código Procesal Civil. CUARTO.- BASE LEGAL. El presente poder se otorga conforme a los artículos 68, 72, 74, 75 y 80 del Código Procesal Civil. POR TANTO: Solicito a usted, señor Juez, tener por otorgado el poder por acta a favor de mi apoderado y disponer que el auxiliar jurisdiccional certifique la presente en el expediente. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. _______________________________ [NOMBRE_DEL_OTORGANTE] DNI N.° [DNI_OTORGANTE] PODERDANTE _______________________________ Abogado / Certificación del auxiliar jurisdiccional
Cuándo usar este modelo
Usa el poder apud acta cuando ya tienes un proceso judicial en trámite y quieres que tu abogado te represente sin la demora ni el costo de una escritura pública notarial. Es la vía más rápida y económica para otorgar representación procesal, porque se formaliza dentro del propio expediente ante el auxiliar jurisdiccional.
Resulta ideal cuando no puedes asistir a cada audiencia o diligencia, cuando cambias de abogado o cuando necesitas conferir facultades especiales para conciliar o transigir a nombre tuyo.
Qué datos necesitas
- Número de expediente, juzgado y distrito judicial donde se tramita la causa.
- Materia del proceso y nombre de la parte contraria.
- Datos del poderdante: nombres, DNI y domicilio real y procesal.
- Datos del apoderado, con número de colegiatura si es abogado.
- Definición de si otorgas solo facultades generales o también las especiales del artículo 75.
Paso a paso
- Completa la plantilla con los datos del expediente, del poderdante y del apoderado.
- Precisa las facultades especiales que deseas conferir, ya que deben constar de forma expresa.
- Presenta el escrito ante la mesa de partes del juzgado o por el sistema de notificaciones electrónicas.
- El auxiliar jurisdiccional certifica el otorgamiento del poder por acta en el expediente.
- Desde ese momento tu apoderado queda habilitado para actuar en el proceso.
Errores comunes
- Creer que las facultades especiales se presumen: el artículo 75 exige que consten de manera expresa.
- Omitir el número de expediente, lo que impide que el juzgado certifique el poder.
- No señalar domicilio procesal ni casilla electrónica para las notificaciones.
- Usar el apud acta para actos que exigen intervención personal del representado.
Preguntas frecuentes
¿El poder apud acta necesita legalización o escritura pública? No; el artículo 80 del CPC permite otorgarlo por acta dentro del expediente, sin costo notarial.
¿Sirve para cualquier proceso? Sí, aplica a procesos civiles y, de forma supletoria, a otras materias que remiten al Código Procesal Civil.
¿Puedo revocarlo? Sí, mediante un nuevo escrito comunicando al juzgado la revocatoria y, de corresponder, la designación de nuevo apoderado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder apud acta para representación en proceso judicial
¿El modelo de poder apud acta para representación en proceso judicial es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-apud-acta-para-representacion-en-proceso-judicial/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de poder apud acta para representación en proceso judicial sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Poder especial por escritura pública para que un apoderado recoja y trámite documentos ante entidades públicas, conforme a los Arts. 145 y 155 del Código Civil y el D.Leg. 1049.
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