Recibo de Cancelación Total de Deuda con Declaración de No Adeudo
Modelo de recibo de cancelación total de deuda (finiquito) con declaración de no adeudo, conforme a los Arts. 1230 y 1231 del Código Civil (D.Leg. 295) sobre el recibo de pago y sus presunciones.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECIBO DE CANCELACIÓN TOTAL DE DEUDA Y DECLARACIÓN DE NO ADEUDO Conste por el presente documento el recibo de cancelación total que otorga: EL ACREEDOR: [NOMBRE_ACREEDOR], identificado con DNI N° [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_ACREEDOR]. A FAVOR DEL DEUDOR: [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI N° [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEUDOR]. PRIMERA: ANTECEDENTES El deudor mantenía con el acreedor una obligación de pago originada en [ORIGEN_DE_LA_DEUDA], de fecha [FECHA_ORIGEN], por la suma de S/ [MONTO_ORIGINAL_DEUDA]. SEGUNDA: PAGO TOTAL RECIBIDO El acreedor declara haber recibido del deudor, a su entera satisfacción, la suma de S/ [MONTO_PAGADO] ([MONTO_EN_LETRAS]) mediante [MEDIO_DE_PAGO] de fecha [FECHA_PAGO], con la que queda cancelado el íntegro del capital, intereses y gastos. TERCERA: RECIBO Y PRESUNCIÓN DE PAGO Conforme al Art. 1231 del Código Civil, el recibo de pago del capital otorgado sin reserva de intereses hace presumir el pago de estos, salvo prueba en contrario. El acreedor declara que no quedan intereses ni accesorios pendientes. CUARTA: DECLARACIÓN DE NO ADEUDO Y FINIQUITO El acreedor declara expresamente que el deudor NO le adeuda suma alguna por esta obligación ni por ningún concepto derivado de ella. En consecuencia, otorga el más amplio y total finiquito, renunciando a cualquier acción de cobro relacionada con la deuda cancelada. QUINTA: EXTINCIÓN DE GARANTÍAS Como efecto de la cancelación total, quedan sin efecto las garantías que respaldaban la obligación, autorizándose su levantamiento: [DESCRIPCION_GARANTIAS_A_LEVANTAR]. SEXTA: PAGOS PERIÓDICOS Si la deuda se pagó en cuotas, conforme al Art. 1230 del Código Civil, el recibo del pago de la última cuota hace presumir el pago de las anteriores, salvo reserva expresa del acreedor. SÉTIMA: BUENA FE Ambas partes declaran que este recibo se otorga de buena fe y refleja la cancelación real y efectiva de la obligación. En señal de conformidad, se firma en [CIUDAD] el [FECHA]. _______________________________ EL ACREEDOR [NOMBRE_ACREEDOR] DNI N° [DNI_ACREEDOR] _______________________________ EL DEUDOR [NOMBRE_DEUDOR] DNI N° [DNI_DEUDOR] Nota: Modelo referencial de modelo.pe. Conserva el comprobante de pago y, de ser posible, legaliza las firmas ante notario. Valida con un abogado colegiado.
Este recibo es el documento que firma el acreedor cuando el deudor termina de pagar, declarando que la deuda quedo totalmente cancelada y que ya no existe nada pendiente entre ellos. Para el deudor es oro puro, es su prueba de que cumplió y de que el acreedor no puede volver a cobrarle lo mismo. Para el acreedor, es la constancia ordenada del cierre de la obligación.
La declaración de no adeudo es la parte clave, una manifestación expresa de que no queda saldo, interés ni accesorio alguno por pagar. Cierra el capítulo y previene reclamos futuros.
Base legal peruana 2026
Se sustenta en el artículo 1220 del Código Civil, que define el pago como cumplimiento integro de la prestación, y en el artículo 1230 del Código Civil, que da al deudor el derecho a exigir el recibo de pago. La extinción de la obligación por pago está en los artículos 1220 a 1276 del Código Civil. La declaración de no adeudo opera además como renuncia a cobrar saldos, ligada a la libertad de las partes del artículo 1354 del Código Civil.
Cuándo usarlo
Úsalo al momento en que el deudor realiza el pago final de una deuda, de un préstamo, de un contrato cumplido o de cuotas saldadas. Es especialmente importante cuando hubo un compromiso de pago previo o un proceso de cobranza.
Cómo rellenarlo bien
- Identifica a acreedor y deudor con DNI o RUC.
- Detalla el origen de la deuda y el monto total que se cancela.
- Incluye la declaración expresa de que no queda saldo, interés ni concepto pendiente.
- Indica la fecha y el medio del pago final.
- Que lo firme el acreedor, que es quien declara recibida la cancelación, y de ser posible legaliza la firma.
Errores comunes
- Que lo firme solo el deudor. El que debe declarar el no adeudo es el acreedor.
- No mencionar intereses ni penalidades, dejando abierta la posibilidad de un reclamo posterior por esos conceptos.
- No conservar el recibo. Es la única prueba de que pagaste, guárdalo aunque hayan pasado años.
Preguntas frecuentes
Me protege contra un nuevo cobro de la misma deuda?
Sí. La declaración de no adeudo firmada por el acreedor impide que vuelva a cobrarte lo cancelado. Es tu mejor defensa frente a un cobro indebido.
Debe legalizarse ante notario?
No es obligatorio, pero la legalización de la firma le da fecha cierta y mayor valor probatorio si el acreedor luego niega haber recibido el pago.
Qué pasa si después aparece un saldo no incluido?
Si el recibo dice claramente que cancela el integro y declara no adeudo, el acreedor difícilmente podrá cobrar conceptos derivados de la misma obligación. Por eso conviene redactar el alcance con cuidado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recibo de cancelación total de deuda con declaración de no adeudo
¿El modelo de recibo de cancelación total de deuda con declaración de no adeudo es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recibo-de-cancelacion-total-de-deuda-con-declaracion-de-no-adeudo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recibo de cancelación total de deuda con declaración de no adeudo sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Reconocimiento de Deuda con Compromiso de Pago
Documento por el cual el deudor reconoce una obligación dineraria y se compromete a pagarla. Base legal: Art. 1205 y 1351 CC. Sirve como prueba escrita de la deuda.
Solicitud de Declaración de Abandono del Proceso
Modelo de escrito para solicitar la declaración de abandono del proceso por inactividad de más de cuatro meses en primera instancia (Art. 346 CPC).
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