Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal (Aduanero)
Apelación en materia aduanera elevada al Tribunal Fiscal contra resolución que resuelve la reclamación, conforme al Art. 145 y 146 del Código Tributario. Plazo de 15 días hábiles.
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL FISCAL SUMILLA: INTERPONE RECURSO DE APELACIÓN EN MATERIA ADUANERA SEÑOR INTENDENTE DE LA ADUANA DE [NOMBRE_ADUANA] - SUNAT (Para ser elevado al TRIBUNAL FISCAL) [NOMBRE_APELANTE], con [TIPO_DOC] N° [NUMERO_DOC] y RUC N° [NUMERO_RUC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Al amparo del Art. 145 del Código Tributario, interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra la Resolución de Intendencia N° [NUMERO_RESOLUCION], que declaró [SENTIDO_RESOLUCION] mi reclamación, a fin de que el Tribunal Fiscal la revoque. II. ACTO APELADO La resolución fue notificada el [FECHA_NOTIFICACION] y se vincula a la DAM N° [NUMERO_DAM] y a la deuda de [MONTO_DEUDA]. III. FUNDAMENTOS DE HECHO [DETALLE_HECHOS] IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 146 del Código Tributario establece que la apelación se interpone dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación, plazo que cumplo con el presente escrito. 2. La Administración Aduanera está obligada a elevar el expediente al Tribunal Fiscal conforme al Art. 145 del Código Tributario. 3. La resolución apelada vulnera el Art. 205 del D.Leg. 1053 (Ley General de Aduanas) al confirmar una determinación carente de sustento legal. 4. Se afecta el debido procedimiento previsto en el Art. IV del Título Preliminar del TUO de la Ley 27444. V. MEDIOS PROBATORIOS Ofrezco: [LISTA_PRUEBAS] POR TANTO: Pido elevar el recurso al Tribunal Fiscal y declarar fundada la apelación, revocando la resolución impugnada. PRIMER OTROSÍ: Adjunto los anexos [LISTA_ANEXOS]. SEGUNDO OTROSÍ: Señalo casilla electrónica [CASILLA_ELECTRONICA]. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_APELANTE] [TIPO_DOC]: [NUMERO_DOC]
Sobre este modelo de recurso de apelación ante el tribunal fiscal (aduanero)
Este modelo pertenece al área de Aduanero. Reclamaciones ante SUNAT-Aduanas: tercerías, devolución de tributos, recursos contra multas y resoluciones de determinación en operaciones de importación y exportación (D.Leg. 1053, LGA).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación ante el tribunal fiscal (aduanero)
¿Qué plazo tengo para reclamar a SUNAT-Aduanas?
20 días hábiles desde la notificación de la resolución de determinación, multa, comiso, o liquidación de cobranza (Art. 137 Código Tributario aplicable supletoriamente, concordado con la Ley General de Aduanas D.Leg. 1053). La apelación posterior va al Tribunal Fiscal en el mismo plazo de 15 días hábiles. Para tercerías de propiedad sobre mercancía incautada, la vía es administrativa o judicial según el estado del expediente.
¿Cómo solicito devolución de tributos pagados en exceso en una importación?
Mediante solicitud de devolución ante la Intendencia de Aduanas que tramitó la DAM, dentro de 4 años desde el pago indebido (Art. 43 Código Tributario). Se acompaña liquidación rectificada, copia de la DAM, comprobantes de pago, factura comercial y documentos que sustenten el error. Aprobado el pedido, SUNAT devuelve con intereses calculados a la TIM vigente.
¿El modelo de recurso de apelación ante el tribunal fiscal (aduanero) es gratis?
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¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación ante el tribunal fiscal (aduanero) sin revisar?
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