Recurso de Reclamación Aduanera ante SUNAT
Recurso de reclamación contra liquidación de tributos aduaneros o resolución de multa. Art. 155 de la Ley General de Aduanas (D.Leg. 1053).
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
EXPEDIENTE : [NÚMERO] SUMILLA : RECURSO DE RECLAMACIÓN ADUANERA SEÑOR INTENDENTE DE [ADUANA MARÍTIMA / AÉREA / DE FRONTERA] DEL CALLAO / [CIUDAD] SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA [NOMBRE_O_RAZÓN_SOCIAL], RUC N.° [RUC], domicilio fiscal en [DOMICILIO]; representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE], DNI N.° [DNI]; a Ud. digo: I. ACTO RECLAMADO Interpongo RECURSO DE RECLAMACIÓN contra [LIQUIDACIÓN DE TRIBUTOS / RESOLUCIÓN DE MULTA / RESOLUCIÓN DE DETERMINACIÓN] N.° [NÚMERO], notificada el [FECHA_NOTIFICACIÓN], por la suma de S/ [MONTO] / US$ [MONTO], correspondiente a la [DECLARACIÓN ADUANERA DE MERCANCÍAS (DAM) / DECLARACIÓN SIMPLIFICADA] N.° [NÚMERO], Régimen [IMPORTACIÓN DEFINITIVA / EXPORTACIÓN / ADMISIÓN TEMPORAL], relacionada con la mercancía: [DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA]. II. PLAZO El recurso se interpone dentro del plazo de [20] días hábiles de notificado el acto, conforme al artículo 155° del D.Leg. 1053 (LGA) y el artículo 137° del Código Tributario. III. FUNDAMENTOS PRIMERO: LA ADUANA APLICÓ INCORRECTAMENTE LA SUBPARTIDA NACIONAL: La aduana clasificó la mercancía en la subpartida [SUBPARTIDA_APLICADA] y aplicó el arancel del [PORCENTAJE]%. Sin embargo, la subpartida correcta es [SUBPARTIDA_CORRECTA] con arancel del [PORCENTAJE_CORRECTO]%, porque [ARGUMENTACIÓN TÉCNICA BASADA EN NOTAS EXPLICATIVAS DEL SA O CRITERIOS DEL TRIBUNAL FISCAL]. [O SEGÚN EL CASO:] PRIMERO: VALOR EN ADUANA INCORRECTO: La aduana ajustó el valor declarado de US$ [VALOR_DECLARADO] a US$ [VALOR_AJUSTADO], aplicando el Método [NÚMERO] del Acuerdo de Valoración de la OMC. Sin embargo, el valor declarado corresponde al precio realmente pagado conforme a la factura comercial adjunta y los registros contables. PRIMERO: MULTA IMPROCEDENTE: La multa impuesta por infracción del artículo [NÚMERO] de la LGA es improcedente porque [NO SE COMETIÓ LA INFRACCIÓN TIPIFICADA / LA CONDUCTA ES SUBSANABLE / SE ACTUÓ DE BUENA FE / EXISTE CAUSA EXCULPATORIA]. IV. SUSTENTO LEGAL - Artículo 155° del D.Leg. 1053 (LGA): recurso de reclamación aduanera. - D.S. 010-2009-EF: Reglamento de la LGA. - [ARANCEL DE ADUANAS / ACUERDO DE VALORACIÓN OMC / NORMA TÉCNICA ESPECÍFICA]. V. MEDIOS PROBATORIOS 1. DAM N.° [NÚMERO] y documentos adjuntos. 2. Factura comercial, packing list, conocimiento de embarque. 3. Informe técnico de clasificación arancelaria. 4. [OTROS DOCUMENTOS: análisis químico, catálogos técnicos, etc.]. POR TANTO: Admita el recurso y declárelo FUNDADO, dejando sin efecto el cobro por S/ [MONTO]. [CIUDAD], [FECHA] _________________________ _________________________ CONTRIBUYENTE / IMPORTADOR ABOGADO [NOMBRE] [NOMBRE_ABOGADO] RUC: [RUC] CAL N.°: [NÚMERO_CAL]
Cuando usar este modelo
Interpone este recurso de reclamación cuando la SUNAT emita una liquidación de tributos aduaneros o una resolución de multa en materia aduanera con la que no estés de acuerdo. La Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo 1053, remite en materia de recursos a las reglas del Código Tributario, que regula la reclamación como primera etapa del procedimiento contencioso tributario.
La reclamación es el medio para cuestionar en sede administrativa el acto de la Administración Aduanera antes de acudir al Tribunal Fiscal mediante la apelación.
Que datos necesitas
- Razón social, RUC y domicilio fiscal del reclamante.
- Identificación del acto reclamado: liquidación, multa o resolución.
- Fecha de notificación del acto para verificar el plazo.
- Fundamentos de hecho y de derecho que sustentan el reclamo.
- Medios probatorios y firma del abogado que autoriza el recurso.
Paso a paso
- Identifica el acto aduanero que reclamas y la fecha de su notificación.
- Verifica el plazo de veinte días hábiles para reclamar sin pago previo tratándose de valores.
- Redacta el recurso exponiendo los fundamentos de hecho y de derecho.
- Adjunta los medios probatorios que respalden tu posición.
- Presenta el recurso ante la intendencia de aduana que emitió el acto.
Errores comunes
- Dejar vencer el plazo y exponer la deuda a la cobranza coactiva.
- Reclamar sin fundamentar los hechos ni el derecho aplicable.
- Confundir la reclamación con la apelación ante el Tribunal Fiscal.
- No adjuntar la documentación aduanera que respalda el reclamo.
Preguntas frecuentes
¿Debo pagar la deuda antes de reclamar? Tratándose de valores como la liquidación de tributos, puedes reclamar dentro de los veinte días hábiles sin pago previo; vencido ese plazo, se exige acreditar el pago de la parte reclamada.
¿Qué sigue si la SUNAT declara infundada la reclamación? Puedes apelar ante el Tribunal Fiscal, que resuelve en segunda instancia administrativa.
¿Necesito abogado? El recurso debe estar autorizado por abogado, ya que exige una fundamentación jurídica adecuada.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de reclamación aduanera ante sunat
¿El modelo de recurso de reclamación aduanera ante sunat es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-reclamacion-aduanera-ante-sunat/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de reclamación aduanera ante sunat sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Recurso de Reclamación ante SUNAT-Aduanas
Recurso de reclamación contra acto reclamable de la Administración Aduanera, conforme al Art. 205 del D.Leg. 1053 y el Art. 132 del Código Tributario. Plazo de 20 días hábiles.
Recurso de Reconsideración por Sanción Aduanera
Recurso de reconsideración contra una sanción aduanera de multa, conforme al Art. 218 del TUO de la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General). Plazo de 15 días hábiles.
Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal sobre Resolución Aduanera
Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal sobre resolución de la intendencia de aduanas que confirma reclamación conforme al Art. 145 del TUO del Código Tributario.
Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal (Aduanero)
Apelación en materia aduanera elevada al Tribunal Fiscal contra resolución que resuelve la reclamación, conforme al Art. 145 y 146 del Código Tributario. Plazo de 15 días hábiles.
Solicitud de Rectificación de Declaración Aduanera (DAM)
Solicitud de rectificación de la Declaración Aduanera de Mercancías ante SUNAT, conforme al Art. 136 del D.Leg. 1053 y los Arts. 195 y 196 de su Reglamento D.S. 010-2009-EF.
Solicitud de Fraccionamiento de Deuda Aduanera
Solicitud de fraccionamiento de la deuda tributaria aduanera ante SUNAT, conforme al Art. 36 del Código Tributario y el Art. 150 del D.Leg. 1053 (Ley General de Aduanas).
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras