Recurso de Revisión ante el Consejo de Minería contra Resolución de la DREM
Recurso de revisión para que el Consejo de Minería revise y revoque una resolución de la Dirección Regional de Energía y Minas que causa agravio al administrado minero.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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RECURSO DE REVISIÓN ANTE EL CONSEJO DE MINERÍA SUMILLA: Interpone recurso de revisión contra la Resolución Directoral Regional N.° [NUMERO_DE_RESOLUCION_IMPUGNADA]. SEÑOR DIRECTOR REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE [REGION] (Para su elevación al Consejo de Minería) [NOMBRE_DEL_RECURRENTE], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_RECURRENTE], con RUC N.° [RUC_DEL_RECURRENTE], titular del derecho minero [NOMBRE_DEL_DERECHO_MINERO], con código único N.° [CODIGO_UNICO], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica [CASILLA_ELECTRONICA], en el Expediente N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE], ante usted respetuosamente me presento y digo: I. PETITORIO Interpongo RECURSO DE REVISIÓN contra la Resolución Directoral Regional N.° [NUMERO_DE_RESOLUCION_IMPUGNADA], de fecha [FECHA_DE_LA_RESOLUCION], notificada el [FECHA_DE_NOTIFICACION], que [CONTENIDO_DE_LA_RESOLUCION], a fin de que el Consejo de Minería la revoque y, reformándola, declare [PRETENSION_CONCRETA]. II. OPORTUNIDAD DEL RECURSO El presente recurso se interpone dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación del acto impugnado, conforme al TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y a las normas del procedimiento minero. III. AGRAVIOS Y FUNDAMENTOS DE HECHO 1. La resolución impugnada me causa agravio porque [DESCRIPCION_DEL_AGRAVIO_PRINCIPAL]. 2. La autoridad regional no valoró [MEDIO_PROBATORIO_NO_VALORADO], presentado el [FECHA_DE_PRESENTACION], que acredita de manera directa [HECHO_QUE_ACREDITA]. 3. Asimismo, la resolución incurre en motivación aparente, pues se limita a citar normas sin explicar su aplicación al caso concreto, vulnerando el debido procedimiento administrativo. IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N.° 014-92-EM, establece que el Consejo de Minería es la última instancia administrativa en los procedimientos mineros y conoce, entre otros, de los recursos de revisión. 2. El TUO de la Ley N.° 27444 reconoce el derecho de contradicción de los actos administrativos que se estiman violatorios de derechos o intereses legítimos, y exige que toda resolución se encuentre debidamente motivada. 3. El principio de verdad material obliga a la autoridad a verificar plenamente los hechos antes de resolver. V. ANEXOS 1-A: Copia de la resolución impugnada y de su constancia de notificación. 1-B: [DOCUMENTO_PROBATORIO_QUE_SE_ADJUNTA]. 1-C: Comprobante de pago por derecho de trámite. 1-D: Copia del DNI del recurrente y, de ser el caso, vigencia de poder. POR LO EXPUESTO: Solicito admitir el presente recurso, elevar los actuados al Consejo de Minería y, en su oportunidad, revocar la resolución impugnada conforme a lo pedido. OTROSÍ DIGO: Solicito el uso de la palabra para informar oralmente ante el Consejo de Minería en la vista de la causa. [CIUDAD], [FECHA] _____________________________ [NOMBRE_DEL_RECURRENTE] DNI N.° [DNI_DEL_RECURRENTE]
Cuándo usar este modelo
Usa este recurso cuando una Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas emite una resolución que te perjudica como administrado minero, deniega tu autorización de inicio de actividades, declara improcedente un pedido, te excluye de un procedimiento o impone una obligación, y quieres que la última instancia administrativa del sector revise el caso. El Consejo de Minería es el órgano del MINEM que resuelve en definitiva los procedimientos mineros; agotar esta vía es requisito para acudir después al proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial.
Marco legal en el Perú
El Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N.° 014-92-EM, regula al Consejo de Minería como última instancia administrativa en asuntos mineros y contempla el recurso de revisión contra las resoluciones expedidas por los órganos regionales competentes. Supletoriamente rige el TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que fija en quince días hábiles el plazo general para recurrir y exige que el acto impugnado sea motivado y notificado válidamente. El recurso se presenta ante la autoridad que emitió la resolución, la cual eleva el expediente al Consejo.
Cómo completar la plantilla
Trabaja primero la constancia de notificación para verificar que estás dentro del plazo; ese dato define la admisibilidad. Después completa los corchetes revisando lo siguiente:
- Identifica con precisión la resolución impugnada: número, fecha de emisión y fecha de notificación.
- Formula una pretensión concreta: qué debe declarar el Consejo al revocar o reformar el acto.
- Ordena los agravios de mayor a menor peso: prueba no valorada, motivación aparente, norma mal aplicada.
- Adjunta el comprobante del derecho de trámite y la vigencia de poder si actúas por una empresa.
- Considera pedir el uso de la palabra: el informe oral ante el Consejo suele marcar la diferencia.
Preguntas frecuentes
¿La revisión suspende la ejecución de la resolución impugnada?
Como regla general, la interposición del recurso no suspende la ejecución del acto, salvo que la autoridad disponga lo contrario ante un posible perjuicio irreparable. Si la resolución te obliga a paralizar o ejecutar algo de inmediato, incluye un pedido expreso y fundamentado de suspensión de los efectos del acto, acreditando el daño que sufrirías durante el trámite.
¿Qué pasa si el Consejo de Minería confirma la resolución?
Con la resolución del Consejo queda agotada la vía administrativa. Desde su notificación corre el plazo para demandar la nulidad del acto en el proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial, que en general es de tres meses. Conviene solicitar copias certificadas del expediente apenas se notifique la resolución final para preparar la demanda sin contratiempos.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de revisión ante el consejo de minería contra resolución de la drem
¿El modelo de recurso de revisión ante el consejo de minería contra resolución de la drem es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-revision-ante-el-consejo-de-mineria-contra-resolucion-de-la-drem/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de revisión ante el consejo de minería contra resolución de la drem sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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