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Cooperativas

Reglamento de Comité de Educación Cooperativa

Reglamento interno del Comité de Educación Cooperativa, órgano de constitución obligatoria conforme al artículo 74 del TUO de la Ley General de Cooperativas, financiado con un porcentaje de los excedentes destinado a capacitación y difusión de los principios cooperativos.

Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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REGLAMENTO DEL COMITÉ DE EDUCACIÓN COOPERATIVA DE LA COOPERATIVA [NOMBRE_COOPERATIVA]

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objeto. El presente reglamento regula la organización, funciones y financiamiento del Comité de Educación Cooperativa de la Cooperativa [NOMBRE_COOPERATIVA], constituido en cumplimiento del artículo 74 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, que obliga a las cooperativas a destinar un porcentaje de sus excedentes a la educación cooperativa de sus socios, dirigentes y trabajadores.

Artículo 2.- Naturaleza. El Comité de Educación Cooperativa es un órgano de apoyo, dependiente funcionalmente del Consejo de Administración, encargado de planificar, ejecutar y evaluar las actividades de formación y difusión del cooperativismo dentro de la institución.

CAPÍTULO II - CONFORMACIÓN Y DURACIÓN

Artículo 3.- Conformación. El Comité de Educación Cooperativa está integrado por [NUMERO_MIEMBROS_COMITE] miembros, elegidos por la Asamblea General o designados por el Consejo de Administración conforme lo determine el estatuto, debiendo integrarlo un Presidente, un Secretario y [NUMERO_VOCALES_COMITE_EDUCACION] vocal(es).

Artículo 4.- Duración del mandato. Los miembros del Comité ejercen el cargo por un periodo de [PERIODO_MANDATO_COMITE], pudiendo ser reelegidos conforme al estatuto social.

CAPÍTULO III - FUNCIONES

Artículo 5.- Son funciones del Comité de Educación Cooperativa:

a) Elaborar el Plan Anual de Educación Cooperativa, que incluya programas dirigidos a socios, delegados, dirigentes y trabajadores.
b) Administrar el fondo de educación cooperativa, constituido con el [PORCENTAJE_EXCEDENTES]% de los excedentes del ejercicio, conforme lo apruebe la Asamblea General.
c) Organizar cursos, talleres, charlas y materiales de difusión sobre los principios y valores del cooperativismo, la normativa aplicable y el funcionamiento institucional.
d) Promover la formación de nuevos dirigentes y la actualización de los actuales.
e) Presentar informes periódicos de su gestión al Consejo de Administración y un informe anual a la Asamblea General.

CAPÍTULO IV - FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN PRESUPUESTAL

Artículo 6.- El fondo de educación cooperativa se constituye anualmente con cargo a los excedentes del ejercicio, según el porcentaje que fije la Asamblea General en aplicación del artículo 74 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, y se ejecuta conforme al presupuesto aprobado para el Plan Anual de Educación Cooperativa.

Artículo 7.- El Comité rendirá cuenta documentada de la ejecución del fondo ante el Consejo de Administración de manera [PERIODICIDAD_RENDICION_CUENTAS].

CAPÍTULO V - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 8.- El presente reglamento entra en vigencia a partir de su aprobación por [ORGANO_APROBADOR] y podrá ser modificado siguiendo el mismo procedimiento.

Aprobado en [LUGAR], a los [FECHA].

_______________________________
[PRESIDENTE_CONSEJO]
Presidente del Consejo de Administración

_______________________________
[PRESIDENTE_COMITE_EDUCACION]
Presidente del Comité de Educación Cooperativa

Cuándo usar este modelo

Este modelo se usa cuando una cooperativa necesita formalizar el funcionamiento de su Comité de Educación Cooperativa, órgano de constitución obligatoria conforme al artículo 74 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, que exige destinar un porcentaje de los excedentes del ejercicio a la educación cooperativa de socios, dirigentes y trabajadores. No corresponde usarlo como sustituto del acta de elección de los miembros del Comité, que es un documento distinto centrado en el acto electoral y no en las reglas de funcionamiento del órgano.

Qué datos necesitas

Antes de completar el reglamento define: el número de miembros que integrarán el Comité y su periodo de mandato, el porcentaje de excedentes que la Asamblea General destinará al fondo de educación cooperativa, la periodicidad de la rendición de cuentas del Comité ante el Consejo de Administración, y el órgano que aprobará formalmente el reglamento (Consejo de Administración o Asamblea General, según lo determine el estatuto).

Paso a paso

1) Revisa el estatuto social para confirmar cómo se conforma y a quién reporta el Comité de Educación Cooperativa en tu cooperativa. 2) Completa el reglamento con el número de miembros, funciones y porcentaje del fondo de educación. 3) Somete el proyecto de reglamento a la aprobación del órgano competente. 4) Una vez aprobado, elabora el primer Plan Anual de Educación Cooperativa con cargo al fondo constituido. 5) Establece un cronograma de rendición de cuentas periódica ante el Consejo de Administración y, anualmente, ante la Asamblea General.

Errores comunes

No fijar expresamente el porcentaje de excedentes destinado al fondo de educación, dejando la asignación a decisiones discrecionales de cada ejercicio. Diseñar un Plan Anual de Educación Cooperativa genérico, sin diferenciar actividades para socios, dirigentes y trabajadores, cuando cada grupo tiene necesidades formativas distintas. Omitir la rendición de cuentas periódica del fondo, lo que dificulta el control por parte del Consejo de Vigilancia. Confundir las funciones del Comité de Educación con las de capacitación operativa del personal, que corresponden a la gerencia y no a este órgano.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio tener un Comité de Educación Cooperativa? Sí, el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas obliga a las cooperativas a destinar excedentes a la educación cooperativa, lo que en la práctica se canaliza a través de este Comité u órgano equivalente. ¿Quién administra el fondo de educación? El propio Comité, bajo la supervisión del Consejo de Administración y el control del Consejo de Vigilancia. ¿El fondo puede usarse para otros fines distintos a la capacitación? No, debe destinarse específicamente a actividades de educación y difusión cooperativa conforme al Plan Anual aprobado.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento de comité de educación cooperativa

¿El modelo de reglamento de comité de educación cooperativa es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-de-comite-de-educacion-cooperativa/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de reglamento de comité de educación cooperativa sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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