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Mascotas

Reglamento Interno de Convivencia con Mascotas en Edificio o Condominio

Reglamento interno para regular la tenencia de mascotas en edificios y condominios, conforme a la Ley 27157 y su Reglamento D.S. 035-2006-VIVIENDA, la Ley 30407 art. 22 y el art. 961 CC.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA CON MASCOTAS EN EL EDIFICIO O CONDOMINIO [NOMBRE_EDIFICIO]

La Junta de Propietarios del edificio o condominio [NOMBRE_EDIFICIO], ubicado en [DIRECCION_EDIFICIO], distrito de [DISTRITO_EDIFICIO], en uso de las facultades que le otorgan la Ley 27157 y su Reglamento D.S. 035-2006-VIVIENDA, aprueba el presente reglamento de convivencia con mascotas.

ARTÍCULO 1. OBJETO
Regular la tenencia y circulación de mascotas dentro del edificio o condominio, armonizando el derecho de cada propietario con la tranquilidad y seguridad de los demás, conforme al artículo 961 del Código Civil y a la tenencia responsable del artículo 22 de la Ley 30407.

ARTÍCULO 2. ANIMALES PERMITIDOS
Se permite la tenencia de mascotas domésticas en las unidades de propiedad exclusiva. El propietario de un can potencialmente peligroso deberá registrarlo conforme a la Ley 27596.

ARTÍCULO 3. CIRCULACIÓN EN ÁREAS COMUNES
1. Toda mascota debe transitar por las áreas comunes con correa y bajo control de una persona responsable.
2. Los canes potencialmente peligrosos deben circular con correa y bozal.
3. El uso de ascensores se realizará conforme a lo dispuesto por la Junta en [REGLA_ASCENSOR].

ARTÍCULO 4. HIGIENE
El propietario o tenedor de la mascota debe recoger de inmediato las heces y limpiar cualquier suciedad que esta genere en áreas comunes, bajo apercibimiento de la sanción prevista en este reglamento.

ARTÍCULO 5. RUIDOS Y MOLESTIAS
No se permiten ladridos, ruidos u olores que excedan la tolerancia que mutuamente se deben los vecinos, conforme al artículo 961 del Código Civil. El propietario adoptará medidas para evitar molestias reiteradas.

ARTÍCULO 6. RESPONSABILIDAD
El propietario de la mascota responde por los daños que esta cause a personas, bienes u otras mascotas, conforme al artículo 1979 del Código Civil.

ARTÍCULO 7. SANCIONES
El incumplimiento de este reglamento se sanciona de forma gradual. La primera vez corresponde amonestación escrita. En caso de reincidencia se aplica una multa de S/ [MONTO_MULTA]. De persistir el incumplimiento, la Junta adoptará las acciones que acuerde conforme a la Ley 27157.

ARTÍCULO 8. VIGENCIA
Este reglamento entra en vigencia desde su aprobación en Junta de Propietarios celebrada el [FECHA_APROBACION] y es obligatorio para todos los propietarios, inquilinos y ocupantes.

[LUGAR_FECHA]

_______________________________
Presidente de la Junta de Propietarios
[NOMBRE_PRESIDENTE]
DNI N° [DNI_PRESIDENTE]

Nota útil: modelo referencial de modelo.pe. Adapta los artículos a tu reglamento interno y apruébalo en Junta de Propietarios con el quórum que exige la Ley 27157. Consulta con un abogado.

Este modelo es un reglamento o adenda de convivencia con mascotas para edificios y condominios bajo el régimen de propiedad exclusiva y común. Su finalidad es establecer reglas claras y equilibradas que permitan a los propietarios tener animales de compañía respetando a los demás vecinos: uso de áreas comunes, traslado en ascensores, limpieza de desechos, control de ruidos y responsabilidad por daños. Un buen reglamento previene conflictos, evita prohibiciones arbitrarias y da seguridad tanto a quienes tienen mascotas como a quienes no, fijando obligaciones razonables aprobadas por la junta de propietarios.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo impulsa la junta de propietarios o la administración del edificio. Conviene usarlo cuando el edificio no tiene reglas sobre mascotas y surgen conflictos, cuando se quiere modernizar un reglamento antiguo, o cuando se busca evitar prohibiciones absolutas que afectan el derecho de los propietarios. Es la herramienta adecuada para equilibrar la tenencia responsable de mascotas con la tranquilidad y la higiene de las áreas comunes. Debe ser aprobado por la junta de propietarios conforme a las mayorías que exige el reglamento interno general.

Base legal

El sustento está en la Ley 27157 y su Texto Único Ordenado del Reglamento (D.S. 035-2006-VIVIENDA), que regula el régimen de propiedad exclusiva y común y atribuye a la junta de propietarios y al reglamento interno la fijación de las normas de convivencia y el uso de las áreas comunes. La tenencia responsable de animales de compañía se ampara en la Ley 30407, de Protección y Bienestar Animal, y la Ley 27596, que regula la crianza y tenencia de canes. Los atributos de propiedad de cada unidad se reconocen en el artículo 923 del Código Civil, por lo que el reglamento debe regular sin prohibir de forma arbitraria.

Qué datos y documentos necesitas

  • El nombre y la dirección del edificio o condominio.
  • El reglamento interno general vigente al que se incorpora esta norma.
  • El listado de áreas comunes y sus reglas de uso.
  • Las obligaciones de los dueños de mascotas: limpieza, uso de correa, control de ruidos.
  • El régimen de responsabilidad por daños causados por las mascotas.
  • Las eventuales sanciones por incumplimiento y el procedimiento para aplicarlas.
  • El acta de la junta de propietarios que aprueba el reglamento.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Elabora el proyecto de reglamento con reglas razonables y equilibradas para dueños y vecinos.
  2. Convoca a la junta de propietarios para discutir y aprobar el reglamento, respetando las mayorías exigidas.
  3. Registra la aprobación en el acta de la junta, que es el documento que da validez a la norma.
  4. Difunde el reglamento aprobado a todos los propietarios e inquilinos.
  5. Designa a la administración como responsable de su cumplimiento y del procedimiento de sanciones.
  6. De ser conveniente, inscribe la modificación del reglamento interno en Registros Públicos para mayor oponibilidad.

Errores comunes a evitar

  • Aprobar reglas sin convocar válidamente a la junta de propietarios.
  • Establecer una prohibición absoluta de mascotas, que puede ser impugnada por afectar el derecho de propiedad.
  • Fijar sanciones sin un procedimiento claro y proporcional.
  • No difundir el reglamento, lo que dificulta exigir su cumplimiento.

Preguntas frecuentes

¿El reglamento puede prohibir las mascotas?

Puede regular su tenencia y el uso de áreas comunes, pero una prohibición absoluta es jurídicamente discutible porque afecta los atributos de propiedad del artículo 923 del Código Civil. Lo recomendable son reglas de convivencia, no prohibiciones totales.

¿Qué mayoría se necesita para aprobarlo?

La modificación del reglamento interno se aprueba en junta de propietarios con las mayorías que establece la Ley 27157 y el propio reglamento general del edificio.

¿Conviene inscribirlo en Registros Públicos?

Sí, inscribir la modificación del reglamento interno le da oponibilidad frente a terceros y a futuros propietarios, lo que refuerza su cumplimiento.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento interno de convivencia con mascotas en edificio o condominio

¿El modelo de reglamento interno de convivencia con mascotas en edificio o condominio es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-interno-de-convivencia-con-mascotas-en-edificio-o-condominio/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de reglamento interno de convivencia con mascotas en edificio o condominio sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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