Renuncia de Legado por Escritura Pública
Minuta para que el legatario renuncie de manera total e incondicional al legado dejado en testamento, conforme a los artículos 674 y 675 del Código Civil.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
MINUTA DE RENUNCIA DE LEGADO POR ESCRITURA PÚBLICA SEÑOR NOTARIO DE [CIUDAD]: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de RENUNCIA DE LEGADO que otorga [NOMBRE_LEGATARIO], identificado(a) con DNI N° [DNI_LEGATARIO], de estado civil [ESTADO_CIVIL], de ocupación [OCUPACION], con domicilio en [DOMICILIO_LEGATARIO], en los términos siguientes: PRIMERO: ANTECEDENTES 1.1. Mediante testamento otorgado por escritura pública de fecha [FECHA_TESTAMENTO], extendido ante el notario [NOMBRE_NOTARIO_TESTAMENTO] e inscrito en la Partida N° [PARTIDA_TESTAMENTO] del Registro de Testamentos, el causante [NOMBRE_CAUSANTE] instituyó a favor del otorgante un legado consistente en [DESCRIPCION_LEGADO]. 1.2. El causante falleció el [FECHA_FALLECIMIENTO] en la ciudad de [LUGAR_FALLECIMIENTO], conforme consta en el acta de defunción correspondiente. SEGUNDO: RENUNCIA Por el presente instrumento, el otorgante declara su voluntad libre y espontánea de RENUNCIAR de manera total, expresa e incondicional al legado descrito en la cláusula precedente, sin reserva alguna, dejando constancia de que no ha aceptado el legado de manera expresa ni tácita, y que la presente renuncia no se realiza en fraude de sus acreedores. TERCERO: EFECTOS Como consecuencia de la renuncia, el bien o derecho legado seguirá el destino que corresponda conforme al testamento y a las normas del Libro IV del Código Civil, reintegrándose a la masa hereditaria de ser el caso. CUARTO: BASE LEGAL La presente renuncia se otorga al amparo de los artículos 674 y 675 del Código Civil, que facultan a renunciar herencias y legados y exigen que la renuncia conste en escritura pública o acta ante el juez. QUINTO: GASTOS Los gastos notariales y registrales que origine la presente escritura serán asumidos por [RESPONSABLE_GASTOS]. Agregue usted, señor Notario, las demás cláusulas de ley y curse los partes al registro correspondiente. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_LEGATARIO] DNI N° [DNI_LEGATARIO]
¿Qué es y para qué sirve?
Es la minuta con la que un legatario rechaza formalmente el legado que un testador dejó a su favor: un inmueble, una suma de dinero, joyas u otro bien determinado.
¿Quién lo presenta y cuándo?
La otorga el legatario que no desea recibir el legado, ante notario, después del fallecimiento del testador y antes de haber aceptado el legado de manera expresa o tácita.
Base legal
Los artículos 674 y 675 del Código Civil permiten renunciar herencias y legados a quien tiene la libre disposición de sus bienes y exigen escritura pública o acta ante el juez. Los efectos del legado y su ineficacia se rigen por el Libro IV del Código Civil.
¿Qué datos necesitas?
- DNI y datos personales del legatario
- Datos del testamento (notaría, fecha y partida del Registro de Testamentos)
- Descripción exacta del legado que se renuncia
- Acta de defunción del causante
- Declaración de no haber aceptado el legado
- Quién asumirá los gastos notariales
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Verifica en el testamento la descripción exacta del legado.
- Reúne el acta de defunción y la partida del Registro de Testamentos.
- Redacta la minuta con la renuncia total e incondicional.
- Firma la minuta con autorización de abogado y preséntala a la notaría.
- Suscribe la escritura pública de renuncia.
- Solicita el testimonio y, de ser el caso, la inscripción registral.
Errores comunes
- Renunciar solo a una parte del legado o sujetar la renuncia a condiciones.
- Renunciar después de haber usado o dispuesto del bien legado.
- No identificar el testamento y su partida registral.
- Creer que la renuncia al legado implica renunciar también a la herencia, si además se es heredero.
¿Puedo renunciar al legado y aceptar la herencia?
Sí. Herencia y legado son llamamientos distintos; puede aceptarse uno y renunciarse el otro.
¿A quién pasa el bien legado si renuncio?
Sigue lo dispuesto en el testamento (sustitutos, acrecimiento) o se reintegra a la masa hereditaria según el Libro IV del Código Civil.
¿La renuncia del legado paga impuestos?
La renuncia pura y simple no transfiere el bien al renunciante; consulta el tratamiento tributario específico con la municipalidad o la SUNAT según el caso.
¿Puedo renunciar por medio de un apoderado?
Sí, con poder especial por escritura pública que contenga la facultad expresa de renunciar.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de renuncia de legado por escritura pública
¿El modelo de renuncia de legado por escritura pública es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/renuncia-de-legado-por-escritura-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de renuncia de legado por escritura pública sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Demanda de Otorgamiento de Escritura Pública
Demanda para obligar al vendedor/transferente a suscribir la escritura pública de transferencia. Art. 1412 CC, Art. 505 CPC.
Poder Especial por Escritura Pública para Renunciar a una Herencia
Minuta de poder especial con facultad expresa para que un apoderado renuncie a una herencia en nombre del poderdante, conforme a los artículos 156 y 675 del Código Civil.
Escritura de Constitución de Hipoteca
Minuta para escritura pública de constitución de hipoteca sobre bien inmueble. Art. 1097 al 1122 CC.
Demanda de Cumplimiento de Cargo en Donación o Legado (Modo)
Modelo de demanda para exigir el cumplimiento del cargo o modo impuesto en una liberalidad, conforme al Art. 185 del Código Civil. Word editable Perú.
Carta de Renuncia a Junta Directiva
Carta de un miembro del consejo directivo o junta directiva de una asociación o junta de propietarios que comunica su renuncia al cargo, conforme al Art. 86 del Código Civil.
Demanda de Reducción de Disposiciones Testamentarias por Exceso sobre la Porción Disponible (Legado Inoficioso)
Demanda para reducir legados y disposiciones testamentarias que exceden la porción de libre disposición y lesionan la legítima, conforme a los Arts. 770 y 771 del Código Civil.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras