Solicitud de Adopción Administrativa de Menor Declarado en Desprotección Familiar
Modelo de solicitud de adopción de menor con adoptabilidad ante la DGA del MIMP, conforme a la Ley 30311, el Art. 115 del CNA y el D.S. 010-2018-MIMP.
Actualizado al 25 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE ADOPCIÓN ADMINISTRATIVA DE MENOR DE EDAD SUMILLA: SOLICITO INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN SEÑOR DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADOPCIONES DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES [NOMBRE_SOLICITANTE_UNO], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE_UNO], y [NOMBRE_SOLICITANTE_DOS], identificada con DNI N° [DNI_SOLICITANTE_DOS], cónyuges con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTES], ante usted respetuosamente decimos: I. PETITORIO Solicitamos ser declarados aptos como familia adoptiva y, una vez designados, adoptar al menor [NOMBRE_MENOR] de [EDAD_MENOR] años de edad, quien cuenta con declaración de adoptabilidad por encontrarse en situación de desprotección familiar y con resolución de adoptabilidad firme. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Somos una pareja conyugal idónea, con estabilidad emocional y económica, conforme acreditamos con los documentos que adjuntamos. 2. Reunimos los requisitos para adoptar: gozamos de solvencia moral, plena capacidad y una diferencia de edad razonable con el menor. 3. Hemos aprobado o estamos dispuestos a aprobar la evaluación integral (psicológica, social y legal) que realiza la Dirección General de Adopciones. 4. El menor [NOMBRE_MENOR] cuenta con declaración de adoptabilidad, por lo que se encuentra apto para integrarse a una familia adoptiva. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. La Ley 30311 permite la adopción de niñas, niños y adolescentes declarados en situación de adoptabilidad y precisa quiénes pueden adoptar. 2. El Art. 115 del Código de los Niños y Adolescentes define la adopción como una medida de protección que establece de modo irrevocable la relación paterno filial entre el adoptante y el adoptado. 3. El Decreto Supremo 010-2018-MIMP aprobó el reglamento de la ley de procedimiento administrativo de adopción de menores de edad declarados en desprotección familiar, que rige la actuación de la Dirección General de Adopciones. IV. DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAMOS 1. Copia de nuestros DNI. 2. Partida de matrimonio. 3. Certificados de antecedentes penales, judiciales y policiales. 4. Certificados médicos y psicológicos. 5. Documentos que acreditan ingresos y vivienda. 6. [OTROS_DOCUMENTOS]. V. DECLARACIÓN Declaramos bajo juramento que la información proporcionada es veraz y que aceptamos las evaluaciones y el seguimiento posadoptivo dispuestos por la autoridad. POR TANTO: Solicitamos admitir esta solicitud e iniciar el procedimiento administrativo de adopción. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE_UNO] DNI N° [DNI_SOLICITANTE_UNO] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE_DOS] DNI N° [DNI_SOLICITANTE_DOS]
La solicitud de adopción administrativa de menor declarado en desprotección familiar es el procedimiento ante la Dirección de Adopciones del MIMP, mediante el cual una familia previamente declarada apta adopta a un niño, niña o adolescente que ha sido judicialmente declarado en desprotección familiar. Es la vía oficial y gratuita de adopción en el Perú.
¿Quién la presenta y cuándo conviene usarla?
La presenta la persona o pareja previamente declarada apta para adoptar luego de evaluación psicosocial y legal por el MIMP. Conviene cuando se quiere adoptar de manera segura, sin riesgo de impugnaciones futuras, porque el menor ya tiene situación jurídica clara: ningún padre biológico puede reclamarlo después. No se debe confundir con la adopción por excepción del juez de familia.
Base legal vigente 2026
El sustento principal está en el Decreto Legislativo 1297, modificado por el Decreto Legislativo 1408, sobre Protección de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales o en Riesgo de Perderlos, y su Reglamento aprobado por DS 001-2018-MIMP. Complementan la Ley 26981, Ley de Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono, y los artículos 377 al 385 del Código Civil sobre la adopción. La autoridad competente es la Dirección General de Adopciones (DGA) del MIMP.
Datos y documentos que necesitas tener a la mano
- Declaratoria de aptitud emitida por la DGA del MIMP, vigente.
- DNI de los solicitantes y, si son casados, partida de matrimonio.
- Certificado médico, psicológico y de antecedentes penales y policiales.
- Certificados de ingresos: boletas, recibos por honorarios o declaración jurada de renta.
- Domicilio acreditado con recibo de servicios o título de propiedad.
- Resolución judicial que declara al menor en desprotección familiar y susceptible de adopción.
- Informes psicosociales del menor entregados por la DGA.
Cómo presentarla paso a paso
- Inscríbete en el Registro de Adoptantes de la DGA del MIMP y aprueba los talleres formativos obligatorios.
- Pasa por la evaluación psicosocial y legal, y obtén la Declaratoria de Aptitud.
- Espera la designación del menor cuyo perfil coincide con el tuyo. La DGA realiza un emparejamiento dirigido.
- Acepta la designación y participa de la etapa de empatía y convivencia preadoptiva con el menor.
- La DGA emite la Resolución Administrativa de Adopción, que tiene efectos plenos de filiación.
- Inscribe la resolución en el RENIEC para emitir nueva partida de nacimiento del menor con tus apellidos.
Errores comunes a evitar
- Iniciar contacto directo con la madre biológica fuera del MIMP. Eso es entrega directa, no adopción, y está prohibido salvo en adopción por excepción.
- No mantener actualizados los documentos durante la espera. La aptitud caduca y debe renovarse.
- Confundir adopción administrativa con tenencia o guarda. La adopción rompe vínculo con la familia biológica, la tenencia no.
- Omitir los talleres obligatorios del MIMP. Sin ellos no se aprueba la aptitud.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto demora el proceso completo?
Conforme a los plazos del DL 1297 y su reglamento, la evaluación previa toma entre 6 y 12 meses, y la designación depende de la oferta de menores y el perfil del solicitante. En promedio, el ciclo completo va de 18 meses a 3 años.
¿Pueden adoptar personas solteras o parejas convivientes?
Sí. El artículo 378 del Código Civil y el artículo 121 del DL 1297 admiten a personas solteras, casadas y convivientes con unión de hecho reconocida (artículo 326 del CC), siempre que sean declaradas aptas.
¿Qué pasa si me arrepiento durante la etapa de empatía?
El reglamento del DL 1297 permite el desistimiento durante la convivencia preadoptiva sin sanción, pero impide volver a postular de inmediato. La DGA reincorpora al menor al sistema de protección.
¿La adopción genera derechos hereditarios completos?
Sí. Conforme al artículo 377 del Código Civil, la adopción otorga al adoptado la condición de hijo del adoptante con todos los derechos sucesorios y patrimoniales, y se rompe el vínculo con la familia biológica salvo impedimentos matrimoniales.
Cómo presentar solicitud de adopción administrativa de menor declarado en desprotección familiar: paso a paso
- Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
- Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
- Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
- Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de adopción administrativa de menor declarado en desprotección familiar
¿El modelo de solicitud de adopción administrativa de menor declarado en desprotección familiar es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-adopcion-administrativa-de-menor-declarado-en-desproteccion-familiar/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de adopción administrativa de menor declarado en desprotección familiar sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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