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Arbitraje

Solicitud de Conciliación Extrajudicial sobre Régimen de Visitas

Solicitud de conciliación extrajudicial para acordar el régimen de visitas de un hijo menor, materia conciliable conforme a la Ley 26872, Ley de Conciliación.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Señor(a) Conciliador(a) del Centro de Conciliación [NOMBRE_CENTRO_CONCILIACION]

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], solicito iniciar procedimiento conciliatorio y expongo:

I. INVITADO(A)
Solicito invitar a conciliar a [NOMBRE_INVITADO], con domicilio en [DOMICILIO_INVITADO], progenitor(a) de nuestro(a) hijo(a) [NOMBRE_HIJO], nacido(a) el [FECHA_NACIMIENTO_HIJO].

II. HECHOS
1. Somos padres del(de la) menor [NOMBRE_HIJO], quien actualmente reside con [PERSONA_CON_QUIEN_VIVE].
2. No existe un régimen de visitas acordado que permita al(a la) progenitor(a) que no ejerce la tenencia mantener contacto regular con el(la) menor.
3. Resulta necesario establecer un régimen de visitas que resguarde el interés superior del(de la) menor.

III. PRETENSIÓN
Solicito conciliar un régimen de visitas a favor de [BENEFICIARIO_VISITAS], que comprenda [PROPUESTA_REGIMEN_VISITAS], considerando siempre el bienestar del(de la) menor.

IV. FUNDAMENTO
La presente se ampara en la Ley 26872, Ley de Conciliación, aplicable a materias de familia conciliables como el régimen de visitas.

V. ANEXOS
- Copia de mi documento de identidad.
- Copia de la partida de nacimiento del(de la) menor.
- [ANEXO_ADICIONAL].

Por lo expuesto, solicito admitir la presente e invitar al(a la) emplazado(a) a la audiencia.

[LUGAR], [FECHA]


_______________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

BASE LEGAL
- Ley N.° 26872, Ley de Conciliación, y su Reglamento (la conciliación extrajudicial es requisito de procedibilidad para las materias del artículo 9 de la ley).
- Código de los Niños y Adolescentes (Ley N.° 27337): el interés superior del niño rige todo acuerdo sobre régimen de visitas.
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¿Qué es y para qué sirve?

Es la solicitud con la que un padre o madre pide una audiencia de conciliación para acordar el régimen de visitas de su hijo menor con el otro progenitor. Sirve para fijar días, horarios y modalidades de contacto sin necesidad de iniciar un proceso judicial. El acta con acuerdo formaliza el régimen y puede ejecutarse.

¿Quién lo presenta y cuándo?

La presenta el progenitor que busca establecer o modificar el contacto con su hijo, ante un centro de conciliación autorizado. Se usa cuando no hay un régimen acordado o el existente no se cumple.

Base legal

Se ampara en la Ley 26872, Ley de Conciliación, que admite la conciliación en materias de familia conciliables como el régimen de visitas, siempre bajo el interés superior del menor.

¿Qué datos necesitas?

  • Datos completos del solicitante
  • Datos y domicilio del progenitor invitado
  • Nombre y fecha de nacimiento del menor
  • Con quién vive actualmente el menor
  • Propuesta concreta de régimen de visitas
  • Partida de nacimiento del menor
  • Documento de identidad del solicitante

¿Cómo presentarlo paso a paso?

  1. Reúne la partida de nacimiento del menor.
  2. Define una propuesta concreta de visitas.
  3. Completa la solicitud con los datos del invitado.
  4. Preséntala en un centro de conciliación autorizado.
  5. Asiste a la audiencia en la fecha señalada.
  6. Firma el acta si se llega a un acuerdo.

Errores comunes

  • Presentar una propuesta de visitas imprecisa o inviable.
  • No adjuntar la partida de nacimiento del menor.
  • Olvidar que la decisión debe priorizar el interés del menor.
  • Acudir a un centro no autorizado por el Ministerio de Justicia.

¿El régimen de visitas es conciliable?

Sí, es una materia de familia conciliable, siempre que el acuerdo respete el interés superior del menor.

¿El acta sustituye a una sentencia?

El acta con acuerdo tiene efectos vinculantes y mérito ejecutivo; no necesitas sentencia si ambas partes cumplen.

¿Qué pasa si el invitado no asiste?

Se levanta acta de inasistencia y podrás acudir al Poder Judicial para que un juez fije el régimen.

¿Puedo modificar un régimen ya acordado?

Sí, puedes solicitar una nueva conciliación para variar el régimen cuando cambien las circunstancias del menor.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de conciliación extrajudicial sobre régimen de visitas

¿El modelo de solicitud de conciliación extrajudicial sobre régimen de visitas es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-conciliacion-extrajudicial-sobre-regimen-de-visitas/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de conciliación extrajudicial sobre régimen de visitas sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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