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Tributario

Solicitud de Conclusión del Procedimiento de Cobranza Coactiva ante SUNAT

Solicitud al Ejecutor Coactivo para que concluya el procedimiento de cobranza coactiva, levante embargos y archive lo actuado, conforme al Art. 119 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF).

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SOLICITUD DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA ANTE SUNAT

SUMILLA: Solicito conclusión de cobranza coactiva (Art. 119 CT)

SEÑOR EJECUTOR COACTIVO DE LA SUNAT
EXPEDIENTE COACTIVO N° [NUMERO_EXPEDIENTE_COACTIVO]

Yo, [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL], identificado con RUC N° [NUMERO_RUC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE] con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y buzón electrónico [BUZON_ELECTRONICO], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito que se dé por CONCLUIDO el procedimiento de cobranza coactiva seguido en el expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE_COACTIVO], se levanten los embargos trabados y se archiven los actuados, al amparo del artículo 119 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. El procedimiento coactivo recae sobre [DESCRIBIR_VALOR_EN_COBRANZA] por el concepto de [CONCEPTO_TRIBUTARIO], periodo [PERIODO_TRIBUTARIO], por un monto de S/ [MONTO_EN_COBRANZA].
2.2. La causal de conclusión que invoco es: [MARCAR_CAUSAL_APLICABLE]. Se presentó oportunamente reclamación o apelación contra el valor en cobranza. La deuda quedó extinguida por pago u otro medio del artículo 27 del Código Tributario. Se declaró la prescripción de la deuda. Existe resolución que concede aplazamiento o fraccionamiento. La acción se sigue contra persona distinta a la obligada al pago.
2.3. Acredito la causal con la siguiente documentación: [DESCRIBIR_DOCUMENTOS_QUE_ACREDITAN_LA_CAUSAL].
2.4. Se mantienen vigentes embargos sobre [DESCRIBIR_BIENES_O_CUENTAS_EMBARGADAS] que deben levantarse de inmediato.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. El artículo 119 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF) dispone que el Ejecutor Coactivo deberá dar por concluido el procedimiento, levantar los embargos y ordenar el archivo de los actuados en los supuestos que la propia norma señala.
3.2. Entre dichos supuestos se encuentran haber presentado oportunamente reclamación o apelación contra el valor que contiene la deuda, haber quedado extinguida la deuda conforme al artículo 27, haberse declarado su prescripción, existir resolución que conceda aplazamiento o fraccionamiento, o seguirse la acción contra persona distinta a la obligada al pago.
3.3. Ninguna autoridad distinta del Ejecutor Coactivo puede suspender o concluir el procedimiento, por lo que esta solicitud se dirige al funcionario competente conforme al mismo artículo 119 del Código Tributario.

IV. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS

4.1. Copia de la resolución de ejecución coactiva y de las resoluciones que trabaron los embargos.
4.2. Documentos que acreditan la causal invocada (cargo de reclamación o apelación, constancia de pago, resolución de prescripción o de fraccionamiento).
4.3. Copia del documento de identidad y del poder de representación.

POR LO EXPUESTO:
Pido declarar la conclusión del procedimiento de cobranza coactiva, levantar los embargos y archivar lo actuado conforme al Art. 119 del Código Tributario.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
[NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL]
RUC N° [NUMERO_RUC]

Nota: Modelo referencial de carácter utilitario. Verifica la causal del Art. 119 del Código Tributario y adáptalo con un abogado tributarista.
¿Encontraste algo mal en este modelo?

Con esta solicitud el contribuyente pide al Ejecutor Coactivo de la SUNAT que concluya el procedimiento de cobranza coactiva, levante los embargos trabados y archive lo actuado. Se sustenta en el artículo 119 del Texto Único Ordenado del Código Tributario (Decreto Supremo 133-2013-EF), que enumera las causales de suspensión y conclusión de la cobranza.

Cuándo usar este modelo

Úsalo cuando concurre una causal que obliga a terminar la cobranza, por ejemplo la extinción de la deuda por pago, la prescripción, la existencia de una resolución firme que deja sin efecto el valor o la aceptación de un aplazamiento o fraccionamiento. El artículo 119 obliga al Ejecutor a concluir el procedimiento y levantar las medidas cautelares cuando se verifica el supuesto.

  • Cuando la deuda ya fue pagada o compensada en su totalidad.
  • Cuando la acción de cobro prescribió.
  • Cuando una resolución dejó sin efecto el valor que originaba la cobranza.

Qué datos necesitas

  • Nombre o razón social, RUC y domicilio fiscal.
  • Número del expediente coactivo y del valor en cobranza.
  • Datos del representante legal, si actúa uno.
  • Causal del artículo 119 que se invoca.
  • Documentos que acreditan la causal: constancia de pago, resolución firme u otro.

Paso a paso

  1. Identifica la causal del artículo 119 que corresponde a tu caso.
  2. Reúne la prueba que la acredita, como la constancia de pago o la resolución firme.
  3. Redacta la solicitud dirigida al Ejecutor Coactivo de la SUNAT.
  4. Pide expresamente la conclusión, el levantamiento de embargos y el archivo.
  5. Presenta el escrito por mesa de partes y haz seguimiento del expediente coactivo.
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Errores comunes

  • Invocar una causal sin adjuntar el documento que la acredita.
  • Confundir la conclusión definitiva con la simple suspensión temporal.
  • No pedir de forma expresa el levantamiento de los embargos.
  • Dejar vencer plazos de otros recursos por esperar solo la conclusión.

Preguntas frecuentes

El Ejecutor está obligado a concluir la cobranza? Si concurre una causal del artículo 119, debe concluir el procedimiento y levantar las medidas cautelares.

Qué diferencia hay entre suspensión y conclusión? La suspensión detiene temporalmente la cobranza; la conclusión la termina de forma definitiva y ordena el archivo.

Puedo pedir la devolución de lo embargado? Si la deuda se extinguió, corresponde levantar los embargos y devolver o liberar los bienes o fondos retenidos.

Cómo presentar solicitud de conclusión del procedimiento de cobranza coactiva ante sunat: paso a paso

  1. Identifica el acto y el plazo. Ubica la resolución, notificación o hecho que motiva tu escrito y anota su número y fecha. Los plazos administrativos corren en días hábiles desde el día siguiente de notificado.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta copia del documento impugnado, tu DNI o poder de representación, y toda la documentación que sustente lo que pides.
  3. Completa el escrito. Descarga el formato en Word y llena los campos entre corchetes: datos del administrado, número de expediente, fundamentos de hecho y lo que solicitas de forma concreta.
  4. Presenta por mesa de partes. Ingrésalo por la mesa de partes de la entidad, física o virtual. Conserva el cargo con número de registro y fecha: es tu prueba de haber cumplido el plazo.
  5. Haz seguimiento. Revisa el estado del expediente en el portal de la entidad. Si vence el plazo legal sin respuesta, evalúa el silencio administrativo o el recurso que corresponda.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de conclusión del procedimiento de cobranza coactiva ante sunat

¿El modelo de solicitud de conclusión del procedimiento de cobranza coactiva ante sunat es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-conclusion-del-procedimiento-de-cobranza-coactiva-ante-sunat/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de conclusión del procedimiento de cobranza coactiva ante sunat sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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