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Tributario

Solicitud de Suspensión del Procedimiento de Cobranza Coactiva

Pide al Ejecutor Coactivo de SUNAT suspender la cobranza coactiva cuando la deuda no es exigible o existe reclamación en trámite, conforme al Art. 119 del Código Tributario.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA

SUMILLA: Solicito suspensión de cobranza coactiva - Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE]

SEÑOR EJECUTOR COACTIVO DE LA SUNAT

Yo, [NOMBRE_CONTRIBUYENTE], con RUC N° [NUMERO_RUC] y domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], en el procedimiento de cobranza coactiva signado con Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE], ante usted expongo:

I. PETITORIO
Solicito la suspensión inmediata del procedimiento de cobranza coactiva seguido en mi contra, así como el levantamiento de las medidas cautelares trabadas.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Mediante Resolución de Ejecución Coactiva N° [NUMERO_REC] se inició cobranza por la suma de S/ [MONTO_DEUDA].
2. La deuda no es exigible coactivamente porque [MOTIVO: existe reclamación o apelación en trámite presentada oportunamente, la deuda está prescrita, fue pagada o fraccionada, o la notificación del valor fue defectuosa].
3. Acredito la causal con los documentos que adjunto.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El Art. 119 del TUO del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF) establece los supuestos de suspensión y conclusión del procedimiento de cobranza coactiva, entre ellos la existencia de reclamación o apelación en trámite y la deuda no exigible.
2. El Art. 115 del Código Tributario define qué deuda es exigible coactivamente.
3. El Art. 116 regula las facultades del Ejecutor Coactivo, incluida la de suspender la cobranza.

IV. ANEXOS
1-A. Copia de la Resolución de Ejecución Coactiva.
1-B. Cargo del recurso de reclamación o apelación, o constancia de pago o prescripción.

POR LO EXPUESTO:
Solicito disponer la suspensión de la cobranza y el levantamiento de las medidas cautelares.

[CIUDAD], [FECHA].

Firma: ___________________
[NOMBRE_CONTRIBUYENTE]
RUC N° [NUMERO_RUC]

La solicitud de suspensión del procedimiento de cobranza coactiva es el escrito con el que le pides al Ejecutor Coactivo de la SUNAT (o del gobierno local, según el tributo) que detenga la cobranza forzada de una deuda, frenando embargos sobre tus cuentas bancarias, bienes o retenciones a terceros. No discute si debes o no, sino que paraliza la ejecución mientras exista una causal legal que lo justifique.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el contribuyente (persona natural o empresa) o su representante legal contra quien se ha emitido una Resolución de Ejecución Coactiva (REC). Conviene usarla apenas te notifican un embargo y existe un motivo válido, por ejemplo cuando ya pagaste la deuda, cuando la deuda prescribió, cuando hay un fraccionamiento vigente, o cuando reclamaste una Orden de Pago dentro de los 20 días hábiles y hay circunstancias que evidencian que la cobranza sería improcedente.

Base legal

El sustento principal es el artículo 119 del Texto Único Ordenado del Código Tributario (D.S. 133-2013-EF y modificatorias vigentes 2026), que regula las causales de suspensión y de conclusión de la cobranza coactiva. La regla general es que ninguna autoridad puede suspender la cobranza salvo las causales que esa norma señala, entre ellas la medida cautelar de un proceso de amparo, una ley expresa, o el caso excepcional de la Orden de Pago reclamada dentro de plazo. El procedimiento coactivo se rige por los artículos 114 a 122 del mismo Código. Para deudas de municipalidades aplica además la Ley 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.

Qué datos y documentos necesitas

  • Número de RUC y datos del contribuyente o de su representante con poder vigente.
  • Número y fecha de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC) y del expediente coactivo.
  • Identificación exacta del valor en cobranza (Orden de Pago, Resolución de Determinación o de Multa).
  • El medio probatorio de la causal: comprobante de pago, resolución de fraccionamiento aprobado, cargo del recurso de reclamación con su fecha, o la resolución que declara la prescripción.
  • Detalle de los embargos trabados (cuentas, bienes, terceros retenedores) si buscas su levantamiento.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Identifica la causal del artículo 119 que aplica a tu caso y reúne la prueba que la respalda.
  2. Redacta el escrito dirigido al Ejecutor Coactivo que lleva tu expediente, citando el número de REC y la causal invocada.
  3. Preséntalo por la Mesa de Partes Virtual de SUNAT (SUNAT Operaciones en Línea) o en la mesa de partes física de la dependencia que emitió la REC. El trámite no tiene costo.
  4. Si invocas Orden de Pago reclamada, adjunta el cargo de la reclamación presentada dentro de los 20 días hábiles.
  5. Solicita expresamente el levantamiento de los embargos ya trabados, no solo la suspensión.
  6. Haz seguimiento del expediente coactivo; el Ejecutor debe pronunciarse y, de proceder, ordenar el cese de la ejecución.

Errores comunes a evitar

  • Confundir suspensión con reclamación: este escrito no impugna el fondo de la deuda.
  • Invocar una causal sin adjuntar el documento que la prueba.
  • Pedir la suspensión de una Orden de Pago sin haberla reclamado dentro de los 20 días hábiles.
  • Dirigir el escrito a la división de cobranza en lugar de al Ejecutor Coactivo del expediente.

Preguntas frecuentes

¿Reclamar una Orden de Pago suspende automáticamente la cobranza?

No siempre. El artículo 119 del Código Tributario solo permite suspender la cobranza de una Orden de Pago, de modo excepcional, cuando la reclamación se presentó dentro de los 20 días hábiles de notificada y existen circunstancias que evidencian que la cobranza podría ser improcedente.

¿Puedo pedir que me devuelvan lo embargado?

Si la causal es de conclusión del procedimiento (por ejemplo pago total o prescripción declarada), el Ejecutor debe levantar los embargos y disponer la devolución de lo retenido, conforme al artículo 119 del Código Tributario.

¿Qué pasa si el Ejecutor no responde?

Puedes presentar una queja ante el Tribunal Fiscal por defectos en el procedimiento de cobranza, prevista en el artículo 155 del Código Tributario, que se resuelve en plazos breves.

¿La prescripción frena la cobranza?

Sí. La deuda prescrita ya no es exigible coactivamente, pero debes invocar la prescripción según los artículos 43 y siguientes del Código Tributario para que el Ejecutor concluya el procedimiento.

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Cómo presentar solicitud de suspensión del procedimiento de cobranza coactiva: paso a paso

  1. Identifica el acto de SUNAT que impugnas. Ubica la resolución de determinación, multa u orden de pago. Anota el número, fecha de notificación y monto. Estos datos fijan el plazo y el recurso aplicable.
  2. Verifica los plazos. Reclamación ante SUNAT: 20 días hábiles desde la notificación (Art. 137 CT). Apelación ante el Tribunal Fiscal: 15 días hábiles desde que SUNAT notifica su resolución (Art. 146 CT). Fuera de plazo requiere carta fianza.
  3. Reúne los medios probatorios. Junta declaraciones juradas, comprobantes de pago, libros contables, contratos y documentos que sustenten los hechos controvertidos. La carga de la prueba es del contribuyente para acreditar sus afirmaciones.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos de la resolución impugnada, el periodo fiscalizado, los reparos que cuestionas y los fundamentos legales que los desvirtúan.
  5. Presenta en la mesa de partes de SUNAT. Entrega el escrito en la intendencia que emitió el acto o por la Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT). Obtén número de expediente y monitorea el plazo de resolución (9 meses para reclamación, 12 para apelación).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de suspensión del procedimiento de cobranza coactiva

¿El modelo de solicitud de suspensión del procedimiento de cobranza coactiva es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-suspension-del-procedimiento-de-cobranza-coactiva/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de suspensión del procedimiento de cobranza coactiva sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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