Solicitud de Conversión de la Pena Privativa de Libertad (Art. 52 CP)
Pedido del sentenciado para convertir una pena privativa de libertad corta en multa, servicios a la comunidad o limitación de días libres (Art. 52 del Código Penal peruano).
Actualizado al 11 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITA CONVERSIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUMILLA: Solicito conversión de la pena (Art. 52 CP) SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL [UNIPERSONAL_O_COLEGIADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_SENTENCIADO], identificado con DNI N° [DNI_SENTENCIADO], en el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE] seguido en mi contra por el delito de [DELITO], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA], representado por mi abogado [NOMBRE_ABOGADO], Reg. CAL N° [CAL], ante usted digo: I. PETITORIO Solicito la CONVERSIÓN de la pena privativa de libertad de [PENA] que se me ha de imponer (o que me fue impuesta), por una pena de [PENA_SUSTITUTA] consistente en multa, prestación de servicios a la comunidad o limitación de días libres, al amparo del artículo 52 del Código Penal. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. La pena privativa de libertad fijada no excede los límites legales que permiten la conversión. 2. No resulta procedente en mi caso la suspensión de la ejecución de la pena ni la reserva del fallo condenatorio. 3. Cuento con arraigo, ocupación lícita en [OCUPACION] y voluntad de cumplir la pena sustituta, sin riesgo de reincidencia. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 52 del Código Penal faculta al Juez, cuando no proceda la condena condicional ni la reserva del fallo, a convertir la pena privativa de libertad no mayor de dos años en multa, o la no mayor de cuatro años en prestación de servicios a la comunidad o limitación de días libres, a razón de las equivalencias legales. 2. El artículo 53 del Código Penal regula la revocación de la conversión por incumplimiento. 3. La conversión responde a los fines de prevención y reinserción de la pena conforme al artículo IX del Título Preliminar del Código Penal. IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. Documentos que acreditan ocupación y arraigo. 2. Antecedentes que sustentan la procedencia de la conversión. POR TANTO Pido a usted admitir la solicitud y disponer la conversión de la pena. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_SENTENCIADO] DNI N° [DNI_SENTENCIADO] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado, Reg. CAL N° [CAL]
Sobre este modelo de solicitud de conversión de la pena privativa de libertad (art. 52 cp)
Este modelo pertenece al área de Derecho Penal. Denuncias penales, querellas, recursos y escritos penales bajo el NCPP (D.Leg. 957).
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de conversión de la pena privativa de libertad (art. 52 cp)
¿Dónde presento una denuncia penal en Perú?
Ante la Fiscalía Provincial Penal del lugar donde se cometió el delito o ante la Comisaría PNP más cercana, que la deriva a la fiscalía. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación, calumnia) la presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal del domicilio del querellado, sin pasar por fiscalía.
¿En cuánto tiempo prescribe un delito en Perú?
Según el Art. 80 del Código Penal, el plazo ordinario equivale al máximo de la pena privativa de libertad del delito, con un mínimo de 2 años. La prescripción extraordinaria (Art. 83 CP) suma a ese plazo la mitad. La querella por injuria y difamación prescribe a los 4 meses desde que conociste al autor (Art. 366 CPP).
¿El modelo de solicitud de conversión de la pena privativa de libertad (art. 52 cp) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-conversion-de-la-pena-privativa-de-libertad-art-52-cp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de conversión de la pena privativa de libertad (art. 52 cp) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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