Solicitud de Sustitución de Pena por Ley Más Favorable (Art. 6 CP)
Escrito al juzgado de ejecución para sustituir la pena impuesta cuando durante su ejecución se dicta una ley más favorable al condenado (Art. 6 del Código Penal).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SUMILLA: SOLICITO SUSTITUCIÓN DE PENA POR LEY MÁS FAVORABLE SEÑOR JUEZ DE [JUZGADO_EJECUCION_PENAL] DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_SENTENCIADO], identificado con DNI [DNI_SENTENCIADO], interno del Establecimiento Penitenciario [PENAL], en el Expediente [N_EXPEDIENTE], a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito la SUSTITUCIÓN de la pena privativa de libertad que vengo cumpliendo, por la que corresponde conforme a la ley penal más favorable dictada durante su ejecución, en aplicación del Art. 6 del Código Penal. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Por sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA] se me impuso pena privativa de libertad de [PENA_IMPUESTA] por el delito de [DELITO], tipificado en el Art. [ARTICULO_DELITO] del Código Penal. 2. Con fecha [FECHA_NUEVA_LEY] se publicó la Ley [N_LEY_FAVORABLE], que modifica el marco penal del referido delito, estableciendo una pena menor. 3. La nueva norma resulta más favorable a mi situación, por lo que corresponde sustituir la sanción impuesta por la que ahora prevé la ley. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Art. 6 del Código Penal dispone que si durante la ejecución de la sanción se dictare una ley más favorable al condenado, el juez sustituirá la sanción impuesta por la que corresponda conforme a la nueva ley. Esta regla concretiza el principio de retroactividad benigna reconocido en el Art. 103 de la Constitución. IV. MEDIOS PROBATORIOS a) Copia de la sentencia firme. b) Copia de la Ley [N_LEY_FAVORABLE] que modifica la penalidad. c) Certificado de cómputo carcelario. POR TANTO: Pido admitir la solicitud y, previo traslado al Ministerio Público, sustituir la pena impuesta por la que corresponde según la ley más favorable. PRIMER OTROSÍ DIGO: Señalo domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL]. SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Designo abogado a [NOMBRE_ABOGADO], CAL [N_CAL]. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_SENTENCIADO] DNI [DNI_SENTENCIADO]
La sustitución de pena por ley más favorable es el pedido por el cual solicitas al juez que reemplace la pena que cumples por la que correspondería según una ley posterior más benigna. Es una aplicación directa de la retroactividad benigna: si después de tu condena se dicta una ley que sanciona el mismo hecho con menor pena, esa ley se aplica a tu favor incluso si ya existe sentencia firme. No reabre el debate sobre tu responsabilidad, sino que ajusta la pena impuesta a la nueva regla más favorable.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta el sentenciado o su abogado, ante el juez penal que ejecuta la condena. Conviene usarla cuando, durante la ejecución de tu pena, entra en vigencia una ley que reduce el marco penal del delito por el que fuiste condenado, o que despenaliza o atenúa la conducta. También procede combinar las disposiciones más favorables de leyes sucesivas, según el principio de combinación reconocido por la jurisprudencia, para fijar la pena más benigna que resulte aplicable.
Base legal
La sustitución se sustenta en el artículo 6 del Código Penal, que dispone que la ley penal aplicable es la vigente al momento de la comisión del hecho, pero se aplica la más favorable al reo en caso de conflicto de leyes penales en el tiempo, y que si durante la ejecución de la sanción se dicta una ley más favorable, el juez sustituye la sanción impuesta por la que corresponda conforme a la nueva ley. Esto se complementa con el artículo 7 del Código Penal (retroactividad benigna) y con el artículo 103 de la Constitución, que admite la retroactividad de la ley penal más favorable al reo. La Corte Suprema, en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-301A, confirmó que la sustitución procede aun existiendo sentencia condenatoria firme.
Qué datos y documentos necesitas
- Datos completos del sentenciado y número del expediente penal.
- Sentencia firme con la pena impuesta y el delito por el que fuiste condenado.
- Identificación de la ley posterior más favorable y de la fecha en que entró en vigencia.
- La comparación entre el marco penal anterior y el nuevo, con la pena que pides aplicar.
- El cómputo de la pena ya cumplida, para ajustar el saldo conforme a la nueva ley.
Cómo presentarla paso a paso
- Identifica la ley posterior más favorable y su entrada en vigencia respecto de tu delito.
- Compara el marco penal anterior y el nuevo, y determina la pena que pides aplicar.
- Presenta la solicitud de sustitución ante el juez penal que ejecuta tu condena.
- El juez evalúa el pedido, corre traslado si corresponde y resuelve la sustitución de la pena.
- El trámite es gratuito para el sentenciado y no exige tasa judicial.
Errores comunes a evitar
- Pedir la sustitución sin que exista una ley posterior realmente más favorable al reo.
- Pretender reabrir el debate sobre tu culpabilidad. La sustitución solo ajusta la pena, no la condena.
- No cuantificar la nueva pena ni el saldo pendiente, dejando incompleto el pedido al juez.
Preguntas frecuentes
¿La cosa juzgada impide la sustitución?
No. El artículo 6 del Código Penal y el artículo 103 de la Constitución permiten aplicar la ley más favorable aun con sentencia firme. El Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-301A confirmó que la sustitución procede sobre condenas ejecutoriadas.
¿Puedo combinar dos leyes?
Sí, según el principio de combinación reconocido por la jurisprudencia. El juez puede tomar de leyes sucesivas las disposiciones más favorables para fijar la pena más benigna, sin crear una tercera ley que no exista.
¿Qué pasa si ya cumplí parte de la pena?
El tiempo cumplido se descuenta. La sustitución ajusta la pena total conforme a la ley más favorable, y sobre esa nueva pena se aplica el cómputo de lo ya cumplido para determinar el saldo pendiente.
Cómo presentar solicitud de sustitución de pena por ley más favorable (art. 6 cp): paso a paso
- Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
- Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
- Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
- Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de sustitución de pena por ley más favorable (art. 6 cp)
¿El modelo de solicitud de sustitución de pena por ley más favorable (art. 6 cp) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-sustitucion-de-pena-por-ley-mas-favorable-art-6-cp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de sustitución de pena por ley más favorable (art. 6 cp) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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