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Penal

Solicitud de Redención de Pena por Educación (Art. 45 CEP)

Escrito al juzgado de ejecución para reconocer la redención de pena por educación, un día de pena por dos de estudio aprobado (Art. 45 Código de Ejecución Penal).

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SUMILLA: SOLICITO RECONOCIMIENTO DE REDENCIÓN DE PENA POR EDUCACIÓN

SEÑOR JUEZ DE [JUZGADO_EJECUCION_PENAL] DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_INTERNO], identificado con DNI [DNI_INTERNO], interno del Establecimiento Penitenciario [PENAL], en el Expediente [N_EXPEDIENTE], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito que se reconozca a mi favor la redención de la pena por educación, a razón de un día de pena por dos días de estudio, conforme al Art. 45 del Código de Ejecución Penal (D.Leg. 654, TUO D.S. 003-2021-JUS).

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Cumplo pena privativa de libertad de [PENA_IMPUESTA] por el delito de [DELITO], según sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA].
2. Desde el [FECHA_INICIO_ESTUDIO] me encuentro cursando [PROGRAMA_EDUCATIVO] bajo dirección del órgano técnico del Establecimiento Penitenciario.
3. He aprobado las evaluaciones periódicas correspondientes, acumulando [N_DIAS_ESTUDIO] días de estudio, equivalentes a [N_DIAS_REDIMIDOS] días de pena redimida.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Art. 45 del Código de Ejecución Penal dispone que el interno que recibe educación en sus diversas modalidades, bajo dirección del órgano técnico del establecimiento, redime un día de pena por dos días de estudio, debiendo aprobar la evaluación periódica. El beneficio por trabajo y por educación no es acumulable cuando se realizan en forma simultánea.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
a) Constancia de estudios y notas aprobatorias emitida por el área de Educación del Establecimiento Penitenciario.
b) Informe del Órgano Técnico de Tratamiento.
c) Certificado de cómputo carcelario del INPE.

POR TANTO:
Pido reconocer la redención de pena por educación y actualizar el cómputo de mi condena.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Señalo domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica [CASILLA_ELECTRONICA].
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Acompaño anexos en [N_ANEXOS] folios.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________
[NOMBRE_INTERNO]
DNI [DNI_INTERNO]

La redención de pena por educación es el beneficio penitenciario que permite a una persona privada de libertad descontar días de su condena estudiando dentro del penal. Cada día de estudio aprobado se canjea por días de pena, según el régimen en el que estés ubicado. No es un perdón ni una salida automática: es un descuento que reduce el tiempo efectivo de reclusión y, además, sirve de base para acceder más rápido a la semilibertad o a la liberación condicional. El sustento de tu progresión en el tratamiento se construye, en buena parte, con estos días redimidos.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta el propio interno, su abogado o un familiar autorizado, ante el área de tratamiento del establecimiento penitenciario. Conviene solicitarla apenas hayas acumulado periodos de estudio aprobados y registrados por el área de educación del INPE, y siempre antes de pedir semilibertad o liberación condicional, porque el cómputo de días redimidos se suma al tiempo de pena ya cumplido. Tienes que estar matriculado y aprobar las evaluaciones periódicas, ya que el estudio sin aprobación no redime.

Base legal

El beneficio está regulado en el artículo 45 del Código de Ejecución Penal (D.Leg. 654, cuyo TUO fue aprobado por D.S. 003-2021-JUS). La regla general es un día de pena por un día de estudio para internos en las etapas de mínima y mediana seguridad del régimen cerrado ordinario. En la etapa de máxima seguridad la proporción es de un día de pena por cuatro días de estudio. Para condenados por el delito de robo agravado (artículo 189 del Código Penal) la proporción es de un día de pena por cinco días de estudio. El propio artículo 45 excluye de este beneficio a sentenciados por delitos vinculados al crimen organizado (Ley 30077) y por ciertos tipos penales graves, así que verifica que tu delito no esté en la lista de exclusiones antes de presentar la solicitud.

Qué datos y documentos necesitas

  • Nombres completos, número de documento de identidad y número de expediente o legajo penitenciario del interno.
  • Establecimiento penitenciario, régimen y etapa de seguridad en que te encuentras.
  • Constancia de estudios y de evaluaciones aprobadas emitida por el área de educación del INPE.
  • Detalle de las fechas y periodos efectivos de estudio que pides redimir.
  • Sentencia con la pena impuesta y, de existir, cómputo de pena ya cumplida.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Solicita al área de educación del penal tu constancia de estudios y de evaluaciones aprobadas.
  2. Presenta el escrito de redención ante el Consejo Técnico Penitenciario o el área de tratamiento del INPE.
  3. El INPE verifica los días efectivos de estudio y emite la certificación de los días redimidos.
  4. Si la redención se usa para sustentar excarcelación, el cómputo se eleva al juez penal competente.
  5. El trámite ante el INPE es gratuito. No necesitas pagar tasa para que se reconozca tu redención.

Errores comunes a evitar

  • Pedir redención por estudio que no fue aprobado en la evaluación periódica. Sin aprobación no se redime.
  • No verificar si tu delito está excluido por el artículo 45. Algunos tipos penales no acceden al beneficio.
  • Confundir la proporción de tu etapa. La máxima seguridad redime a razón de cuatro días de estudio por uno de pena.

Preguntas frecuentes

¿La redención me deja libre de inmediato?

No por sí sola. La redención del artículo 45 del Código de Ejecución Penal reduce días de condena y se acumula al tiempo cumplido, pero la excarcelación todavía requiere que pidas semilibertad o liberación condicional y que el juez las conceda.

¿Puedo redimir por estudio y por trabajo al mismo tiempo?

No por el mismo periodo. El Código de Ejecución Penal no permite redimir dos veces el mismo lapso de tiempo. Estudias o trabajas en ese periodo, pero no acumulas ambas redenciones sobre los mismos días.

¿Sirve cualquier curso?

Debe ser educación organizada y certificada por el área correspondiente del INPE, con evaluaciones aprobadas. La actividad debe estar registrada formalmente para que el artículo 45 reconozca esos días como redimibles.

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Cómo presentar solicitud de redención de pena por educación (art. 45 cep): paso a paso

  1. Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
  2. Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
  3. Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
  5. Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de redención de pena por educación (art. 45 cep)

¿El modelo de solicitud de redención de pena por educación (art. 45 cep) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-redencion-de-pena-por-educacion-art-45-cep/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de redención de pena por educación (art. 45 cep) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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