Solicitud de Corrección de Error Material o Aritmético en Acto Administrativo
Solicitud para rectificar errores materiales o aritméticos en una resolución o acto administrativo, sin alterar lo sustancial de su contenido, conforme al Art. 201 del TUO de la LPAG (D.S. 006-2026-JUS, ex Art. 212 del D.S. 004-2019-JUS).
Actualizado al 22 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL O ARITMÉTICO EN ACTO ADMINISTRATIVO SUMILLA: Solicita rectificación de error material o aritmético. SEÑOR [CARGO_AUTORIDAD] DE [NOMBRE_ENTIDAD]: [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO], en el procedimiento administrativo Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE], ante usted me presento y digo: I. PETITORIO Solicito la rectificación del error material o aritmético contenido en [ACTO_A_RECTIFICAR] de fecha [FECHA_ACTO], a fin de que se consigne el dato correcto sin alterar el sentido de la decisión. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. La entidad emitió [ACTO_A_RECTIFICAR] dentro del expediente de la referencia. 2. Dicho acto contiene el siguiente error: donde dice [DATO_ERRADO] debe decir [DATO_CORRECTO]. 3. Se trata de un error evidente que no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión adoptada. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 201 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General (D.S. 006-2026-JUS) dispone que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 2. La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan al acto original. 3. La corrección solicitada es un mero ajuste formal que garantiza la exactitud del acto sin afectar derechos. IV. PETITORIO CONCRETO Solicito disponer la rectificación del error indicado y emitir el acto corregido, notificándolo en los mismos términos del acto original. ANEXOS: 1-A. Copia del DNI del solicitante. 1-B. Copia del acto administrativo que contiene el error. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI_SOLICITANTE]
La solicitud de corrección de error material o aritmético es el escrito con el que pides a la entidad que emitió un acto administrativo que rectifique un error evidente de transcripción, de cálculo o de digitación que no altera el contenido sustancial de la decisión. Sirve para arreglar de forma rápida fallas como un nombre mal escrito, un número de DNI o RUC equivocado, una fecha errada, una suma mal hecha o un dato traspuesto, sin necesidad de impugnar el acto por la vía de los recursos.
Quién la presenta y cuándo conviene usarla
La presenta cualquier administrado afectado por el error, o la propia entidad de oficio. Conviene usarla cuando el acto en sí es correcto en su decisión, pero contiene un error material evidente que te perjudica o genera confusión: por ejemplo, una resolución que aprueba tu trámite pero consigna mal tu nombre, una liquidación con una operación aritmética equivocada, o un certificado con una fecha errada. Es mucho más ágil que un recurso, porque no discute el fondo.
Base legal
Se ampara en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 006-2026-JUS, que faculta a la entidad a rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, los errores materiales o aritméticos de sus actos, siempre que la rectificación no altere lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión. La corrección se realiza con efecto retroactivo a la fecha del acto original y debe constar en documento que la entidad notifica al administrado.
Qué datos y documentos necesitas
- Tus datos completos y los de la entidad que emitió el acto.
- Número y fecha del acto administrativo (resolución, oficio, liquidación, certificado) que contiene el error.
- Identificación precisa del error material o aritmético (qué dice y qué debería decir).
- El documento que acredita el dato correcto (DNI, RUC, partida, comprobante de cálculo).
- Copia del acto que contiene el error.
Cómo presentarla paso a paso
- Identifica con exactitud el error y confirma que es material o aritmético, no de criterio o de fondo.
- Redacta la solicitud señalando el dato incorrecto, el dato correcto y la prueba que lo respalda.
- Adjunta copia del acto y del documento que acredita el dato correcto.
- Preséntala en la mesa de partes de la entidad que emitió el acto. El trámite es generalmente gratuito.
- La entidad evalúa y, de proceder, emite la corrección con efecto retroactivo a la fecha del acto original.
- Recibe el acto rectificado debidamente notificado.
Errores comunes a evitar
- Usar esta vía para discutir el fondo de la decisión: para eso corresponde un recurso de reconsideración o apelación.
- No precisar el dato correcto ni adjuntar la prueba que lo sustenta.
- Pedir corrección de algo que en realidad cambia el sentido de la decisión.
- No identificar con claridad el número y fecha del acto a rectificar.
- Confundir error material con vicio de nulidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera un error material o aritmético?
Es un error evidente y objetivo de transcripción, digitación o cálculo (un nombre, una cifra, una fecha o una suma equivocada) que no afecta la decisión de fondo del acto, conforme al TUO de la Ley 27444 (Decreto Supremo 006-2026-JUS).
¿Hay un plazo para pedir la corrección?
La rectificación de errores materiales puede hacerse en cualquier momento, de oficio por la entidad o a pedido del administrado, ya que no está sujeta a los plazos de los recursos impugnatorios.
¿Desde cuándo surte efecto la corrección?
La corrección tiene efecto retroactivo a la fecha del acto administrativo original, de modo que se entiende que el dato siempre fue el correcto.
¿Y si la entidad se niega a corregir un error evidente?
Si la entidad no rectifica un error material claro, puedes insistir o recurrir, pues el TUO de la Ley 27444 establece la obligación de la administración de subsanar esos errores en cualquier momento.
Cómo presentar solicitud de corrección de error material o aritmético en acto administrativo: paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 004-2019-JUS). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de corrección de error material o aritmético en acto administrativo
¿El modelo de solicitud de corrección de error material o aritmético en acto administrativo es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-correccion-de-error-material-o-aritmetico-en-acto-administrativo/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de corrección de error material o aritmético en acto administrativo sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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