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Derecho Registral

Solicitud de Desistimiento de Rogatoria de Título en Trámite ante SUNARP

Escrito para desistir total o parcialmente de la rogatoria de un título en trámite antes de su inscripción, conforme al Art. 13 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Res. 126-2012-SUNARP-SN) sobre el principio de rogación.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE DESISTIMIENTO DE ROGATORIA DE TÍTULO EN TRÁMITE

SUMILLA: Me desisto de la rogatoria del Título N° [NUMERO_TITULO].

SEÑOR REGISTRADOR PÚBLICO DE LA ZONA REGISTRAL N° [NUMERO_ZONA] DE LA SUNARP, SEDE [SEDE_REGISTRAL]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], en mi calidad de [CALIDAD_PRESENTANTE] (presentante o interesado legitimado) del Título N° [NUMERO_TITULO], ante usted digo.

I. PETITORIO. Formulo DESISTIMIENTO [TIPO_DESISTIMIENTO] (total o parcial) de la rogatoria del Título N° [NUMERO_TITULO], presentado el [FECHA_PRESENTACION] ante el Diario de esta oficina, antes de que se extienda el asiento de inscripción.

II. ALCANCE DEL DESISTIMIENTO.
1. En caso de desistimiento total: solicito que se deje sin efecto el asiento de presentación y se archive el título sin inscribir acto alguno.
2. En caso de desistimiento parcial: solicito que se mantenga la inscripción de [ACTOS_QUE_SE_MANTIENEN] y se excluya únicamente [ACTOS_QUE_SE_DESISTEN].

III. FUNDAMENTOS DE HECHO.
El motivo del desistimiento es [MOTIVO_DESISTIMIENTO] (error en la documentación, decisión de las partes, necesidad de corregir el título u otro). El desistimiento se formula dentro de la vigencia del asiento de presentación.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
El Art. 13 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Res. 126-2012-SUNARP-SN) regula el principio de rogación y la posibilidad de desistir de la rogatoria. El Art. 2011 del Código Civil sustenta la calificación a instancia de parte. El desistimiento es un acto de disposición del presentante reconocido por la normativa registral.

POR TANTO: Pido tener por formulado el desistimiento y proceder conforme a ley.

ANEXOS: [LISTA_ANEXOS].

[CIUDAD], [FECHA].

_______________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI [DNI_SOLICITANTE]
¿Encontraste algo mal en este modelo?

El desistimiento de rogatoria es el acto por el cual el presentante de un título en trámite ante SUNARP retira voluntariamente la solicitud de inscripción antes de que se emita resolución definitiva. Significa que decides ya no continuar con la inscripción pedida, sea porque el acto subyacente quedó sin efecto, porque vas a presentarlo con datos distintos, o porque convino dejar la partida en su estado actual.

Para qué sirve este modelo

Sirve para detener formalmente un trámite registral en curso y evitar que se inscriba el acto. Es útil cuando el negocio jurídico que dio origen al título se anuló por mutuo disenso, cuando hubo un error grave que prefieres corregir presentando un título distinto, cuando una de las partes se opone y decides no forzar la inscripción, o cuando el acto fue duplicado y ya hay otro título prioritario.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

Lo presenta el presentante del título o cualquier persona con legítimo interés. Si el título corresponde a un acto unilateral (por ejemplo, una declaración del propietario), basta su voluntad. Si es bilateral o multilateral (compraventa, hipoteca), generalmente se requiere el consentimiento de las partes intervinientes para no perjudicar derechos de la contraparte. Conviene presentarlo mientras el título esté en trámite, antes de la inscripción definitiva.

Base legal aplicable

El desistimiento de rogatoria se regula en el Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN), artículos 13 sobre principio de rogación, 75 sobre rogación y 88 sobre desistimiento. El artículo 88 prevé el desistimiento total o parcial del título. También aplica supletoriamente el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, artículos 199 a 201 sobre desistimiento en procedimientos administrativos. El artículo 75 del TUO del Reglamento confirma que la inscripción depende de la rogación y, por tanto, puede retirarse.

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Datos y documentos que necesitas

  • Número de título y fecha del asiento de presentación.
  • Oficina registral y registro respectivo.
  • Identidad del presentante o de las partes intervinientes en el acto.
  • DNI vigente del solicitante.
  • Motivación clara del desistimiento (anulación del acto, rectificación posterior, mutuo disenso, etc.). Si bien la norma admite desistimiento sin expresión de causa, conviene precisarla para facilitar la calificación.
  • Si es un acto bilateral, consentimiento de la otra parte cuando sus derechos se vean afectados.
  • Firmas legalizadas ante notario en algunos casos (cuando lo exige la naturaleza del acto).

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Verifica el estado del título en la web de SUNARP. Si ya está inscrito, ya no procede el desistimiento, sino una cancelación o aclaración posterior.
  2. Redacta el escrito de desistimiento citando el número de título, la fecha de presentación, la oficina registral y el motivo del retiro.
  3. Si el acto involucra a varias partes, recaba la firma de todos los intervinientes para evitar observaciones por defecto de consentimiento.
  4. Legaliza las firmas ante notario cuando se trate de actos bilaterales o multilaterales donde la otra parte podría sentir afectado su derecho.
  5. Presenta el escrito por mesa de partes de la oficina registral o por el Sistema de Intermediación Digital SID-SUNARP. Conserva el cargo.
  6. El registrador evalúa y, si admite el desistimiento, deja sin efecto el trámite. El asiento de presentación se tacha y se libera la prioridad.

Errores comunes que debes evitar

  • Presentar el desistimiento después de que el título ya fue inscrito. Una vez inscrito, ya no procede; se requiere un acto rectificatorio o anulatorio nuevo.
  • Que solo una parte se desista cuando el acto fue bilateral. Sin el consentimiento de la otra parte, el registrador puede observar.
  • No precisar el número de título ni la fecha del asiento, lo que genera observación inmediata.
  • Confundir desistimiento con caducidad. La caducidad opera por vencimiento del plazo; el desistimiento es un acto voluntario.

Preguntas frecuentes

¿Recupero el pago de la tasa registral si me desisto?

No. La tasa registral cubre el servicio de calificación, que ya se prestó o se está prestando cuando presentas el desistimiento. Conforme al TUPA vigente de SUNARP, no procede la devolución de la tasa una vez iniciado el trámite.

¿Puedo desistirme parcialmente?

Sí. El artículo 88 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos permite el desistimiento parcial cuando el título contiene varios actos y deseas conservar la inscripción solo de algunos. Debes precisar con claridad qué actos retiras y cuáles mantienes.

¿Cuándo se considera firme el desistimiento?

Cuando el registrador emite la resolución que lo admite y se tacha el asiento de presentación. A partir de ese momento, el título deja de tener prioridad y la partida queda como si nunca se hubiera presentado.

¿Puedo presentar luego el mismo acto?

Sí. Te desistes de la rogatoria, no del derecho. Puedes presentar un nuevo título por el mismo acto si lo deseas, pero perderás la prioridad del original y ganarás una nueva prioridad con la fecha del nuevo asiento de presentación.

Cómo presentar solicitud de desistimiento de rogatoria de título en trámite ante sunarp: paso a paso

  1. Reúne los documentos. Junta tu DNI vigente, los documentos que acreditan tu derecho (partidas, títulos, contratos) y los certificados registrales que exija el trámite.
  2. Verifica en SUNARP. Pide los certificados negativos o las partidas registrales que corresponda, para que el notario compruebe que no hay un acto previo que impida el trámite.
  3. Completa la solicitud. Descarga el formato en Word, llena los campos entre corchetes con datos reales y fírmala. Si el trámite exige más de un solicitante, deben firmar todos.
  4. Presenta ante el notario. Acude a una notaría de la provincia que corresponda al domicilio o al lugar del bien. El notario califica la solicitud y te indica las publicaciones o requisitos que falten.
  5. Inscribe el resultado. Concluido el trámite, el notario extiende la escritura o el acta y la inscribe en el registro que corresponda. Guarda tu copia certificada.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de desistimiento de rogatoria de título en trámite ante sunarp

¿El modelo de solicitud de desistimiento de rogatoria de título en trámite ante sunarp es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-desistimiento-de-rogatoria-de-titulo-en-tramite-ante-sunarp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de desistimiento de rogatoria de título en trámite ante sunarp sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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