Solicitud de Devolucion de Derechos Arancelarios por Trato Preferencial No Invocado en el Despacho
Pedido a SUNAT para acogerse al arancel preferencial de un acuerdo comercial despues de nacionalizada la mercancia y recuperar los derechos pagados en exceso.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SUMILLA: SOLICITO TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL Y DEVOLUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS PAGADOS EN EXCESO POR NO HABERSE INVOCADO LA PREFERENCIA AL MOMENTO DE LA IMPORTACIÓN SEÑOR INTENDENTE DE LA [INTENDENCIA_DE_ADUANA_DE_DESPACHO] SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT) [RAZON_SOCIAL_DEL_IMPORTADOR], con RUC N.° [NUMERO_DE_RUC], con domicilio fiscal en [DIRECCION_DEL_DOMICILIO_FISCAL], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL], identificado con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], con poder inscrito en la Partida Electrónica N.° [NUMERO_DE_PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Personas Jurídicas de [OFICINA_REGISTRAL], señalando domicilio procesal en [DIRECCION_DEL_DOMICILIO_PROCESAL] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO_DE_NOTIFICACIONES], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que se me conceda el trato arancelario preferencial previsto en el [NOMBRE_DEL_ACUERDO_COMERCIAL_O_REGIMEN_PREFERENCIAL] respecto de la mercancía amparada en la declaración aduanera de mercancías N.° [NUMERO_DE_DAM_DE_IMPORTACION] y que, en consecuencia, se ordene la devolución de S/ [MONTO_A_DEVOLVER_EN_SOLES] por concepto de derechos arancelarios ad valorem pagados en exceso, más los intereses que correspondan hasta la fecha de puesta a disposición, mediante [CHEQUE_NOTA_DE_CREDITO_NEGOCIABLE_O_ABONO_EN_CUENTA], en la cuenta N.° [NUMERO_DE_CUENTA_BANCARIA] del banco [NOMBRE_DEL_BANCO] con CCI [CODIGO_DE_CUENTA_INTERBANCARIO]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Con fecha [FECHA_DE_NUMERACION_DE_LA_DAM] mi representada numeró la declaración aduanera N.° [NUMERO_DE_DAM_DE_IMPORTACION] ante la [INTENDENCIA_DE_ADUANA_DE_DESPACHO], destinando al régimen de importación para el consumo la mercancía consistente en [DESCRIPCION_DETALLADA_DE_LA_MERCANCIA], clasificada en la subpartida nacional [SUBPARTIDA_NACIONAL], por un valor en aduana de US$ [VALOR_EN_ADUANA]. 2. La mercancía es originaria de [PAIS_DE_ORIGEN], parte del [NOMBRE_DEL_ACUERDO_COMERCIAL_O_REGIMEN_PREFERENCIAL] vigente con la República del Perú, y califica como originaria por el criterio [CRITERIO_DE_ORIGEN_APLICABLE], conforme al certificado o certificación de origen N.° [NUMERO_DEL_CERTIFICADO_DE_ORIGEN] emitido el [FECHA_DE_EMISION_DEL_CERTIFICADO] por [NOMBRE_DEL_EMISOR_DEL_CERTIFICADO]. 3. Al momento del despacho no se consignó el código de trato preferencial internacional correspondiente, debido a que [MOTIVO_POR_EL_QUE_NO_SE_INVOCO_LA_PREFERENCIA]. Por esa razón se liquidaron y pagaron derechos arancelarios ad valorem a la tasa general de [TASA_ARANCELARIA_APLICADA] por ciento, según la liquidación de cobranza N.° [NUMERO_DE_LIQUIDACION_DE_COBRANZA], cancelada el [FECHA_DE_PAGO]. 4. De haberse invocado la preferencia, la tasa aplicable habría sido de [TASA_PREFERENCIAL] por ciento, con lo cual el pago en exceso asciende a S/ [MONTO_A_DEVOLVER_EN_SOLES], según el detalle del cuadro comparativo que se acompaña. 5. La presente solicitud se formula dentro del plazo de un (1) año contado desde la fecha de la importación, previsto en el capítulo de origen del acuerdo invocado para pedir el trato preferencial y la devolución de los derechos pagados en exceso. 6. La mercancía fue transportada directamente desde el territorio de la parte exportadora hacia el Perú, sin haber sido sometida a operaciones distintas de las permitidas para conservar el carácter originario, conforme se acredita con el documento de transporte y los demás documentos de embarque que se adjuntan. 7. Mi representada declara bajo juramento que la mercancía era originaria al momento de su importación y que la información y documentación presentada es veraz, auténtica y completa. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El capítulo de reglas de origen y procedimientos de origen del [NOMBRE_DEL_ACUERDO_COMERCIAL_O_REGIMEN_PREFERENCIAL] permite al importador que no solicitó trato arancelario preferencial al momento de la importación pedirlo posteriormente, dentro del plazo de un año contado desde esa fecha, acompañando una declaración escrita de que la mercancía era originaria, copia de la certificación de origen u otra información que demuestre el carácter originario y la documentación relativa a la importación. 2. El artículo 157 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053, regula la devolución por pagos indebidos o en exceso de la deuda tributaria aduanera. 3. El artículo 38 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, reconoce el derecho a la devolución de pagos indebidos o en exceso con los intereses correspondientes. Los artículos 162 y 163 del mismo texto regulan el trámite de las solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria y su impugnación. 4. El Decreto Supremo N.° 003-2013-MINCETUR establece disposiciones para la implementación de los capítulos en materia de origen contenidos en los acuerdos comerciales internacionales y de integración de los que el Perú es parte. 5. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, obliga a la autoridad a resolver conforme al principio de verdad material y a aplicar el principio de informalismo en favor del administrado. IV. ANEXOS 1-A. Copia de la declaración aduanera N.° [NUMERO_DE_DAM_DE_IMPORTACION] con su liquidación de tributos y constancia de pago. 1-B. Certificado o certificación de origen N.° [NUMERO_DEL_CERTIFICADO_DE_ORIGEN] en original. 1-C. Declaración jurada del importador de que la mercancía era originaria al momento de la importación. 1-D. Factura comercial, documento de transporte y lista de empaque. 1-E. Cuadro comparativo de liquidación con y sin preferencia arancelaria. 1-F. Ficha RUC y vigencia de poder del representante legal. 1-G. Copia del DNI del representante legal. POR TANTO: A usted, señor Intendente, pido admitir la presente solicitud, conceder el trato arancelario preferencial invocado y disponer la devolución del monto pagado en exceso con los intereses de ley. OTROSÍ DIGO: Que autorizo la notificación de los actos administrativos derivados de este procedimiento a la casilla electrónica y al correo consignados en el encabezado. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. _______________________________ [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL] DNI N.° [NUMERO_DE_DNI] [RAZON_SOCIAL_DEL_IMPORTADOR] RUC N.° [NUMERO_DE_RUC] BASE LEGAL - Capítulo de reglas de origen y procedimientos de origen del acuerdo comercial invocado, en la parte que regula la solicitud tardía de trato arancelario preferencial dentro del año siguiente a la importación. - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053, artículos 157 y 205. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo N.° 010-2009-EF. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, artículos 38, 162 y 163. - Decreto Supremo N.° 003-2013-MINCETUR, disposiciones para la implementación de los capítulos en materia de origen de los acuerdos comerciales. - Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Para qué sirve
La mercancía llegó, el agente de aduana numeró rápido para no pagar sobrestadía y nacionalizó con el arancel completo. El certificado de origen llegó tres días después, o estaba en un correo que nadie revisó. El importador terminó pagando derechos que un acuerdo comercial le permitía no pagar, a veces miles de soles en un embarque. Este escrito pide a la SUNAT que reconozca el trato preferencial después del despacho y devuelva lo pagado en exceso.
La solicitud tiene dos partes. Primero acreditas que la mercancía califica como originaria del país socio, con el certificado o la declaración de origen que exija el acuerdo. Después pides la devolución del monto pagado de más, con los intereses que correspondan. El escrito ya trae los campos de cuenta y código interbancario, porque omitir esos datos retrasa el pago aunque la solicitud se declare procedente.
Cuándo conviene usarlo
- Nacionalizaste sin invocar la preferencia y el certificado de origen existe o puede emitirse conforme al acuerdo aplicable.
- Se invocó el acuerdo, pero la aduana no aplicó la tasa preferencial por un error de digitación o de subpartida.
- El proveedor te envía tardíamente la certificación de origen y todavía estás dentro del plazo que fija el acuerdo.
Cómo llenarlo
- Revisa primero hasta cuándo puedes invocar la preferencia. El capítulo de origen del acuerdo fija ese plazo contado desde la importación, y vencido ya no hay devolución posible por esta vía.
- Identifica la declaración aduanera con número, fecha y aduana de despacho, e indica la serie exacta. Pedir la devolución sobre la declaración completa cuando solo una serie califica genera observación.
- Calcula el monto en soles serie por serie y muestra la operación: valor en aduana, tasa pagada, tasa preferencial y diferencia. Un monto global obliga al funcionario a rehacer el cálculo y demora meses.
- Verifica que el certificado de origen coincida con la factura, el conocimiento de embarque y la descripción de la mercancía. La discrepancia en la descripción es la causa más frecuente de denegatoria.
- Consigna con cuidado el número de cuenta y el código interbancario, y confirma que esté a nombre del importador. Una cuenta de tercero impide el abono aunque la solicitud se declare fundada.
Base legal
La devolución de tributos pagados en exceso en una importación se apoya en el Decreto Legislativo N.° 1053, Ley General de Aduanas, y en su reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF. Las reglas sobre devolución, intereses y procedimiento no contencioso provienen del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF. La acreditación del origen se rige por el capítulo de origen del acuerdo que invocas y por el Decreto Supremo N.° 003-2013-MINCETUR, y el procedimiento se completa con el TUO de la Ley N.° 27444.
¿Sirve si el certificado de origen se emitió después del despacho?
Muchos acuerdos admiten la certificación emitida con posterioridad, siempre que se presente dentro del plazo previsto y ampare la misma operación. Revisa el capítulo de origen del acuerdo concreto, porque las condiciones cambian de uno a otro.
¿Cómo me devuelven el dinero?
Puedes pedir el abono en cuenta, un cheque o una nota de crédito negociable, y el escrito trae las tres opciones. La nota de crédito resulta práctica cuando importas con frecuencia, porque se aplica contra deudas futuras.
¿Qué hago si la solicitud se deniega?
La denegatoria se impugna con reclamación ante la propia SUNAT dentro del plazo del Código Tributario, y luego con apelación ante el Tribunal Fiscal. Conserva el cargo de presentación, porque los plazos corren desde esa fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de devolucion de derechos arancelarios por trato preferencial no invocado en el despacho
¿El modelo de solicitud de devolucion de derechos arancelarios por trato preferencial no invocado en el despacho es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-devolucion-de-derechos-arancelarios-por-trato-preferencial-no-invocado-en-el-despacho/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de devolucion de derechos arancelarios por trato preferencial no invocado en el despacho sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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