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Comercio Exterior y Aduanas

Recurso de Apelación contra Resolución que Deniega la Restitución de Derechos Arancelarios (Drawback)

Modelo de recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal contra la resolución que deniega la restitución simplificada de derechos arancelarios (drawback), sustentado en el Reglamento de Restitución Simplificada y el Código Tributario.

Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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RECURSO DE APELACIÓN CONTRA RESOLUCIÓN QUE DENIEGA LA RESTITUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS (DRAWBACK)

Lugar y fecha: [LUGAR], [FECHA]

Señor(a)
Intendente de la Intendencia de Aduana de [INTENDENCIA_ADUANA]
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT
Presente.-

Asunto: RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N.º [NÚMERO_RESOLUCIÓN] QUE DENIEGA LA SOLICITUD DE RESTITUCIÓN SIMPLIFICADA DE DERECHOS ARANCELARIOS (DRAWBACK)

De mi consideración:

Yo, [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N.º [DNI_REPRESENTANTE], en representación de [NOMBRE_EMPRESA_EXPORTADORA], con RUC N.º [RUC_EMPRESA], según poder inscrito en [DATOS_REGISTRALES_PODER], me presento ante su despacho e interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra la Resolución N.º [NÚMERO_RESOLUCIÓN], de fecha [FECHA_RESOLUCIÓN], que declaró [IMPROCEDENTE/DENEGADA] nuestra solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios (drawback) correspondiente a la Solicitud N.º [NÚMERO_SOLICITUD_DRAWBACK], por los siguientes fundamentos:

I. ANTECEDENTES
1. Con fecha [FECHA_SOLICITUD_DRAWBACK], presentamos la solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios respecto de las exportaciones definitivas amparadas en la(s) DAM(s) N.º [NÚMERO_DAM_EXPORTACIÓN], por un monto de [MONTO_SOLICITADO] [MONEDA].
2. Mediante la Resolución impugnada, la Administración Aduanera denegó el beneficio solicitado, invocando como fundamento [FUNDAMENTO_DE_LA_DENEGATORIA: incumplimiento del límite del valor FOB / mercancía insumo no cumple el requisito de origen / documentación insuficiente / otro].
3. No estando conformes con dicha decisión, dentro del plazo legal, interponemos el presente recurso de apelación.

II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO
La solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios cumple con todos los requisitos y condiciones establecidos en el Reglamento de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios, por cuanto: [DETALLE_DE_LOS_ARGUMENTOS_DE_DEFENSA: la mercancía exportada incorpora insumos importados que pagaron derechos arancelarios / se cumple el límite del valor FOB de exportación / se cuenta con la documentación que acredita el uso de los insumos importados en el bien exportado]. Consideramos que la Administración Aduanera ha interpretado o aplicado erróneamente los requisitos del beneficio, correspondiendo revocar la Resolución impugnada, conforme a las normas del procedimiento contencioso-tributario reguladas en el Código Tributario, aplicables supletoriamente a la materia aduanera.

III. PETITORIO
En virtud de lo expuesto, solicito a su despacho eleve el presente recurso de apelación al Tribunal Fiscal, a fin de que este órgano REVOQUE la Resolución N.º [NÚMERO_RESOLUCIÓN] y declare FUNDADA la solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios (drawback) presentada, ordenando el pago del monto correspondiente más los intereses que resulten aplicables.

Adjunto a la presente: copia de la Resolución impugnada, copia de la solicitud de drawback original, documentación de sustento del beneficio (DAM de exportación, DAM de importación de insumos, estructura de costos u otros) y demás medios probatorios pertinentes.

Sin otro particular, quedo a la espera de la elevación del presente recurso.

Atentamente,


_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
DNI N.º [DNI_REPRESENTANTE]
[NOMBRE_EMPRESA_EXPORTADORA]
RUC N.º [RUC_EMPRESA]

El drawback o restitución simplificada de derechos arancelarios es un beneficio que permite al exportador recuperar un porcentaje del valor FOB de sus exportaciones cuando estas incorporan insumos importados que pagaron derechos arancelarios. Cuando SUNAT deniega la solicitud de drawback mediante una resolución, el exportador puede impugnarla mediante recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal, conforme al Reglamento de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios y al Código Tributario, que regula el procedimiento contencioso-tributario en materia aduanera.

Cuando usar este modelo

Se utiliza cuando la Administración Aduanera ha emitido una resolución que deniega, total o parcialmente, una solicitud de restitución simplificada de derechos arancelarios previamente presentada. Es distinto de la solicitud inicial de drawback, que es el pedido primigenio del beneficio; este recurso corresponde a la etapa posterior, cuando dicho pedido ya fue evaluado y rechazado por SUNAT, y el exportador decide impugnar esa decisión.

Que datos necesitas

Reúne la Resolución que deniega el drawback con el detalle de sus fundamentos, la solicitud original presentada, las DAM de exportación y de importación de los insumos utilizados, y cualquier documentación técnica o contable que acredite el uso de dichos insumos importados en el bien exportado, como estructuras de costos o fichas técnicas de producción.

Paso a paso

Primero, analiza con detalle los fundamentos por los cuales SUNAT denegó el drawback, identificando si se trata de un tema documentario, de valor FOB o de origen de los insumos. Segundo, reúne toda la evidencia que contradiga o subsane esos fundamentos. Tercero, redacta el recurso de apelación explicando por qué la solicitud cumple con los requisitos del Reglamento de Restitución Simplificada. Cuarto, presenta el recurso dentro del plazo legal ante la Intendencia de Aduana que emitió la resolución, para que esta lo eleve al Tribunal Fiscal. Finalmente, haz seguimiento del expediente hasta obtener la resolución del Tribunal Fiscal.

Errores comunes

Un error frecuente es presentar el recurso fuera del plazo legal establecido, lo que puede determinar que sea declarado inadmisible sin entrar al análisis de fondo. Otro error habitual es no acompañar la documentación técnica que sustente el vínculo entre el insumo importado y el bien exportado, dejando el recurso sin sustento probatorio suficiente. También es común repetir los mismos argumentos de la solicitud original sin abordar específicamente los fundamentos concretos de la denegatoria.

Preguntas frecuentes

¿Ante quién se presenta el recurso de apelación? Se presenta ante la Intendencia de Aduana que emitió la resolución denegatoria, la cual verifica los requisitos de admisibilidad y eleva el expediente al Tribunal Fiscal para su resolución final.

¿Qué pasa si el Tribunal Fiscal también deniega el drawback? Contra lo resuelto por el Tribunal Fiscal cabe, de ser el caso, recurrir a la vía judicial mediante el proceso contencioso administrativo, conforme a las reglas generales aplicables a las controversias tributarias y aduaneras.

¿El drawback aplica a cualquier tipo de exportación? No; el beneficio está sujeto a límites y condiciones establecidos en el Reglamento de Restitución Simplificada, como topes al valor FOB de exportación y la exigencia de que los insumos importados hayan pagado derechos arancelarios.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación contra resolución que deniega la restitución de derechos arancelarios (drawback)

¿El modelo de recurso de apelación contra resolución que deniega la restitución de derechos arancelarios (drawback) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-contra-resolucion-que-deniega-la-restitucion-de-derechos-arancelarios-drawback/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación contra resolución que deniega la restitución de derechos arancelarios (drawback) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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