Solicitud de Exoneración de Arbitrios Municipales por Terreno Sin Construir
Solicitud a la municipalidad distrital para exonerar o reducir los arbitrios de limpieza pública, parques y serenazgo de un terreno sin construir que no disfruta de los servicios, invocando las STC 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC del Tribunal Constitucional.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE EXONERACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES POR TERRENO SIN CONSTRUIR [CIUDAD], [FECHA] Señor ALCALDE / GERENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE [DISTRITO] Presente.- Referencia: Predio ubicado en [DIRECCIÓN_PREDIO], Código de Contribuyente N.° [CODIGO_CONTRIBUYENTE], Partida N.° [PARTIDA_REGISTRAL]. Yo, [NOMBRE_PROPIETARIO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio en [DOMICILIO], propietario(a) del predio de la referencia, ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito la EXONERACIÓN (o, en su defecto, la reducción a la tarifa social) de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a mi predio, por tratarse de un TERRENO SIN CONSTRUIR que no genera ni disfruta, efectiva ni potencialmente, de dichos servicios; y que se rectifique el estado de cuenta de los ejercicios [EJERCICIOS]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El predio de la referencia es un terreno sin edificación alguna, sin habitantes y sin actividad, conforme se aprecia en el autovalúo y en la constatación que se solicita. 2. Al no existir vivienda ni ocupantes, el predio no produce residuos sólidos que recolectar, por lo que no se beneficia del servicio de limpieza pública ni del recojo de basura. 3. La municipalidad, sin embargo, me viene liquidando los arbitrios como si el predio estuviera construido y habitado, generando una deuda que no corresponde a servicio prestado alguno. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Las Sentencias del Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes N.° 0041-2004-AI/TC y N.° 00053-2004-PI/TC establecen que los arbitrios deben distribuirse en función del criterio de disfrute, uso o aprovechamiento efectivo o potencial del servicio, y no de la mera capacidad contributiva; un cobro sin correlato con el servicio es inconstitucional. 2. Un terreno sin construir no genera residuos (limpieza pública) ni ocupantes que usen parques y jardines, por lo que aplicar la misma tarifa que a un predio habitado vulnera dichos criterios. 3. La Ordenanza Distrital N.° [NUMERO_ORDENANZA], ratificada por el SAT / Municipalidad Provincial, contempla tarifa diferenciada o exoneración para predios sin construir, cuyo beneficio invoco. IV. MEDIOS PROBATORIOS - Copia del autovalúo (PU/HR) donde consta el predio como terreno sin construir. - Fotografías actuales del terreno. - Copia literal de la Partida Registral N.° [PARTIDA_REGISTRAL]. - Solicitud de inspección o constatación municipal del estado del predio. POR TANTO: Solicito acceder al pedido, disponer la inspección del predio y exonerar o reducir los arbitrios, por ser conforme a la jurisprudencia constitucional vigente. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_PROPIETARIO] DNI N.° [NUMERO_DNI]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando eres dueño de un lote o terreno sin construir y la municipalidad te cobra arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo como si vivieras en él. Las Sentencias del Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes N.° 0041-2004-AI/TC y N.° 00053-2004-PI/TC establecen que los arbitrios deben distribuirse según el disfrute efectivo o potencial del servicio, no según la mera propiedad. Un terreno sin edificar no genera basura ni tiene ocupantes que usen parques, por lo que cobrar la tarifa completa vulnera esos criterios y habilita a pedir la exoneración o la tarifa social.
Qué datos necesitas
- Nombre y DNI del propietario y código de contribuyente municipal.
- Dirección del predio y número de partida registral.
- Ejercicios (años) que quieres rectificar y el número de la ordenanza distrital de arbitrios.
- Fotografías actuales que muestren el terreno sin construir.
Paso a paso
- Revisa tu autovalúo (PU/HR): debe figurar el predio como terreno sin construir.
- Completa la solicitud pidiendo exoneración o tarifa social e invocando las STC 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC.
- Adjunta autovalúo, partida registral y fotografías del terreno.
- Solicita expresamente una inspección o constatación municipal del estado del predio.
- Preséntala por mesa de partes; si la deniegan, reclama ante el SAT o municipalidad y, de ser necesario, ante el Tribunal Fiscal.
Errores comunes
- Confundir esta exoneración con la rebaja por predio desocupado, que aplica a un inmueble construido pero sin habitar.
- No pedir inspección municipal: sin constatación del estado del predio, la administración suele rechazar el pedido.
- Suponer que la exoneración es automática: depende de que la ordenanza distrital prevea tarifa diferenciada y de que lo solicites.
- Dejar acumular deuda de varios años sin impugnar los recibos a tiempo.
Preguntas frecuentes
¿Un terreno sin construir paga arbitrios? No debería pagar la misma tarifa que un predio habitado. Según las STC 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, si no hay disfrute del servicio, el cobro pierde sustento.
¿Me devuelven lo pagado de más? Puedes pedir la compensación o devolución de lo pagado indebidamente respecto de los ejercicios no prescritos, junto con la rectificación.
¿Sirve para cualquier distrito? El criterio constitucional es general, pero el beneficio concreto depende de la ordenanza de tu distrito; por eso conviene citar su número y pedir la tarifa social si no hay exoneración total.
Cómo presentar solicitud de exoneración de arbitrios municipales por terreno sin construir: paso a paso
- Identifica el acto de SUNAT que impugnas. Ubica la resolución de determinación, multa u orden de pago. Anota el número, fecha de notificación y monto. Estos datos fijan el plazo y el recurso aplicable.
- Verifica los plazos. Reclamación ante SUNAT: 20 días hábiles desde la notificación (Art. 137 CT). Apelación ante el Tribunal Fiscal: 15 días hábiles desde que SUNAT notifica su resolución (Art. 146 CT). Fuera de plazo requiere carta fianza.
- Reúne los medios probatorios. Junta declaraciones juradas, comprobantes de pago, libros contables, contratos y documentos que sustenten los hechos controvertidos. La carga de la prueba es del contribuyente para acreditar sus afirmaciones.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos de la resolución impugnada, el periodo fiscalizado, los reparos que cuestionas y los fundamentos legales que los desvirtúan.
- Presenta en la mesa de partes de SUNAT. Entrega el escrito en la intendencia que emitió el acto o por la Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT). Obtén número de expediente y monitorea el plazo de resolución (9 meses para reclamación, 12 para apelación).
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de exoneración de arbitrios municipales por terreno sin construir
¿El modelo de solicitud de exoneración de arbitrios municipales por terreno sin construir es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-exoneracion-de-arbitrios-municipales-por-terreno-sin-construir/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de exoneración de arbitrios municipales por terreno sin construir sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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