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Derecho Registral

Solicitud de Inscripción de Conversión de Embargo Preventivo en Definitivo ante SUNARP

Escrito para convertir la anotación preventiva de embargo en inscripción definitiva sobre el predio afectado, conforme a los Arts. 65 y 67 del Reglamento General de los Registros Públicos (Res. 126-2012-SUNARP-SN).

Actualizado al 24 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO EN INSCRIPCIÓN DEFINITIVA

SUMILLA: Solicito conversión en inscripción definitiva de la anotación preventiva de embargo que consta en la Partida N° [NUMERO_PARTIDA].

SEÑOR REGISTRADOR PÚBLICO DE LA ZONA REGISTRAL N° [NUMERO_ZONA] - OFICINA REGISTRAL DE [OFICINA_REGISTRAL]:

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], en mi calidad de [CALIDAD_SOLICITANTE] en el proceso seguido ante el [JUZGADO], ante usted con respeto digo:

I. PETITORIO
Solicito que la anotación preventiva de embargo que consta en el Asiento N° [NUMERO_ASIENTO] de la Partida Registral N° [NUMERO_PARTIDA] se convierta en inscripción definitiva, conservando la prioridad de la anotación originaria.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. En el Asiento N° [NUMERO_ASIENTO] de la Partida N° [NUMERO_PARTIDA] consta la anotación preventiva de embargo dispuesta en el Expediente N° [NUMERO_EXPEDIENTE].
2. La causa que dio lugar a la anotación preventiva ha sido subsanada o ha quedado consolidada mediante [MOTIVO_CONVERSION].
3. Corresponde convertir la anotación preventiva en inscripción definitiva, manteniendo la prioridad ganada con el asiento de presentación originario.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El Art. 65 del Reglamento General de los Registros Públicos (Res. 126-2012-SUNARP-SN) regula los supuestos de anotación preventiva, incluidos los títulos cuya inscripción no puede realizarse de inmediato por un defecto subsanable o por falta de inscripción previa del derecho del que emanan.
2. El Art. 67 del mismo Reglamento dispone que la anotación preventiva se convierte en inscripción definitiva cuando se subsana la causa que motivó su carácter provisional, retrotrayéndose los efectos a la fecha de la anotación.

IV. ANEXOS
1-A) Copia del documento de identidad del solicitante.
1-B) Copia certificada de la resolución judicial que sustenta la conversión.
1-C) Copia literal de la Partida N° [NUMERO_PARTIDA].

POR TANTO:
A usted, señor Registrador, solicito admitir esta solicitud y convertir la anotación preventiva de embargo en inscripción definitiva conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA].


____________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

La solicitud de inscripción de conversión de embargo preventivo en definitivo es el pedido que presentas en SUNARP para que un embargo que originalmente se inscribió como medida cautelar preventiva pase a tener carácter definitivo, una vez que el juez emitió sentencia firme a tu favor en el proceso principal. Es el paso registral que convierte la medida cautelar en una herramienta de ejecución plena.

Para qué sirve este modelo

Sirve para fortalecer la posición del acreedor que obtuvo medida cautelar antes de la sentencia y ahora cuenta con resolución firme. La conversión asegura que el embargo no se levante por vencimiento ni por caducidad cautelar, y permite avanzar directamente hacia el remate o ejecución forzada del bien afectado.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

La presenta la parte demandante (acreedor o ejecutante) que obtuvo sentencia firme. Conviene usarla apenas tengas la constancia de consentida o ejecutoriada, sin esperar al remate, para evitar maniobras del deudor (transferencias simuladas, anotaciones de demandas posteriores) y para acelerar la ejecución.

Base legal vigente 2026

Aplica el Código Procesal Civil, artículos 608 al 657 sobre medidas cautelares, en especial el artículo 619 sobre conversión de medida cautelar en ejecución y el artículo 642 sobre embargo. El Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, Resolución N° 097-2013-SUNARP-SN, regula la anotación de embargos. El Reglamento General de los Registros Públicos, Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN, fija plazos de calificación. Para embargos sobre bienes muebles aplica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular y normas conexas vigentes al 2026.

Qué datos y documentos necesitas

  • Copia certificada del oficio o parte judicial que ordena la conversión.
  • Copia certificada de la sentencia firme con constancia de consentida o ejecutoriada.
  • Número de partida registral del bien embargado.
  • Identificación del asiento donde está anotado el embargo preventivo original.
  • DNI del solicitante o del representante procesal (abogado del acreedor).
  • Copia literal actualizada de la partida.
  • Tasa registral por anotación de conversión.

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Obtén la sentencia firme: solicita en el juzgado la constancia de consentida o ejecutoriada de la resolución que favorece al acreedor.
  2. Pide oficio al juzgado: el juez emite el oficio dirigido a SUNARP ordenando la conversión del embargo preventivo en definitivo.
  3. Redacta la solicitud: identifica partida, asiento del embargo y número de proceso judicial.
  4. Paga la tasa registral: abona la tasa por anotación de conversión (consulta tarifario SUNARP 2026, suele ser entre S/ 22 y S/ 40).
  5. Presenta por mesa de partes: ingresa el oficio judicial y la solicitud en la oficina registral donde está la partida. Recibes número de título.
  6. Calificación e inscripción: el registrador califica en siete días hábiles. Si está conforme, anota la conversión en el mismo rango del embargo original, conservando la prioridad.

Errores comunes a evitar

  • Presentar la solicitud sin la constancia firme de la sentencia: será observada.
  • Olvidar identificar el asiento original del embargo preventivo.
  • Pensar que la conversión cambia el rango: el rango se mantiene desde la anotación cautelar.
  • No verificar si hubo modificaciones del embargo (ampliaciones, sustituciones) que afecten la conversión.
  • Solicitar la conversión sin la orden judicial expresa: SUNARP no la inscribe de oficio.

Preguntas frecuentes

¿Por qué es importante convertir el embargo preventivo en definitivo?

Porque el embargo preventivo está sujeto a caducidad cautelar conforme al Código Procesal Civil. Una vez emitida la sentencia firme, dejar el embargo como preventivo expone al acreedor a que el deudor pida su levantamiento. La conversión asegura permanencia.

¿Pierdo la prioridad si convierto el embargo después de mucho tiempo?

No. La prioridad se mantiene desde la anotación originaria del embargo preventivo, conforme al artículo 619 del Código Procesal Civil y el principio de prioridad registral del artículo 2017 del Código Civil. La conversión solo refuerza el rango, no lo modifica.

¿Puede el deudor oponerse a la conversión?

Solo puede cuestionar la sentencia firme por las vías procesales que aún tenga abiertas, no la conversión registral en sí. SUNARP califica la formalidad del oficio judicial, no el fondo del proceso. La oposición material es ante el juzgado, no ante el registrador.

¿Cuánto demora SUNARP en inscribir la conversión?

El plazo ordinario de calificación es de siete días hábiles desde la presentación, conforme al Reglamento General de los Registros Públicos. Si hay observaciones, el plazo se interrumpe hasta la subsanación dentro de los treinta y cinco días hábiles legales.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de inscripción de conversión de embargo preventivo en definitivo ante sunarp

¿El modelo de solicitud de inscripción de conversión de embargo preventivo en definitivo ante sunarp es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-inscripcion-de-conversion-de-embargo-preventivo-en-definitivo-ante-sunarp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de inscripción de conversión de embargo preventivo en definitivo ante sunarp sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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