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Procesal Civil

Solicitud de Medida Cautelar de Anotación de Demanda en Registros Públicos

Modelo de solicitud de medida cautelar de anotación de demanda en la SUNARP cuando la pretensión discute un derecho inscrito, para dar publicidad y oponibilidad frente a terceros, con ofrecimiento de contracautela, conforme al Art. 673 y a los Arts. 608 y 613 del Código Procesal Civil.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA EN REGISTROS PÚBLICOS

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N.° [DNI], con domicilio real en [DIRECCION] y domicilio procesal en la casilla electrónica N.° [CASILLA_ELECTRONICA], en el proceso que sigo contra [NOMBRE_DEMANDADO], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito se conceda MEDIDA CAUTELAR DE ANOTACIÓN DE DEMANDA en la Partida Registral N.° [PARTIDA] de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), correspondiente al inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], oficiándose al registrador para que inscriba la anotación de la demanda de [PRETENSION: nulidad de acto jurídico / mejor derecho de propiedad / otorgamiento de escritura], a fin de dar publicidad al proceso y oponibilidad frente a terceros.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. En el proceso principal discuto un derecho inscrito en la partida registral antes indicada.
2. Existe riesgo de que el demandado transfiera o grave el bien a terceros que luego invoquen buena fe registral, tornando ineficaz la sentencia.
3. La anotación de la demanda no impide el uso del bien, pero advierte a cualquier tercero de la existencia del litigio.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Amparo la solicitud en el artículo 673 del Código Procesal Civil, que dispone que cuando la pretensión discute un derecho inscrito, la medida cautelar puede consistir en la anotación de la demanda en el registro respectivo; en el artículo 608, que faculta al juez a dictar medidas cautelares; y en el artículo 613, sobre la contracautela. El tercero que adquiera con posterioridad a la anotación no podrá alegar desconocimiento del proceso.

IV. VEROSIMILITUD, PELIGRO EN LA DEMORA Y ADECUACIÓN
Concurren la apariencia del derecho invocado, el peligro en la demora por el riesgo de disposición del bien y la adecuación de la anotación de demanda a la pretensión discutida.

V. CONTRACAUTELA
Ofrezco contracautela de naturaleza [TIPO_CONTRACAUTELA] por la suma de S/ [MONTO_CONTRACAUTELA], conforme al artículo 613 del Código Procesal Civil.

VI. MEDIOS PROBATORIOS
a) Copia literal de la Partida Registral N.° [PARTIDA].
b) Copia de la demanda principal admitida.

VII. ANEXOS
1-A Copia del DNI del solicitante.
1-B Copia literal de la partida registral.
1-C Copia de la resolución que admite la demanda principal.

POR TANTO:
Pido a usted, señor Juez, conceder la medida cautelar y oficiar a la SUNARP para la anotación de la demanda en la partida registral señalada.

[CIUDAD], [FECHA].

_____________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N.° [DNI]

_____________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado - Reg. C.A. N.° [NUMERO_COLEGIATURA]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando tu proceso discute un derecho inscrito en la SUNARP (propiedad, nulidad de un acto, mejor derecho, otorgamiento de escritura) y quieres evitar que el demandado transfiera o grave el bien a un tercero que luego alegue buena fe registral. El artículo 673 del Código Procesal Civil permite anotar la demanda en la partida registral, dando publicidad al litigio y oponibilidad frente a quien adquiera después.

Qué datos necesitas

  • El número de la partida registral y la identificación del bien inscrito.
  • La copia de la demanda principal admitida y la pretensión que se discute.
  • Los datos del demandado titular registral del derecho.
  • El tipo y monto de la contracautela que ofreces.
  • La copia literal actualizada de la partida donde se hará la anotación.

Paso a paso

  1. Verifica que tu pretensión recaiga sobre un derecho inscrito, condición del artículo 673 del CPC.
  2. Obtén la copia literal de la partida y la copia de la demanda admitida.
  3. Ofrece la contracautela exigida por el artículo 613 del CPC.
  4. Presenta la solicitud en cuaderno cautelar y pide que se oficie a la SUNARP.
  5. Con la resolución concesoria, cursa el parte o el oficio al registrador para inscribir la anotación.

Errores comunes

  • Pedir la anotación cuando la pretensión no recae sobre un derecho inscrito.
  • Creer que la anotación impide usar o poseer el bien: solo publicita el litigio, no lo inmoviliza.
  • Omitir la contracautela, requisito de toda medida cautelar.
  • Consignar mal el número de partida, de modo que la SUNARP observe el título.

Preguntas frecuentes

¿La anotación impide vender el inmueble? No; el bien puede transferirse, pero el adquirente lo recibe con la carga del litigio anotado y no podrá invocar buena fe registral frente a la sentencia (art. 673 CPC).

¿En qué se diferencia del embargo? El embargo afecta el bien para su eventual remate; la anotación de demanda solo da publicidad al proceso, sin fines de ejecución, para proteger la eficacia de la futura sentencia.

¿Cuánto dura la anotación? Subsiste mientras dure el proceso y se cancela con la resolución que ponga fin al litigio o que expresamente la levante; si la demanda es amparada, la sentencia se inscribe con prioridad desde la anotación.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de medida cautelar de anotación de demanda en registros públicos

¿El modelo de solicitud de medida cautelar de anotación de demanda en registros públicos es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-medida-cautelar-de-anotacion-de-demanda-en-registros-publicos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de medida cautelar de anotación de demanda en registros públicos sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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