Solicitud de Mejora de la Medida Cautelar por Insuficiencia
Solicitud de mejora o ampliación de la medida cautelar por resultar insuficiente para garantizar la pretensión, al amparo del artículo 617 del Código Procesal Civil.
Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE MEJORA DE LA MEDIDA CAUTELAR EXPEDIENTE N°: [NUMERO_EXPEDIENTE] CUADERNO: CAUTELAR ESCRITO N°: [NUMERO_ESCRITO] SUMILLA: SOLICITO MEJORA DE MEDIDA CAUTELAR POR INSUFICIENCIA SEÑOR JUEZ DEL [NUMERO_JUZGADO] JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]: [NOMBRE], identificado con DNI N° [DNI], con domicilio procesal en la Casilla Electrónica N° [CASILLA], en el cuaderno cautelar de los seguidos contra [NOMBRE_DEMANDADO] sobre [MATERIA]; a usted digo: I. PETITORIO Al amparo del artículo 617 del Código Procesal Civil, que faculta a la parte a solicitar la variación de la medida cautelar, SOLICITO la MEJORA Y AMPLIACIÓN de la medida cautelar de [TIPO_DE_MEDIDA] concedida mediante Resolución N° [NUMERO_RESOLUCION], a fin de que se extienda sobre [BIEN_ADICIONAL] hasta cubrir la suma total de S/ [MONTO]. II. FUNDAMENTOS: INSUFICIENCIA DE LA MEDIDA 1. La medida cautelar actualmente trabada resulta INSUFICIENTE para garantizar el íntegro de la pretensión, pues el bien afectado tiene un valor de S/ [VALOR_ACTUAL], inferior al monto adeudado. 2. Como titular de la medida y acreedor, tengo derecho a que la garantía cubra el crédito, los intereses legales y las costas del proceso. 3. Han variado las circunstancias existentes al momento de concederse la medida, lo que habilita su variación conforme al artículo 617 del Código Procesal Civil. III. CONTRACAUTELA La mejora solicitada no altera la naturaleza de la medida; de estimarlo necesario el juzgado, ofrezco ampliar la contracautela en la proporción que se fije, conforme al artículo 613 del Código Procesal Civil. IV. OPORTUNIDAD Y BASE LEGAL La variación de la medida cautelar procede en cualquier estado del proceso a pedido de parte, conforme al artículo 617 del Código Procesal Civil, concordante con el artículo 611 que exige que la medida sea adecuada y proporcional a la pretensión garantizada. La mejora se sustenta en la insuficiencia sobreviniente de la garantía y en la necesidad de asegurar el íntegro del crédito, sus intereses y las costas del proceso. POR TANTO: Solicito conceder la mejora de la medida cautelar y oficiar lo pertinente para su inscripción o ejecución. PRIMER OTROSÍ DIGO: Adjunto la tasación o documento que acredita el valor insuficiente del bien afectado. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________ _______________________ ABOGADO — Reg. C.A. N° [NUMERO_COLEGIATURA] [NOMBRE]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud, como parte que obtuvo la medida (acreedor), cuando la cautelar concedida resulta insuficiente para garantizar el íntegro de tu pretensión, sus intereses y las costas. El artículo 617 del Código Procesal Civil permite pedir la variación de la medida —su modificación, ampliación o mejora— cuando cambian las circunstancias que existían al momento de concederla o cuando el bien afectado no cubre el crédito.
Qué datos necesitas
- La resolución que concedió la medida cautelar original.
- El valor actual del bien afectado y el monto total de la pretensión.
- El bien adicional sobre el que se extenderá la medida.
- La tasación o el documento que acredita la insuficiencia.
- El expediente cautelar y la casilla electrónica.
Paso a paso
- Identifica la medida concedida y su alcance actual.
- Acredita que el bien afectado tiene un valor inferior al monto adeudado.
- Precisa el bien adicional y el monto total que debe cubrir la garantía.
- Invoca el artículo 617 y el cambio de circunstancias que habilita la variación.
- Adjunta la tasación y solicita la inscripción o ejecución de la mejora.
Errores comunes
- Pedir la mejora sin acreditar el valor real del bien y el monto de la deuda.
- Confundir la mejora (a favor del acreedor) con la reducción (a favor del deudor).
- No indicar el bien adicional sobre el que recaería la ampliación.
- Omitir la tasación o documento que demuestra la insuficiencia.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir la mejora? La parte titular de la medida (el acreedor), cuando la garantía resulta insuficiente, al amparo del artículo 617 del Código Procesal Civil.
¿Debo ofrecer más contracautela? No necesariamente; si el juzgado lo estima, puedes ampliarla en la proporción que se fije conforme al artículo 613.
¿La mejora se resuelve de inmediato? El juez la evalúa con la prueba de la insuficiencia y, de ampararla, dispone la ampliación y su inscripción o ejecución.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de mejora de la medida cautelar por insuficiencia
¿El modelo de solicitud de mejora de la medida cautelar por insuficiencia es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-mejora-de-la-medida-cautelar-por-insuficiencia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de mejora de la medida cautelar por insuficiencia sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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