Solicitud de Permiso de Salida por Nacimiento de Hijo del Interno
Solicitud dirigida al Director del establecimiento penitenciario para obtener permiso de salida de hasta 72 horas por nacimiento de hijo del interno, al amparo del Art. 43, inciso b) del Código de Ejecución Penal.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE PERMISO DE SALIDA POR NACIMIENTO DE HIJO SUMILLA: SOLICITO PERMISO DE SALIDA POR NACIMIENTO DE MI HIJO SEÑOR DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE [NOMBRE_PENAL] [NOMBRE_INTERNO], identificado con DNI N.° [NUMERO_DNI], interno del pabellón [NUMERO_PABELLON], con registro penitenciario N.° [NUMERO_REGISTRO], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Al amparo del artículo 43, inciso b) del Código de Ejecución Penal, solicito se me conceda PERMISO DE SALIDA de hasta setenta y dos horas por el nacimiento de mi hijo, para asistir y conocer al recién nacido y a la madre. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 2.1. El día [FECHA_NACIMIENTO] nació mi hijo [NOMBRE_HIJO] en [LUGAR_NACIMIENTO], hecho que acredito con el certificado de nacido vivo y el acta de nacimiento que adjunto. 2.2. La madre del menor es [NOMBRE_MADRE], identificada con DNI N.° [DNI_MADRE], con quien mantengo una relación acreditada. 2.3. El nacimiento de mi hijo constituye un hecho trascendental que justifica mi presencia temporal fuera del establecimiento, sin que ello afecte la seguridad ni el régimen penitenciario. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3.1. El artículo 43, inciso b) del Código de Ejecución Penal contempla expresamente el permiso de salida por nacimiento de hijos del interno. 3.2. Conforme al mismo artículo, este beneficio lo concede el Director del establecimiento penitenciario, dando cuenta al representante del Ministerio Público y, en su caso, al juez que conoce del proceso, y su duración no excede de setenta y dos horas. 3.3. El permiso puede otorgarse con las medidas de seguridad y custodia que la Dirección estime necesarias. IV. MEDIOS PROBATORIOS a) Certificado de nacido vivo emitido por el establecimiento de salud. b) Acta o partida de nacimiento del menor. c) Documento que acredita el vínculo con la madre del recién nacido. POR TANTO: Pido a usted conceder el permiso de salida solicitado, disponiendo la custodia que corresponda y dando cuenta al Ministerio Público. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_INTERNO] DNI N.° [NUMERO_DNI] Registro Penitenciario N.° [NUMERO_REGISTRO]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando eres interno y acaba de nacer tu hijo, para pedir el permiso de salida de hasta setenta y dos horas que reconoce expresamente el artículo 43, inciso b) del Código de Ejecución Penal. A diferencia del permiso por fallecimiento o enfermedad grave de un familiar (inciso a) o del permiso para gestiones de trabajo y alojamiento (inciso d), esta causal se sustenta en el nacimiento del hijo y busca que puedas conocer al recién nacido y acompañar a la madre. Lo concede el Director del penal, dando cuenta al Ministerio Público.
Qué datos necesitas
- Tu registro penitenciario y pabellón.
- Fecha y lugar de nacimiento del hijo.
- Certificado de nacido vivo del establecimiento de salud.
- Acta o partida de nacimiento del menor.
- Documento que acredite el vínculo con la madre del recién nacido.
Paso a paso
- Obtén el certificado de nacido vivo y tramita la partida de nacimiento del menor.
- Completa el modelo con tus datos, los del hijo y los de la madre.
- Adjunta la documentación que acredita el nacimiento y el vínculo.
- Presenta la solicitud en la mesa de partes del establecimiento, dirigida al Director.
- Coordina con la Dirección la custodia y el horario del permiso.
Errores comunes
- Presentar la solicitud sin el certificado de nacido vivo o la partida de nacimiento.
- Dirigir el pedido al juez cuando la ley lo atribuye al Director del establecimiento.
- Pedir un plazo mayor a setenta y dos horas, que es el tope legal del permiso.
- Omitir el documento que acredita el vínculo con la madre del recién nacido.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el permiso? Hasta setenta y dos horas, según el artículo 43 del Código de Ejecución Penal; la Dirección fija el plazo concreto y las medidas de custodia.
¿Quién autoriza la salida? El Director del establecimiento penitenciario, que da cuenta al representante del Ministerio Público y, de ser el caso, al juez del proceso.
¿Salgo con custodia? Sí; la Dirección puede disponer las medidas de seguridad y custodia que estime necesarias durante el permiso.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de permiso de salida por nacimiento de hijo del interno
¿El modelo de solicitud de permiso de salida por nacimiento de hijo del interno es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-permiso-de-salida-por-nacimiento-de-hijo-del-interno/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de permiso de salida por nacimiento de hijo del interno sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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