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Derecho Registral

Solicitud de Reserva de Prioridad Registral ante SUNARP

Escrito para reservar la prioridad registral de un acto inscribible y advertir sobre títulos incompatibles, conforme a los Arts. 25 y 26 del Reglamento General de los Registros Públicos (Res. 126-2012-SUNARP-SN).

Actualizado al 24 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE RESERVA DE PRIORIDAD REGISTRAL

SUMILLA: Solicito reserva de prioridad registral sobre la Partida N° [NUMERO_PARTIDA] respecto del acto contenido en el Título N° [NUMERO_TITULO].

SEÑOR REGISTRADOR PÚBLICO DE LA ZONA REGISTRAL N° [NUMERO_ZONA] - OFICINA REGISTRAL DE [OFICINA_REGISTRAL]:

Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado con DNI N° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], en mi calidad de [CALIDAD_SOLICITANTE], ante usted con respeto digo:

I. PETITORIO
Solicito que se tenga por reservada la prioridad registral del acto contenido en el Título N° [NUMERO_TITULO], presentado el [FECHA_PRESENTACION], sobre la Partida Registral N° [NUMERO_PARTIDA], a efectos de que sus efectos se retrotraigan a la fecha y hora del asiento de presentación.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. He presentado el Título N° [NUMERO_TITULO] referido al acto de [DESCRIPCION_ACTO] sobre el predio inscrito en la Partida N° [NUMERO_PARTIDA].
2. Durante la calificación del título podrían presentarse títulos posteriores incompatibles que afecten la prioridad del acto rogado.
3. Requiero que se respete la prioridad derivada del asiento de presentación durante toda la vigencia de este.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El Art. 25 del Reglamento General de los Registros Públicos (Res. 126-2012-SUNARP-SN) fija en treinta y cinco (35) días la vigencia del asiento de presentación, periodo durante el cual se reserva la prioridad del título.
2. El Art. 26 del mismo Reglamento establece que, durante la vigencia del asiento de presentación, pueden inscribirse títulos posteriores referidos a la misma partida salvo que sean incompatibles con aquel.
3. El principio de prioridad de rango retrotrae los efectos de la inscripción a la fecha y hora del asiento de presentación.

IV. ANEXOS
1-A) Copia del documento de identidad del solicitante.
1-B) Constancia del asiento de presentación del Título N° [NUMERO_TITULO].
1-C) Copia literal de la Partida N° [NUMERO_PARTIDA].

POR TANTO:
A usted, señor Registrador, solicito tener por reservada la prioridad registral del título de la referencia conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA].


____________________________
[NOMBRE_SOLICITANTE]
DNI N° [DNI_SOLICITANTE]

La solicitud de reserva de prioridad registral es el pedido que presentas en SUNARP para asegurar que un acto que vas a inscribir tenga prioridad respecto de actos posteriores, durante un plazo determinado. Es una herramienta útil cuando estás cerrando una operación inmobiliaria, una constitución de hipoteca o una transferencia de acciones y necesitas blindar la prelación mientras completas la documentación.

Para qué sirve este modelo

Sirve para "congelar" la partida registral a tu favor durante un plazo legal, evitando que cualquier tercero inscriba algo que perjudique tu operación en curso. Es habitual en bancos que están por desembolsar un crédito hipotecario, en compradores que ya pactaron el precio pero aún no firman la escritura, o en sociedades que están por inscribir un aumento de capital.

Quién lo presenta y cuándo conviene usarlo

La presenta la persona natural o jurídica que está por celebrar el acto inscribible, su notario, o el banco acreedor. Conviene usarla en operaciones de alto valor, cuando hay riesgo de embargo inminente, cuando hay disputas familiares sobre el bien, o cuando entre la firma de la minuta y la inscripción definitiva pueden pasar varias semanas.

Base legal vigente 2026

El instrumento principal es el certificado de bloqueo registral, regulado por el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral y por la Ley N° 26481 y normas conexas que crean los bloqueos por operaciones bancarias y notariales. El Reglamento General de los Registros Públicos, artículo 25, regula la vigencia del asiento de presentación. El Código Civil, artículo 2017, consagra el principio de prioridad registral. Para operaciones notariales aplica la Ley del Notariado, Decreto Legislativo N° 1049. Las directivas SUNARP vigentes al 2026 detallan plazos: típicamente sesenta días para bloqueo notarial y plazos especiales para bancarios.

Qué datos y documentos necesitas

  • Número de partida registral del bien o de la persona jurídica involucrada.
  • Identificación del acto que se va a inscribir (compraventa, hipoteca, aumento de capital).
  • DNI o RUC del solicitante.
  • Si lo presenta notario, sello y firma del notario interviniente.
  • Si lo presenta banco, identificación de la operación crediticia (carta o solicitud institucional).
  • Copia literal reciente de la partida.
  • Pago de la tasa por bloqueo (consulta tarifario SUNARP 2026).

Cómo presentarlo paso a paso

  1. Determina el tipo de bloqueo: notarial (artículo 23 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral), bancario o judicial. Cada uno tiene requisitos propios.
  2. Redacta la solicitud: identifica con precisión el bien, el acto a inscribir y el plazo solicitado.
  3. Paga la tasa: abona en el Banco de la Nación o por SUNARP en Línea (entre S/ 23 y S/ 60 según oficina y tipo de bloqueo, tarifa 2026).
  4. Presenta por mesa de partes: ingresa la solicitud con todos los anexos. Recibes constancia de presentación.
  5. Espera la calificación: el registrador califica y emite el certificado de bloqueo si todo está en orden.
  6. Inscribe el acto definitivo: dentro del plazo de bloqueo, presenta el título definitivo (escritura pública, parte judicial) para que goce de la prelación reservada.

Errores comunes a evitar

  • Dejar vencer el plazo del bloqueo sin presentar el título definitivo, lo que hace que pierdas la prioridad.
  • No identificar correctamente el acto a inscribir, lo que invalida el alcance del bloqueo.
  • Pensar que el bloqueo impide ver la partida: la publicidad registral sigue activa, solo se reserva la prelación.
  • No verificar antes si la partida tiene cargas o gravámenes que pueden anular el efecto buscado.
  • Asumir que el bloqueo es renovable automáticamente: el plazo es perentorio salvo norma expresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el bloqueo registral notarial?

El bloqueo notarial dura sesenta días hábiles desde su anotación, conforme al Reglamento del Servicio de Publicidad Registral. Si en ese plazo no presentas el título definitivo, la reserva se pierde. Para bloqueos bancarios el plazo puede variar según norma sectorial.

¿Puedo solicitar bloqueo sobre un bien que tiene embargo?

Sí, pero la reserva no levanta el embargo. Solo asegura la prelación de tu acto frente a actos posteriores al bloqueo. El embargo previo mantiene su rango. Si quieres limpiar el bien antes de comprarlo, primero debes coordinar el levantamiento.

¿Qué pasa si en medio del bloqueo aparece otro título?

El otro título se anota pero queda condicionado al resultado de la operación bloqueada. Si dentro del plazo presentas tu título definitivo, este se inscribe primero y el posterior queda subordinado. Es exactamente el efecto protector del bloqueo.

¿Sirve el bloqueo para reservar prioridad en una sociedad anónima?

Sí, en operaciones societarias inscribibles en Registros de Personas Jurídicas (aumento de capital, transferencia de participaciones en SAC, modificación de estatuto) procede el bloqueo notarial siempre que el notario lo solicite con el sustento de la operación.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de reserva de prioridad registral ante sunarp

¿El modelo de solicitud de reserva de prioridad registral ante sunarp es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-reserva-de-prioridad-registral-ante-sunarp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de reserva de prioridad registral ante sunarp sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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