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Salud Mental

Solicitud de Restricción de Acceso a la Historia Clínica Electrónica de Salud Mental

Pedido para tratar los datos de salud mental como información clínica sensible y limitar su acceso, con un escrito al establecimiento y otro ante el RENHICE del Ministerio de Salud.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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RESTRICCIÓN DE ACCESO A LA HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA DE SALUD MENTAL

DOS TRÁMITES, NO UNO
El establecimiento custodia tu historia clínica, pero el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (RENHICE) es un registro nacional administrado por el Ministerio de Salud, y es a través de él que otros establecimientos pueden consultar tu información. Una carta dirigida solo al director no alcanza al RENHICE ni a los demás establecimientos. Por eso este documento trae dos escritos.

ESCRITO 1. Solicitud al establecimiento, como responsable del tratamiento de tus datos y custodio de tu historia clínica.
ESCRITO 2. Ejercicio del derecho de restricción ante el RENHICE, dirigido al Ministerio de Salud.

Presenta los dos. Y ten en cuenta el límite del ESCRITO 1, punto V: la restricción cede ante la atención de una emergencia y ante lo necesario para la continuidad de tu atención médica.

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ESCRITO 1. SOLICITUD AL ESTABLECIMIENTO DE SALUD
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SUMILLA: SOLICITO CALIFICACIÓN COMO INFORMACIÓN CLÍNICA SENSIBLE Y RESTRICCIÓN DE ACCESO A MI HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA

SEÑOR(A) DIRECTOR(A) DEL [NOMBRE_DEL_ESTABLECIMIENTO_DE_SALUD]
Atención: Responsable de la Historia Clínica Electrónica y responsable de protección de datos personales

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_TITULAR], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], con domicilio en [DIRECCION_DEL_TITULAR], distrito de [DISTRITO_DEL_TITULAR], correo [CORREO_ELECTRONICO] y teléfono [TELEFONO_DE_CONTACTO], titular de la información clínica registrada en su establecimiento, ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito que se adopten las siguientes medidas respecto de mi historia clínica electrónica N.° [NUMERO_DE_HISTORIA_CLINICA]:
1. Que se califique y trate como INFORMACIÓN CLÍNICA SENSIBLE el contenido relativo a mi salud mental, comprendiendo los diagnósticos del capítulo de trastornos mentales y del comportamiento, las notas de evolución psiquiátricas y psicológicas, las prescripciones de psicofármacos, los informes de psicoterapia y los antecedentes de internamiento u hospitalización, correspondientes al periodo [PERIODO_QUE_SE_SOLICITA_PROTEGER].
2. Que ese contenido solo sea accesible con mi autorización previa, expresa e informada, otorgada de manera específica para cada profesional o establecimiento que la requiera.
3. Que la restricción se aplique en el SISTEMA DE HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA del establecimiento y no únicamente en el expediente físico, y que se replique en toda copia o respaldo que el establecimiento mantenga.
4. Que se registre en el sistema la lista de accesos autorizados y se me notifique cada vez que un profesional acceda a esa sección.
5. Que se me entregue el reporte de los accesos producidos entre el [FECHA_DE_INICIO_DEL_REPORTE] y el [FECHA_DE_FIN_DEL_REPORTE], con indicación del profesional, la institución, la fecha y la hora.
6. Que se me informe el procedimiento y los canales para otorgar, modificar o revocar esas autorizaciones, y el funcionario responsable de ejecutarlas.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
PRIMERO. Mi información clínica de salud mental se encuentra registrada de manera electrónica en su establecimiento y resulta accesible a través de los sistemas de información del sector.
SEGUNDO. La difusión de esa información fuera del equipo que me atiende me expone a estigmatización y a decisiones desfavorables en el ámbito laboral, educativo y de seguros, riesgo que la Ley de Salud Mental busca evitar de manera expresa.
TERCERO. Autorizo desde ahora el acceso del equipo tratante de [NOMBRE_DEL_SERVICIO_O_EQUIPO_AUTORIZADO] y del personal que me atienda en una situación de emergencia debidamente registrada.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. La Ley N.° 30024, que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, y su reglamento, en su texto vigente, reconocen al paciente como titular de su información clínica, sujetan el acceso a su autorización previa, libre, expresa e informada, y contemplan la categoría de información clínica sensible, cuya consulta requiere autorización explícita del titular.
2. El artículo 29 de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud, regula la historia clínica manuscrita y electrónica y el derecho del titular a acceder a la información conservada bajo custodia del establecimiento.
3. El artículo 25 de la Ley N.° 26842 establece el carácter reservado de la información relativa al acto médico.
4. El artículo 3 de la Ley N.° 30947, Ley de Salud Mental, consagra la confidencialidad como principio de la atención en salud mental.
5. La Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento vigente califican los datos de salud como datos sensibles, exigen medidas de seguridad reforzadas, sujetan el tratamiento a los principios de finalidad y proporcionalidad, y reconocen los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación del titular.

IV. ANEXOS
1-A. Copia del DNI del titular.
1-B. Relación de profesionales y establecimientos que se autoriza expresamente.
1-C. Comprobante de pago por derecho de trámite, de corresponder.

V. LÍMITE QUE RECONOZCO Y CONTRAPARTIDA QUE PIDO
La restricción que solicito no impide el acceso necesario para mantener la continuidad de mi atención médica ni el acceso del personal que me atienda en una emergencia, supuestos exceptuados por el artículo 25 de la Ley N.° 26842. Como contrapartida de ese acceso sin autorización previa, pido que todo acceso amparado en esos supuestos quede REGISTRADO Y AUDITADO, con identificación del profesional y del establecimiento, la fecha, la hora y el motivo invocado, y que se me NOTIFIQUE dentro de los [NUMERO_DE_DIAS] días siguientes.

POR TANTO:
A usted, señor(a) director(a), pido acceder a lo solicitado y notificarme por escrito las medidas adoptadas, con indicación del funcionario responsable de su ejecución.

[CIUDAD], [FECHA_DE_PRESENTACION]

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_TITULAR]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]

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ESCRITO 2. EJERCICIO DEL DERECHO DE RESTRICCIÓN ANTE EL RENHICE
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SUMILLA: EJERZO MI DERECHO COMO TITULAR ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE HISTORIAS CLÍNICAS ELECTRÓNICAS

SEÑOR(A) MINISTRO(A) DE SALUD
Administrador del Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (RENHICE)
Atención: órgano responsable del RENHICE y responsable de protección de datos personales del Ministerio de Salud

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_TITULAR], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], con domicilio en [DIRECCION_DEL_TITULAR], correo [CORREO_ELECTRONICO] y teléfono [TELEFONO_DE_CONTACTO], digo:

1. En mi condición de titular de la información clínica registrada a mi nombre, solicito que se califique y trate como INFORMACIÓN CLÍNICA SENSIBLE el contenido relativo a mi salud mental descrito en el punto I del escrito presentado ante [NOMBRE_DEL_ESTABLECIMIENTO_DE_SALUD], cuya copia con cargo adjunto.
2. Solicito que el acceso a ese contenido a través del RENHICE quede sujeto a mi autorización previa, expresa e informada, otorgada de forma específica para cada establecimiento o profesional solicitante.
3. Solicito que se me informe el canal habilitado para otorgar, modificar y revocar esas autorizaciones, y para consultar el registro de accesos.
4. Solicito el reporte de los accesos a mi información realizados a través del RENHICE entre el [FECHA_DE_INICIO_DEL_REPORTE] y el [FECHA_DE_FIN_DEL_REPORTE].
5. Reconozco que la restricción no alcanza al acceso necesario para la continuidad de mi atención médica ni a la atención de una emergencia, y pido que esos accesos queden registrados, auditados y notificados a mi correo.

ANEXOS: copia del DNI, copia con cargo del escrito presentado ante el establecimiento, y [OTROS_DOCUMENTOS].

[CIUDAD], [FECHA_DE_PRESENTACION]

_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_TITULAR]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]

NOTA. Antes de presentar el ESCRITO 2, confirma en la mesa de partes del Ministerio de Salud o en su portal cuál es el canal vigente para el ejercicio de derechos ante el RENHICE, porque el procedimiento y la plataforma pueden haber cambiado.

BASE LEGAL
1. Constitución Política del Perú, artículo 2, numerales 5, 6 y 7.
2. Ley N.° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 009-2017-SA, en su texto vigente con las modificaciones incorporadas a la fecha.
3. Ley N.° 26842, Ley General de Salud, artículos 15, 25 y 29.
4. Ley N.° 30947, Ley de Salud Mental, artículos 3 y 9.
5. Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento vigente.
6. Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, aprobada por el Ministerio de Salud, y sus modificatorias.
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Para qué sirve

Cambias de clínica por un dolor de espalda y el médico nuevo abre la pantalla y ve tu historia de salud mental de hace seis años. La historia clínica electrónica viaja, y ese es justamente el punto. Este documento trae dos escritos porque el trámite también es doble. El primero va al establecimiento, que custodia tu historia clínica y responde como responsable del tratamiento de tus datos. El segundo ejerce el derecho de restricción ante el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas, el RENHICE, que administra el Ministerio de Salud y es el canal por el que otros establecimientos pueden consultar tu información. Una carta dirigida solo a la dirección no alcanza al registro nacional ni a los demás establecimientos, así que los dos escritos se presentan juntos. El pedido central es que tus datos de salud mental se califiquen como información clínica sensible y que su acceso quede limitado a quien tú autorices, con un límite que el propio modelo reconoce: la restricción cede ante la atención de una emergencia y ante lo necesario para la continuidad de tu atención médica.

Cuándo conviene usarlo

  • Te atiendes en varios establecimientos y no quieres que todos vean tu historia de salud mental.
  • Vas a iniciar atención en un lugar nuevo y prefieres decidir de antemano qué se comparte.
  • Descubriste que personal ajeno a tu atención consultó tu información.
  • Trabajas en el mismo sistema de salud donde te atiendes y te preocupa quién puede abrir tu registro.

Cómo llenarlo

  1. Presenta los dos escritos. El del establecimiento resuelve el acceso local y el del RENHICE alcanza a los demás establecimientos.
  2. Delimita qué restringes, por episodio o por periodo, con fechas. Una restricción sobre absolutamente todo suele volver observada.
  3. Indica quién sí puede acceder, por ejemplo tu profesional tratante actual y tu apoyo designado.
  4. Deja el reconocimiento expreso de las excepciones de emergencia y continuidad. Ese párrafo evita que te devuelvan la solicitud por excesiva.
  5. Pide constancia escrita de la restricción aplicada y, de ser posible, que se te informe qué establecimientos consultaron tu información.

Base legal

La Ley N.° 30024 creó el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009-2017-SA, regula el acceso y las restricciones que la persona puede solicitar. La Ley N.° 26842 protege la reserva de la información de salud y la Ley N.° 29733 califica los datos de salud como sensibles, con protección reforzada. La Ley N.° 30947 refuerza la confidencialidad en salud mental, y la Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica, aprobada por el Ministerio de Salud, rige la custodia del documento.

¿Basta con la carta al hospital?

No. El establecimiento controla su propio sistema y el RENHICE es un registro nacional distinto. Sin el segundo escrito, otro establecimiento puede seguir consultando tu información a través del registro.

¿La restricción borra mi historia clínica?

No la borra. El establecimiento conserva la historia porque tiene el deber de custodiarla. Lo que cambia es quién puede abrirla y en qué condiciones.

¿Y si llego inconsciente a una emergencia?

Ahí opera la excepción. La restricción cede ante la atención de una emergencia y ante lo necesario para la continuidad de tu atención médica, y el modelo lo dice de manera expresa para que la solicitud no sea rechazada.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de restricción de acceso a la historia clínica electrónica de salud mental

¿El modelo de solicitud de restricción de acceso a la historia clínica electrónica de salud mental es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-restriccion-de-acceso-a-la-historia-clinica-electronica-de-salud-mental/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de restricción de acceso a la historia clínica electrónica de salud mental sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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